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EL DERECHO DEL HOMBRE A UN MEDIO AMBIENTE SANO

danyelitorm17 de Septiembre de 2012

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EL DERECHO DEL HOMBRE

A UN MEDIO AMBIENTE SANO

REALIDAD NORMATIVA (Antes y después de la reforma constitucional de 1994)

El derecho a un medio ambiente sano y mejor calidad de vida no es reciente, data ya desde hace algunos años se esboza la aparición que luego culmina con su inclusión constitucional.

Surge esta protección de la preocupación que nace a causa de la eminente contaminación en los países ya industrializados, contaminación que trae a consecuencia el envenenamiento del aire, el agua y la tierra en su máxima expresión, no se encuentra justificativos desde el punto de vista político-económico debido a que la dilapidación de los recursos naturales y sobre todo de los no renovables, no habrá actividad económica en un futuro no muy lejano.

LA TUTELA CONSTITUCIONAL DEL AMBIENTE

Podemos asegurar que la década del 70 fue el punto pre inicial de lo que luego se denomino "conciencia ecológica" con alta aceptación en los países desarrollados. Aumentándose allí en gran medida las iniciativas ciudadanas.

La preocupación por la conservación de una vida adecuada genero una alta conciencia popular en diversos estratos sociales. Lo que llevo a la aparición en Alemania por el año 1980 del denominado "partido de los verdes" cuyo principal objetivo político era la salvación de la naturaleza y el ecosistema pero esto a su vez genero la necesidad de los partidos políticos opositores de intensificar sus campañas a favor del medio ambiente que derivo en un saludable efecto de expansión" que contagio principalmente y de forma mas mediata a los países vecinos, los que se encontraban con similar grado de contaminación y a largo plazo se introdujo en el resto del mundo de manos de organizaciones no gubernamentales que ante los desastres ecológicos producidos en la ultima mitad de siglo se han cargado en sus hombros la pesada lucha de concientización masiva del daño contaminante, en los países aun no desarrollados que a pesar de no contar con una gran industrialización son víctimas de un mal que no respeta fronteras el 50% de las materias tóxicas son importadas ya que la acción del viento y los ríos resultan ser canales de transporte que no respetan divisiones fronterizas es por ello, que no podemos confundir los términos contaminación con desarrollo ya que seguramente los mas afectados en años no sean aquellos países que cuentan con tal desarrollo que pueden hacer "desaparecer" sus desechos tóxicos y su basura. Sino aquellos que por no contar con recursos se convierten sus tierras en basureros exponiendo a su población a incalculables enfermedades, malformaciones o una calidad de vida no imaginada aun.

GLOBALlZACION DEL DERECHO AMBIENTAL

• La contaminación del medio ambiente

La contaminación del Medio Ambiente es un problema que, como tal debe ser enfrentado por los Estados a efectos de encontrarles una solución aceptable, definitiva y razonable.

Las políticas implementadas a la fecha dejan bastante que desear, pues no han tomado nota que la Polución ambiental cual peste, degrada ríos, cordilleras, selvas, mares que son todo uno sin respetar ningún tipo de frontera estrategias y acciones comunes.

Ningún Estado Nacional se encuentra en condiciones de combatir con éxito los fenómenos como por ejemplo:

Deforestación o desertificación que hoy día se producen como efecto directo del calentamiento global del planeta. Las consecuencias exceden el ámbito nacional y regional.

La Comunidad Económica Europea reconoce su responsabilidad particular en lo que hace al medio ambiente deberemos recurrir a los principios del Derecho Ambiental, esto es:

1) El máximo aprovechamiento de los recursos naturales del sistema, sin perder de vista la protección de las generaciones futuras.

2) Los recursos se deberán aprovechar en forma interdependiente, múltiple y coordinada.

3) Se privilegiará la supremacía del interés publico de la sociedad por sobre el interés público del estado y del interés individual.

4) Se deberá respetar la inalterabilidad del recurso a raíz de su aprovechamiento.

5) La protección de los recursos naturales deberá estar garantizada por la vía del amparo ambiental.

6) Se establecerá el principio de intangibilidad del medio ambiente.

Sólo el respeto irrestricto de estos principios hará del planeta un hábitat adecuado para la vida, el crecimiento y el desarrollo de todos los hijos de la Tierra.

La falta de planificación en el uso de los recursos naturales, unidos a una ambición sin límites para ejercer el dominio sobre los ecosistemas han originado una degradación del medio ambiente que no conoce tiempos, fronteras ni posición social ni tiene antecedentes en la historia de la humanidad.

Se deberá inducir un cambio de conciencia en la humanidad, para afrontar las agresiones ambientales que la perjudican.

Ahora bien, en 1987 la entonces Primer Ministra de Noruega

Gro Harlem BRUNDTLAND, en su informe "Nuestro futuro común", recomendaba que los intercambios internacionales debieran asegurar la preservación de los ecosistemas.

Llegó la hora de ponemos a la altura de las circunstancias y proceder a impulsar la creación de un Tribunal de Medio Ambiente Internacional.

b) La protección del medio ambiente en el mundo no desarrollado

Las talas indiscriminadas en las selvas vírgenes del Amazonas y del África occidental, la disminución de la capa de ozono, la deforestación, los fenómenos de la erosión, la salinización y la lluvia acida no solo resultan ser catástrofes para los países involucrados, sino también para aquellos que fueron meros espectadores.

Se han identificado según la ONU cuatro causas principales generadoras del problema ambiental.

a) el derroche e influencia en la gestión de recursos;

b) la falta de reflejo del costo ambiental, al no ser considerado;

c) la falta de mercados -la no aplicación del derecho de propiedad- sobre los antiguamente llamados bienes libres;

d) agotamiento de la capa de ozono; el recalentamiento mundial; la pérdida de biodiversidad y la deforestación. Los países aun no desarrollados, busca su industrialización sin respetar pautas básicas de preservación ambiental, se encuentran por el contrario frente a la muerte del medio vivo, si es que no se modifica las políticas ecológicas, en el desastre mundial más grande visto y del que nadie pudra ser testigo sin ser parte.

e) La problemática ambiental en América Latina

El grave problema que atraviesa América Latina, sin duda presenta el mayor caudal de recursos naturales existentes en el mundo, su diversidad ecológica ha sido a lo largo de la historia su principal fuente de recursos económicos pero su desesperado afán de globalización y las políticas extremadamente capitalistas han sido su peor enemigo.

América del Sur abastece en forma casi total los mercados de Europa y América del Norte sin contar hasta el momento con una eficaz administración y racionalización de sus recursos lo que ha llevado a producir daños ecológicos incalculables e irreparables.

PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DERECHO AMBIENTAL

• Declaración de Estocolmo sobre el Medio Humano

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, reunida en Estocolmo del 5 al 16 de Junio de 1972, atenta a la necesidad de un criterio y unos principios comunes que ofrezcan a los pueblos del mundo inspiración y guía para preservar y mejorar el medio humano.

• Carta mundial de la naturaleza

La Asamblea General, reafirmando los propósitos fundamentales de las Naciones Unidas, en particular el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, el fomento de relaciones de amistad entre las naciones y la realización de la cooperación internacional para solucionar los problemas internacionales de carácter económico, social, cultural, técnico, intelectual o humanitario.

• Declaración de Río sobre el medio ambiente y el desarrollo

Habiéndose reunido en Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992, reafirmando la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, aprobada en Estocolmo el 16 de junio de 1972. Y tratando de basarse en ella.

Con el objetivo de establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores claves de las sociedades y las personas, procurando alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten.

• Conclusión

Estos tres documentos internacionales resultan ser un pilar fundamental para el avance hacia una protección total del medio ambiente.

La carta de Río, viene a ratificar la declaración realizada en Estocolmo veinte años antes de dicha conferencia.

Se puede decir a la hora de analizar la declaración de Río que la misma tiene un contenido netamente ego centrista y por qué dicha afirmación, porque coloca al hombre en el centro de toda preocupación ambiental, política esta no llevada a cabo por la Carta mundial de la Naturaleza, lo que introdujo el principio de responsabilidad común pero diferenciada al análisis del derecho ambiental. También han consagrado el principio de precaución fundamental a la hora de preservar el medio ambiente por si mismo mas allá de la reparación de daño que cause el incumplimiento de algunos de los principios

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