ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ESTATUTO DE SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE CUNDINAMARCA


Enviado por   •  1 de Octubre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  17.512 Palabras (71 Páginas)  •  415 Visitas

Página 1 de 71

ESTATUTO DE SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE CUNDINAMARCA

“SINTRAMETALURGICA DE CUNDINAMARCA”

CAPITULO I

NOMBRE CONFORMACIÓN Y DOMICILIO DEL SINDICATO

ARTÍCULO 1: con el nombre de SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE CUNDINAMARCA “SINTRAMETALURGICA DE CUNDINAMARCA” se constituye una Organización Sindical de Primer Grado y de industria, la cual actuará de conformidad con la Constitución Política, las leyes que la aprueban, el Código Sustantivo de Trabajo y los presentes Estatutos.

ARTICULO 2: Conformación del Sindicato: estará conformado por trabajadores que prestan sus servicios, o estén vinculados, cualquiera sea su modalidad de contrato a: empresas nacionales o extranjeras, y de sus matrices, sucursales o filiales, bien que su vinculación laboral se haga por medio de empresas contratistas o subcontratistas en operaciones, mantenimiento, servicios, transporte, distribución, transformación, exploración, producción y comercialización, en actividades de la industria metalúrgica.

ARTÍCULO 3: Domicilio del Sindicato: El domicilio principal del SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE CUNDINAMARCA es la ciudad de Bogotá D.C.; Los dirigentes de la Junta Directiva Nacional y de las subdirectivas podrán residir, actuar y representar a los afiliados del sindicato en cualquier parte del país.

CAPITULO II

OBJETOS GENERALES Y ESPECIFICOS DEL SINDICATO

DE LOS OBJETIVOS GENERALES


ARTICULO 4:
Objeto del Sindicato: En los términos de la constitución, la ley, las convenciones colectivas, el objeto para el cual se constituye el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE CUNDINAMARCA, es representar a sus afiliados ante los patronos o empleadores nacionales e internacionales, ante organismos internacionales y autoridades administrativas del Estado colombiano.

ARTICULO 5: EL SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE CUNDINAMARCA se define como una organización Unitaria, clasista, pluralista, democrática y progresista, que tiene como propósito fundamental la reivindicación y promoción de los derechos humanos laborales y sociales de los empleados y empleadas, el mejoramiento de su calidad de vida y de sus condiciones de trabajo; la unidad sindical de todos los trabajadores colombianos, sin distinción de raza, credo religioso, ideas filosóficas, opción sexual o militancia política; el pleno ejercicio de libertades políticas sindicales y ciudadanas de los trabajadores y sectores populares, y el fortalecimiento del sindicalismo internacional.

DE LOS OBJETIVOS ESPECIFICOS

ARTÍCULO 6: los objetivos específicos del  SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE CUNDINAMARCA son los siguientes:

  1. Estudiar las características socioeconómicas de los empleados y empleadas de la empresa y del sector, sus condiciones de trabajo, la situación del mercado laboral colombiano, y los factores externos que más incidencia tienen en los derechos humanos laborales y sociales de los empleados y empleadas.
  2. Promover la sindicalización y la unidad sindical a nivel local, regional y nacional y la articulación con los sindicatos del sector a nivel internacional.
  3. Impulsar acciones por el derecho al trabajo, por un trabajo decente y la prevalencia del contrato de trabajo en las relaciones laborales
  4. Interponer acciones jurídicas ante cualquier autoridad u organismo, representando los intereses y garantizando los derechos de los trabajadores.
  5. Presentar ante las autoridades competentes demandas específicas que reivindiquen los derechos fundamentales de los afiliados y afiliadas al sindicato, independiente del tipo de vinculación laboral, su acceso real y efectivo a los derechos a la salud y la seguridad social en general, la educación y capacitación para el trabajo y el empleo en condiciones dignas.
  6. Promover la creación de cooperativas, fondos de ahorro y de auxilios y demás formas de propiedad social que permitan el acceso a recursos para el mejoramiento de la calidad de vida, la atención a calamidades domésticas o la satisfacción de necesidades familiares y personales.
  7. Promover la educación sindical, política, profesional y técnica de los afiliados y afiliadas.
  8. Promover la activa participación de las mujeres y de los jóvenes empleados en la actividad sindical y reivindicar sus problemáticas y derechos específicos
  9. Promover la articulación del sindicato con las demás organizaciones sociales que promueven la defensa de los derechos humanos, laborales y sociales y acciones a favor del Estados Social y Democrático de Derecho.
  10. Promover la defensa de los intereses de los usuarios de la empresa y productos del sector, a través de los medios de comunicación del sindicato, del impulso a formas de organización propias y de la articulación del sindicato con sus organizaciones.
  11. Promover la negociación colectiva y del desarrollo de iniciativas que fortalezcan la capacidad del sindicalismo para incidir en el diseño de las políticas públicas.
  12. Adquirir a cualquier título los bienes e inmuebles que se requieran para el ejercicio de sus actividades.
  13. Promover la solidaridad de los asociados a cualquier nivel y crear los mecanismos que la faciliten, como el impulso de cooperativas y de fondos de ahorro y solidaridad.
  14. Promover y crear los mecanismos para ofrecer a los asociados una red de servicios través del mercadeo social.
  15. Elaborar y promover proyectos que permitan la financiación de las diversas actividades y proyectos del Sindicato, en el cual se establezca institucionalmente la planeación estratégica como metodología para la elaboración de planes y actividades de los sindicatos.

CAPITULO III

CONDICIONES DE ADMISION

ARTÍCULO 7: Afiliación al sindicato: Para ser afiliado al SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE CUNDINAMARCA se requiere:

  1. Ser trabajador de alguna de las empresas enunciadas en el Capítulo I artículo 2 de estos estatutos.
  2. Tener 18 años o más de edad;
  3. Presentar solicitud firmada de ingreso por escrito, a la Junta Directiva de la Subdirectiva, o Comité Seccional según el caso, adjuntando constancias de trabajo en cualquiera de las empresas o actividades señaladas en el capítulo I artículo 2° de estos estatutos.
  4. Aceptar el pago de las cuotas ordinarias, extraordinarias y las multas que se le impongan de acuerdo a los presentes estatutos y pagarlas efectivamente por conducto de la nómina de la empresa empleadora, o directamente a la Tesorería de la Organización Sindical. PARÁGRAFO 1. La Junta Directiva de la Subdirectiva o Comité Seccional, cuando el aspirante reúna los requisitos exigidos en el presente artículo, dará su aprobación por mayoría y ordenará la inscripción en el libro de afiliados del Sindicato.

PARÁGRAFO 2. La Junta Directiva de la Subdirectiva o Comité Seccional decidirán por mayoría de votos sobre la admisión del aspirante y se reservan el derecho a negar el ingreso a quienes por su posición frente al patrono constituyan un riesgo para la Organización. La decisión negativa será motivada y será apelable ante la Junta Directiva Nacional, quien por mayoría de votos decidirá.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (115.1 Kb)   pdf (430.8 Kb)   docx (65.7 Kb)  
Leer 70 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com