ESPACIOS DE DOMINACIÓN SOBERANA DEL ESTADO
josleidy35 de Octubre de 2013
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ESPACIOS DE DOMINACIÓN SOBERANA DEL ESTADO
1. DOMINIO TERRITORIAL:
a) Concepto: Un dominio territorial es un nombre de dominio con una extensión asociada a un país. Los dominios territoriales son utilizados por las organizaciones y empresas que desean establecerse en Internet o que quieren proteger la identidad de su marca o su nombre comercial en un país concreto.
Un dominio comprende dos o más componentes separados por puntos. La mejor manera de comprender su estructura es leer el dominio de derecha a izquierda. El primer componente mirando desde la derecha distingue un dominio genérico o territorial.
b) Aspectos Históricos: En el año de 1830 se establece nuestra primera Constitución luego de la separación dela Gran Colombia, donde se establece un gobierno centro-federal, para tratar de buscar un punto de equilibrio entre las exigencias de los centralistas bolivarianos y los federalistas. El periodo constitucional se estableció en cuatro años y el presidente no podía ser reelecto para el período inmediato.
El Poder Legislativo estaba representado por el Congreso de la República el cual estaba formado por una cámara de representantes y una cámara de senadores. Los primeros eran elegidos por cuatro años y los segundos por períodos de dos años.
El Consejo de Gobierno constaba de tres despachos: Interior y Justicia, Hacienda y el de Guerra y Marina.
El sistema de gobierno era Republicano, representativo, alternativo y responsable. El gobierno lo ejercía la oligarquía conservadora.
La sociedad era clasista, constituida por una aristocracia agraria de terratenientes y latifundistas que explotaba la mano de obra esclava, campesina y la asalariada.
El General José Antonio Páez, ejercía el poder en Venezuela y promulgó el 13 de enero de 1830 el decreto donde se establecía las Asambleas Primarias que debían escoger a los electores provinciales, que se encargarían de elegir los diputados al congreso; el 6 de mayo de ese mismo año se instaló el congreso en la ciudad de Valencia.
Para ejercer la Presidencia provisional fue nombrado el General Páez y el Doctor Diego Bautista Urbaneja como vicepresidente. Se nombró a un consejo de gobierno para asesorar al ejecutivo y se designo una comisión de diputados para redactar un proyecto de constitución.
Páez llegó a pedir la expulsión del Libertador del territorio de Venezuela y del territorio de colombiano. Cuando Bolívar abandona el poder para volver a Venezuela, el gobierno colombiano le participa esta decisión. Bolívar muere en Santa Marta en la Quinta de San Pedro de Alejandrino el 17 de diciembre de 1830.
El sistema político instaurado en Venezuela es el centro federal o mixto tratando de conseguir aquel que fuera el más idóneo a la situación político social que vivía Venezuela para aquella época. En cuanto a la división territorial se establecieron 11 provincias las cuales fueron: Apure, Barcelona, Barinas, Carabobo, Caracas, Coro, Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita y Mérida.
En la designación de los símbolos patrios se decidió conservar provisionalmente con el escudo de Colombia con algunas modificaciones y se conservó la bandera Venezolana de 1811.
La separación de la Gran Colombia representa el inicio de los problemas limítrofes que Venezuela presenta hasta la actualidad, un conjunto de decisiones erradas que tuvieran como consecuencia la perdida de miles de Kilómetros de Territorio Venezolano.
La frontera con Colombia, se extiende en una longitud aproximada de 2.050 Km., partiendo desde Castilletes, en la península de la Guajira, hasta un poste colocado en la margen izquierda del río Guainía-Negro, frente ala isla de San José, cerca de la Piedra del Cocuy.
Al Constituirse Venezuela como República Independiente trató de precisar sus límites con Colombia y para tales efectos, en 1833, se nombró como representantes plenipotenciarios a Santos Michelena, comisionado por Venezuela y a Lino de Pombo por Colombia, para la fijación de las fronteras así como también la repartición de la deuda pública de la antigua Colombia entre los países que la integraban. Estos comisionados presentaron un acuerdo de amnistía, alianza, comercio, navegación y límites que fue aceptado por Colombia y rechazado por las Cámaras Legislativas Venezolanas en 1835, y definitivamente en 1840, dejándose sin resolver el problema de límites hasta la promulgación del Laudo Arbitral de Madrid en 1891
El Tratado Pombo-Michelena históricamente ha sido el mas favorable para Venezuela, ya que por medio de dicho tratado Colombia no pretendió extender sus fronteras hasta el Orinoco, lo que significó para Venezuela que por la firma de nuevos tratados perdiera un territorio de 2.000 leguas cuadradas, mas el inconveniente de que un país extranjero compartiera con la Nación el derecho a navegación por tan importante río. Además en la Guajira los límites fueron modificados en forma más desventajosa para Venezuela.
Además del Tratado Pombo-Michelena se plantearon otros tratados y negociaciones entre ambas Repúblicas con el fin de fijar una línea fronteriza que satisficiera las exigencias de las dos naciones entre los cuales se pueden nombrar el de Fermín Toro Acosta; el Guzmán -Murillo Toro, y así hasta que ambos países deciden someter sus diferencias limítrofes al arbitraje internacional.
c) Problemas limítrofes en Venezuela: Ya de por sí, las probabilidades de recuperar el Esequibo eran mínimas; pero ahora hay menos posibilidades aún. Además de que La República de Guayana estaba conformada en su mayoría por el Territorio en Reclamación (en el cual habitan ciudadanos con una cultura distinta a la venezolana) nuestro actual presidente cometió una locura.
El presidente Chávez dijo que la visita suya a Georgetown supuso un cambio, una nueva era, en las relaciones entre Venezuela y Guyana. Evidentemente, todas nuestras relaciones con Guyana pasaban por nuestra reclamación sobre el Esequibo y hasta ahora estaban orientadas a conseguir si no la devolución total del territorio usurpado, al menos una reparación, algún tipo de acuerdo territorial que de alguna manera restituyera algo de lo que se nos despojó.
Hay que tener esto muy claro: todas nuestras relaciones con Guyana estaban basadas en eso. Y en esa dirección se habían hecho esfuerzos muy grandes y muy meritorios por parte de la mal llamada democracia punto-fijista, que tuvo el mayor éxito diplomático de la historia de Venezuela: el Acuerdo de Ginebra de 1966, que logró el reconocimiento, por parte de Gran Bretaña, de que existía una polémica territorial con Venezuela, como consecuencia del desconocimiento que nuestro país hizo del laudo de París (1899) por considerarlo "nulo e irrito".
Tras muchos años de negociaciones intensas, que le exigieron a Venezuela grandes esfuerzos diplomáticos y políticos (lo cual implicó el consenso de todas las fuerzas democráticas en respaldo del gobierno para garantizarle el éxito al país) se logró que Gran Bretaña reconociera la existencia de esa controversia y que había que buscar una solución práctica aceptable por las dos partes. En contraste con esto, Chávez se olvidó del consenso de todos los sectores del país en torno a la conveniencia de éste, y decidió él por su cuenta lo que haría, sin someterlo a consulta pública y ni siquiera a la de sus partidarios.
Hasta sus ministros quedaron sorprendidos cuando lo oyeron decir que de ahora en adelante las relaciones entre Venezuela y Guyana se desarrollarían al margen de la cuestión del Esequibo. Y más informados entre ellos habrán quedado perplejos al escucharlo decir que el tema de la reclamación venezolana sobre el Esequibo será tratado en el ámbito de las Naciones Unidas y con representantes de otros gobiernos: un disparate de una magnitud incalculable.
2. DOMINIO MARÍTIMO:
a) Mar territorial: El mar territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce su soberanía. Según la Convención del Mar, el mar territorial es aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura. El punto más sobresaliente de geografía de Venezuela, el Cabo San Román en el estado Falcón, ubicado en el paralelo de 12º, 12´ de Latitud Norte.
b) Mar Libre o de Alta Mar: La alta mar o aguas internacionales, según lo establece la Convención de Derecho del Mar, constituye todas las partes del mar no incluidas en la zona económica exclusiva, en el mar territorial o en las aguas interiores de un Estado, ni en las aguas archipelágicas de un Estado archipelágico.
Naturaleza jurídica.
En su art. 87 la Convención proclama el principio de que: “La alta mar está abierta a todos los Estados, sean ribereños o sin litoral. La libertad de la alta mar se ejercerá en las condiciones fijadas por esta Convención y por las otras normas de derecho internacional. Comprenderá, entre otras, para los Estados ribereños y los Estados sin litoral:
• La libertad de navegación.
• La libertad de sobrevuelo;
• La libertad de tender cables y tuberías submarinos...;
• La libertad de construir islas artificiales y otras instalaciones permitidas por el derecho internacional;
• La libertad de pesca;
• La libertad de investigación científica...”
Por otra parte se establece que la alta mar será utilizada exclusivamente
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