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EL GARANTISMO EN EL SISTEMA JURÍDICO - PENAL, HASTA DONDE LOS DERECHOS PROTEGEN AL DELINCUENTE


Enviado por   •  10 de Febrero de 2023  •  Ensayos  •  1.863 Palabras (8 Páginas)  •  106 Visitas

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EL GARANTISMO EN EL SISTEMA JURÍDICO - PENAL,

HASTA DONDE LOS DERECHOS PROTEGEN AL DELINCUENTE”

El garantismo es una ideología jurídica, es decir, una forma de representar, comprender,       interpretar       y        explicar        el        derecho.        (Vilchez,2018) Es importante para salvaguardar los derechos fundamentales, que son esas garantías individuales que se nos brindan como derechos establecidos en nuestra constitución, así como las normas que nos regulan en los códigos civiles y penales.

Este ensayo pretende analizar el garantismo como teoría normativa (lo que dice la ley), como un modelo político ideal <<casi inexistente>>, con la intervención mínima del Estado en los procesos judiciales, considerando los principios rectores: principio de legalidad, principio de irretroactividad de la ley penal, principio de analogía, principios básicos del derecho penal.

Contraponiendo el cómo se pueden ver afectados los derechos de la víctima, por la protección de las garantías de un delincuente, hasta donde los derechos humanos pueden ayudar o afectar a la mayoría.

“El garantismo es una corriente de pensamiento criminológico de sesgo contractualista y utilitarista nacida en el seno de la Ilustración italiana que proporcionó a Estados modernos, ideas sustanciales para transformar el procedimiento judicial y suavizar la ejecución de la pena. Involucra al principio de legalidad, surgido para impedir la arbitrariedad del poder, con mecanismos que comprendieron la averiguación de la verdad a través de la oficialidad, la imparcialidad, la prontitud y la publicidad, como también la supresión de los castigos crueles y la proporcionalidad entre el delito y la pena. En la última parte del siglo XX el concepto trascendió el marco específico de la criminología, el derecho penal y la filosofía jurídica, para canalizar un programa alternativo a los condicionamientos de mercado con los que funciona el Estado de derecho bajo la égida del neoliberalismo. La concepción de limitaciones a las arbitrariedades del Estado despótico que caracterizaron la emergencia del garantismo, se expandieron así hacia cualquier forma de ejercicio del poder (pública o privada), para colocar al derecho como garantía de los más débiles frente a los más poderosos. (Ferrajoli,2001).

Entendiendo que el modelo garantista pretende salvaguardar los derechos fundamentales de los procesados ante la autoridad del Estado, atendiendo a los

principios de protección y libertad buscando minimizar la violencia dentro de los ciudadanos.

La ley está para cumplirse y ejecutarse con los lineamientos indicados, sabemos que en teoría en el sistema acusatorio mexicano nadie es culpable hasta que se le demuestre lo contrario, pero quienes ejercen la `justicia´ no siempre proceden de forma correcta, dejando en libertad a delincuentes, gracias a que los derechos humanos los protegen, buscando esas lagunas jurídicas, apelando a las irregularidades en la detención o en por abuso y uso de la fuerza física, y una vez libres vuelven a delinquir, afectando y violentando los derechos de los ciudadanos contra los que comenten los delitos.

O aquellos a los que se les ha demostrado que son culpables, pero tienen beneficios y privilegios en los penales, desafortunadamente en México hay corrupción, es bien sabido de las irregularidades que hay en la cárcel como venta de sustancias nocivas, cuartos vip para los delincuentes con mayor poder adquisitivo entre otras anomalías; pero dejando de lado eso en cierto punto para muchos es mejor estar en la cárcel, porque son muy pocos los derechos que pierden, (perdida de la libertad, derecho a votar y ser votado), todas sus demás garantías individuales las conservan, además tiene privilegios sobre la población en situación pobreza extrema (tienen un techo, cama, 3 comidas, atención médica, visitas de sus familiares y allegados).

“Entre las garantías sustanciales se encuentran los principios de estricta legalidad, taxatividad, lesividad, materialidad y culpabilidad. Entre las garantías procesales están los principios de contradicción, la paridad entre acusación y defensa, la separación rígida entre juez y acusación, la presunción de inocencia, la carga de la prueba para el que acusa, la oralidad y la publicidad del juicio, la independencia interna y externa de la judicatura y el principio del juez natural Las garantías penales sustantivas tienen por objetivo la averiguación de la verdad jurídica, a partir de la verificabilidad y refutabilidad en abstracto de las hipótesis de la acusación. Las garantías penales procesales tienen por objetivo la averiguación de la verdad fáctica.” (Vilchez, cita palabras de Ferrajoli,2018)

Veamos      los      principales      delitos      que      se      cometen      en      México: tabla 1. Tasa de criminalidad en México en 2020, por tipo (por cada 100,000 habitantes)

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Tabla 2. Número de casos de secuestro reportados en México de 2015 a 2021

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tabla 3. indice de delitos sexuales reportados en Mexico 2020-2021

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México es uno de los principales países con números rojos en asesinatos, tenemos un alto índice de violencia, ocupamos el cuarto lugar en criminalidad a nivel mundial, es obvio que nuestras leyes no están funcionando de manera correcta, que los ciudadanos no están seguros, que realmente no se goza por completo de las garantías individuales.

“ El garantismo se proyecta en garantías penales sustanciales y garantías penales procesales. Para la teoría garantista la justificación del derecho penal se sostiene en una premisa de prevención doblemente negativa: como medio de protección social para evitar que se cometan más delitos, y como herramienta de protección de los sujetos frente al poder punitivo estatal.” (Ferrajoli, 1992)

Deben tomarse otras medidas para combatir la violencia; quizá es momento de no interponer los derechos humanos de la escoria de la sociedad, sobre los derechos de las víctimas, permitiendo que el garantismo excluya la parte moral, entre delito y pecado, entre validez y justicia, para sobreponer lo jurídico (que debe reformarse) ya que el derecho penal es un derecho subjetivo; Luigi Ferrajoli, “viene a establecer una definición de “garantía”, como “cualquier técnica normativa de tutela de un derecho subjetivo, pudiéndose entender como tal, toda obligación correspondiente a un derecho subjetivo y considerar derecho subjetivo a toda expectativa jurídica positiva (de prestaciones) o negativa (de no lesiones)”.

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