ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EXPLICACIÓN ELEMENTOS DE ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL


Enviado por   •  12 de Mayo de 2019  •  Síntesis  •  1.936 Palabras (8 Páginas)  •  251 Visitas

Página 1 de 8

EXPLICACIÓN ELEMENTOS DE ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL

Sumario: 1. Identificaicón de la providencia. 2. Hechos. 3. Problema jurídico. 4. Regla jurídica. 5. Razones de la decisión. 6. Decisiones. 7. Conceptualizaciones. 8. Marco jurídico. 9. Asuntos procedimentales. 10. Salvamento y aclaración de voto.

  1. Identificación de la providencia

Se debe identificar e individualizar la sentencia analizada. La identificación debe asegurar la claridad sobre el tipo de decisión que se analiza. Para ello, es necesario utilizar la información general del fallo para que facilitar la ubicación de los resultados del análisis jurisprudencial.

1.1. Referencia de la Providencia: Señalar el número de radicado de la Sentencia, como C-112-2000 o T-343-2017. Por medio del radicado se individualiza la Sentencia y se identifica el tipo de sentencia (si es una sentencia de constitucionalidad, de acción de tutela o una sentencia unificada).

1.2. Corte, juez o Tribunal: Se precisa la Corporación que profiere el fallo. Ejemplo: la Corte Constitucional. De esta forma se identifica los posibles temas que tratara en el análisis, refiriéndose a la jurisdicción y competencia.

1.3. Caso: Se debe indicar las partes que intervienen en el caso. La identificación de las partes debe ser exacta, incluyendo los nombres propios de cada una de las partes, separándolos con palabras como “vs” o “contra”. Ejemplo: Tomas Vargas vs. Colombia Compra Eficiente. En caso de ser varios los representantes de alguna de las partes se deberá mencionar el primer nombre e indicar con la palabra “otros” que hay más sujetos involucrados en la discusión.

1.4. Título: Se redacta un encabezado que haga referencia a los temas que trata la Corporación a lo largo del fallo. Este título debe ser parte de la invención de quien realiza el análisis y estar directamente relacionado con el problema jurídico que se desarrolla en el fallo.

1.5. Magistrado: Se señala el magistrado o magistrados ponentes de la sentencia.

1.6. Identificadores: Los identificadores son aquellas palabras clave que a lo largo de la sentencia son patrones fundamentales para reconocer los temas fundamentales del caso. Los identificadores deben lograr referenciar el problema, la decisión, la regla y las razones de la regla.

  1. Hechos

Se debe describir el origen del conflicto. Sin embargo, la descripción debe limitarse a los elementos necesarios para la adecuada identificación del debate planteado. A partir de la identificación de los hechos relevantes en virtud de los cuales se elabora a una breve narración de los mismos. En cuanto a la identificación de los hechos relevantes se deben tomar como guía los siguientes criterios (Goodhart, 1930):

  1. Los hechos de persona, tiempo, lugar, clase y monto son irrelevantes salvo que el juez los tome como relevantes.
  2. Los hechos que el juez califica (implícita o explícitamente) como relevantes o irrelevantes deben tenerse como tales.
  3. Debe prestarse particular atención a los supuestos de hecho establecidos en las reglas constitucionales. En otras palabras, el punto i) sirve de guía salvo que los supuestos de hecho de la norma constitucional consagren como relevantes tales asuntos.
  4. En el marco de los asuntos que conoce la Corte Constitucional los hechos relevantes son un factor de especial importancia para los asuntos de tutela, mientras que para los de constitucionalidad no, salvo los asuntos por violación de las formas y el procedimiento.
  5. En los asuntos de tutela se deben identificar los supuestos para la configuración del caso, es decir, el tipo de autoridad, las acciones u omisiones de la misma y la situación de la persona en relación con la autoridad.

Por medio del relato deberá quedar plenamente identificado quien es el sujeto activo y el sujeto pasivo del caso (demandante y demandado) y cuál es la pretensión que nace del conflicto. Todos los acontecimientos incluidos en este aparte, deben llevar al planteamiento del problema jurídico, de lo contrario se consideran irrelevantes y deben no ser mencionados.

Los hechos no deben ser enumerados, pero deberán obedecer a un orden cronológico que permita la coherencia entre los diferentes acontecimientos narrados e incluir todos los problemas jurídicos posiblemente planteados, para cuando hay más de uno.  

Toda la redacción se realizará en tiempo pasado y se emplearán términos genéricos, evitando tanto detalle; por lo mismo se evitará la inclusión de citas textuales, a menos de que sea estrictamente necesario. Todo con el fin de lograr una redacción clara y concisa.

En esta sección cuando se trata de sentencias de constitucionalidad se deberá especificar la norma demandada, salvo que se refiera a problemas de trámite en los que se puedan identificar hechos relevantes.

  1. Problema Jurídico

En esta sección se debe precisar el punto de controversia jurídica resuelto por la Corte Constitucional. El problema jurídico es el elemento central del análisis y sirve de elemento conector entre los hechos, la regla y las razones de la decisión y determinando el punto clave de estudio en el análisis.

El problema jurídico suele encontrarse en la sección de consideraciones de la Corte, siendo la pregunta o la descripción de conflicto la que plantea la discusión. En todo, es necesario inferir y redactar la pregunta problema asegurándose de que reúna todos los temas contenidos en la resolución que da la Corte.

El planteamiento del problema jurídico debe redactarse en forma de pregunta asertiva, es decir, que se la respuesta sea sí o no; para lo cual se sugiere iniciar con palabras como “puede o debe” para continuar con la acción y el sujeto que origina el conflicto y cuestionarse la vulneración de principios o derechos a los que el demandante considera hay lugar.

Para la elaboración del problema se debe diferenciar según se trate de sentencias de tutela o de constitucionalidad:

  1. Sentencias de constitucionalidad

Identificar: (L) el legislador, (N) el acto normativo demandado y (C) el parámetro constitucional.  En cuanto a la identificación de (L) se debe precisar si la cuestión puede ser entendida como competencia del legislador genérico (ordinario y extraordinario) o si, por el contrario, el asunto debe ser analizado desde el punto de vista del legislador ordinario (Congreso) o extraordinario (Presidente). La identificación del (N) acto normativo consiste en la precisión en torno al acto normativo demandado o revisado (se refiere al contenido de una norma demandada o revisada de oficio, a una determinada interpretación de la misma o a la forma en que fue creada). Por último, (C) el parámetro constitucional es la norma (regla o principio) bajo la cual se evalúa si (N) es constitucional o no. Así, en términos generales el problema debe tener la siguiente estructura: ¿Puede C establecer L sin violar C?

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (12 Kb)   pdf (156 Kb)   docx (13 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com