ESTATUTOS, LINEAMIENTOS Y REGLAMENTOS DEL CNEEST Y PARA LA CONFORMACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS MESAS DIRECTIVAS DE LOS CESA Y CONSEJOS ESTUDIANTILES
jorgecruz9230 de Abril de 2015
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ESTATUTOS, LINEAMIENTOS Y REGLAMENTOS DEL CNEEST Y PARA LA CONFORMACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS MESAS DIRECTIVAS DE LOS CESA Y CONSEJOS ESTUDIANTILES
CAPITULO I ANTECEDENTES
1. Los presentes estatutos son de observancia general para todos los estudiantes del Tecnológico Nacional de México e integrantes del Consejo Nacional de Estudiantes de Educación Superior Tecnológica.
2. La vigencia de los presentes estatutos será por tiempo indeterminado a partir de su aprobación ante la CNEEST.
3. Las representaciones estudiantiles dentro de los Institutos Tecnológicos pueden ser conformadas, por su origen de la siguiente forma:
A. Comité Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos: será denominada de esta forma si la máxima representación estudiantil de un Instituto Tecnológico es elegida, de manera directa por cada alumno de la institución, es decir que esta sea emanada de un proceso democrático por votación individual y en base a los lineamientos del presente reglamento.
B. Consejo Estudiantil: Se denominará así, si la máxima representación estudiantil de un Instituto Tecnológico es elegida por consenso entre los representantes de cada carrera al interior de su Institución.
CAPITULO II DISPOSICIONES GENERALES
El Comité Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos o Consejo Estudiantil es una organización conformada por alumnos de los Institutos Tecnológicos.
1. Cada representación estudiantil tiene el derecho de ser identificado por uno y solo un logotipo que los mismos elijan para su periodo de gestión donde quede manifiesto sus siglas y que tenga relación con su Institución.
2. Cada representación tiene la facultad de elegir un lema siempre y cuando haga alusión al buen prestigio, objetivos, misión o propósitos de la organización.
3. El periodo de gestión de las representaciones estudiantiles será de Dos Años después de la toma de protesta, bajo el seguimiento y análisis del trabajo de la CNEEST y dado a los siguientes casos:
a) Cuando las condiciones estudiantiles del Tecnológico amenacen la estabilidad del instituto, se podrá modificar el tiempo de gestión bajo aprobación por el Consejo Nacional de Estudiantes de Educación Superior Tecnológica sesionara teniendo la facultad de disolver la representación estudiantil actual y convocar a elecciones extraordinarios según sea la gravedad del caso, dando parte a las autoridades correspondientes.
b) Ninguna otra organización estudiantil existente en su Instituto tendrá la facultad de convocar elecciones.
4. El domicilio social de los CESA o Consejos Estudiantiles será la misma de su Instituto Tecnológico.
5. Toda organización realizará su organigrama de acuerdo a los cargos que se ejerzan.
6. Todas las representaciones estudiantiles de los institutos tecnológicos tendrán por objetivos:
Constituirse como un órgano representativo que refleje la voluntad de la comunidad estudiantil.
Coadyuvar en la gestión de los problemas académicos y administrativos de los estudiantes, cuando así lo soliciten y de acuerdo a sus derechos.
Procurar la formación integral de sus representados.
Vincular dentro de su formación, a los estudiantes con su entorno social.
Ser gestores de beneficios para sus representados y su institución, anteponiendo solo el interés colectivo e institucional ante cualquier circunstancia.
Ser garantía de estabilidad estudiantil y de digna representación ante su instituto.
Representar cualquier demanda justa de la comunidad estudiantil y encausar las mismas, por los cauces legales y conducentes, privilegiando ante todo la civilidad y el dialogo.
Ser representantes de su Instituto Tecnológico ante la máxima representación estudiantil CNEEST y tener una participación activa y respetuosa al interior de la Organización.
CAPITULO III LINEAMIENTOS
Todo alumno inscrito en el Instituto Tecnológico puede ser parte de la representación estudiantil si este fuera CESA siempre y cuando:
Sea miembro de la planilla y así mismo cumpla con los requisitos que la convocatoria establezca.
Sea propuesto por la comunidad estudiantil y que el Comité Ejecutivo apruebe su integración.
Todo alumno regular inscrito en el instituto tecnológico puede ser parte de la representación estudiantil si esta fuera Consejo Estudiantil siempre y cuando:
Sea representante de su carrera y siendo este electo de forma democrática en asamblea plenaria o por representantes de grupo como presidente de área.
Sea propuesto por la comunidad estudiantil y apruebe su integración al consejo, el pleno del mismo.
La estructura de toda representación estudiantil de un instituto tecnológico deberá estar conformada en base al siguiente esquema:
3.1 COMITÉ EJECUTIVO DE LA SOCIEDAD ALUMNOS
Estará conformada por:
Presidente
Vicepresidente
Secretario General
Oficial Mayor
Tesorero
Coordinador de Carreras
A esta estructura se le denominará “Carteras Principales” y tienen el carácter de irremovibles bajo las siguientes circunstancias:
a) Es facultad del Presidente nombrar coordinadores por carrera. Esto con el fin de tener una representación equitativa de toda la comunidad estudiantil y podrán ser removidos de acuerdo a la evaluación y desempeño en su cargo.
b) El Presidente y carteras principales podrán evaluar el desempeño de cada uno de los puestos que conforma el Comité Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos.
c) Todo miembro que conforme el CESA o Consejo Estudiantil se removerá de su cargo de acuerdo a su evaluación, desempeño, que no ejerzan su cargo con responsabilidad o por ausencia ante su cargo.
d) En caso que algún integrante (incluyendo al presidente) termine sus estudios antes de la finalización de su gestión, deberá delegar su responsabilidad o cargo al integrante que se encuentre de acuerdo al orden jerárquico de su organigrama para el termino de periodo de la representación estudiantil.
Las demás responsabilidades que sean asignadas como: (secretaria de deportes, secretaria cultural, secretaria de conflictos, etc.) Estarán sujetas a la consideración de sus carteras principales.
3.1.1 FUNCIONES Y ATRIBUCIONES:
Presidente
Presidir las reuniones y asambleas del CESA
Coordinar a toda la estructura y a sus diferentes responsables para el desempeño de cualquier actividad inherente al mismo.
Proponer acuerdos, iniciativas y resoluciones.
Proponer y organizar acciones en beneficio de la comunidad estudiantil apegándose en lo posible a su plan de trabajo.
Sustituir si el caso lo amerita a miembros de la mesa directiva.
Elaborar el plan de trabajo y el plan de desarrollo organizacional.
Rendir informe de trabajo pormenorizado al comité y a la comunidad estudiantil.
Solicitar a los miembros de la mesa directiva su programa de actividades para su revisión.
Ser el representante de su instituto tecnológico ante el CNEEST y asistir a las reuniones de Zona y Nacional que convoque la Organización.
Convocar a elecciones siempre cuando el periodo de gestión culmine.
Ser el representante del CESA ante cualquier instancia: Institucional, publica, privada o de cualquier tipo.
Respaldar y apoyar a toda la mesa directiva para el cumplimiento de metas a beneficio de la comunidad estudiantil.
Velar por los beneficios e intereses de la comunidad estudiantil, así como implantar medidas para la satisfacción del mismo.
Tener el voto de calidad en las asambleas y en su defecto resolver cualquier circunstancia no prevista en la presente.
Hacer valer los Derechos y Obligaciones de la Comunidad Estudiantil que representa.
Tener la facultad de nombrar o remover cualquier cartera que considere pertinente siempre y cuando informe por escrito a la mesa directiva del mismo.
Vicepresidente
Apoyar al presidente en el buen desempeño de sus funciones.
Informar y apoyar al presidente de cualquier situación de orden administrativo y operativo. Esta ultima siempre y cuando el presidente le delegue dicha responsabilidad.
Sustituir al presidente en su ausencia o cuando este determine representarlo temporalmente.
Coadyuvar con el presidente, en la coordinación, programación, seguimiento y evaluación de las actividades de los integrantes del comité.
Vigilar que se turnen a los órganos respectivos, los asuntos que les competan.
Representar al comité y a la base estudiantil, y por ende a los tecnológicos ante personas físicas o morales y ante toda clase de instancias, autoridades e instituciones siendo su capacidad decisiva en acuerdo con el presidente y las principales carteras.
Dirigir o delegar el proceso de selección de beneficiarios directos de las distintas becas que otorga el comité.
Encomendar tareas o actividades específicas a las diferentes carteras de apoyo.
Suplir al presidente en los actos a los que por causa justificada de este no pueda asistir.
Vigilar que la organización y estructura del comité cumpla con las funciones para las que han sido
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