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Ejemplo De Demanda Civil Ordinaria


Enviado por   •  1 de Abril de 2014  •  3.117 Palabras (13 Páginas)  •  1.944 Visitas

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Pablo Emilio Escobar Gaviria

VS

Victoria Eugenia Henao Vallejo

DEMANDA DE DIVORCIO NECESARIO

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

DE SAN JUAN DE LOS LAGOS, JALISCO

P R E S E N T E

PABLO EMILIO ESCOBAR GAVIRIA, mexicano, casado, de 55 años de edad, de profesión médico, originario y vecino de la ciudad de San Juan de los Lagos, Jalisco, con domicilio para recibir todo tipo de notificaciones en la finca marcada con el número 500 de la calle Hidalgo, Colonia Centro, en esta misma ciudad de San Juan de los Lagos, Jalisco, y designando como abogados patronos, en los términos de los artículos 42 y 119 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Jalisco, a los Lics. MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ DÍAZ y/o DANIEL ALBERTO RUVALCABA HERRERA, ante usted C. Juez, con el debido respeto comparezco a:

E X P O N E R

Que por mi propio derecho e invocando la VÍA CIVIL ORDINARIA, vengo a presentar formal demanda de DIVORCIO NECESARIO en contra de mi esposa, la C. VICTORIA EUGENIA HENAO VALLEJO, la cual puede ser emplazada en la finca marcada con el número 100 de la calle Allende, Colonia Centro, en esta ciudad de San Juan de los Lagos, Jalisco, con apoyo en lo expuesto por las fracciones VIII, XI, XII y XVI del artículo 404 del Código Civil para el Estado de Jalisco, a quien demando los siguientes:

C O N C E P T O S

A) Por la disolución del vínculo matrimonial que tenemos celebrado el suscrito y la hoy demandada, bajo el régimen de SEPARACIÓN DE BIENES.

B) Por el pago de gastos y costas que se generen en este procedimiento en la primera instancia.

Para mayor comprensión de la procedencia de tales reclamaciones, me permito narrarle los siguientes puntos de:

H E C H O S

1º Como lo acredito con la respectiva acta de matrimonio que en copia debidamente certificada, exhibo y anexo a la presente para los efectos legales conducentes, el suscrito y la hoy demandada, contrajimos nupcias en esta ciudad de San Juan de los Lagos, Jalisco, el día 12 de Junio de 1983, optando conscientemente por el régimen patrimonial de SEPARACIÓN DE BIENES.

2º En nuestro matrimonio procreamos dos hijos, de nombres: JUAN PABLO y MANUELA, ambos de apellidos ESCOBAR HENAO, mismos que actualmente cuentan con la mayoría de edad, tal y como se desprende de las copias certificadas de las actas de nacimiento que anexo y exhibo para los efectos legales a que haya lugar.

3º Una vez contraído nuestro matrimonio los suscritos establecimos nuestro domicilio conyugal en la finca marcada con el número 500 de la calle Hidalgo, Colonia Centro, en esta ciudad de San Juan de los Lagos, Jalisco, por lo cual usted es la AUTORIDAD COMPETENTEpara conocer y resolver en el presente juicio, lo cual se fundamenta en el artículo 161, fracción XI, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco.

4º Es el caso que nuestro matrimonio funciono más o menos en armonía durante 20 años, desde luego con los problemas ya económicos, ya maritales, que una familia suele tener, problemas que supimos solucionar, siempre buscando la armonía que debe reinar para mantener unida a una familia, pero esto cambio el día 11 de Mayo del año 2012, cuando por cuestiones de trabajo llegué a mi hogar a altas horas de la noche, por lo cual mi cónyuge me reclamó y comenzó a agredirme físicamente, ante lo cual yo no respondí con violencia, sino todo lo contrario intenté explicarle, pero ella no quiso escuchar, así que tomó dos maletas con sus pertenencias personales y abandonó el hogar conyugal sin mayor razón que su molestia por mi tardanza de ese día. De lo anterior se dieron cuenta nuestros hijos que son mayores de edad y viven ambos en el mismo domicilio conyugal.

5º Es el caso de que el suscrito y la demandada vivimos separados desde la fecha mencionada en el punto anterior, habiendo transcurrido 9 meses sin cohabitación y desde esa fecha y hasta el momento no hemos vuelto a realizar vida en común, incurriendo la demandada con su conducta en las causales de divorcio previstas por el artículo 404 fracción VIII, XI, XII y XVI del Código Civil para el estado de Jalisco, razón por la cual le demando las prestaciones enumeradas en el proemio de la presente demanda.

6º Cabe indicar a su señoría que la demandada es propietaria de una farmacia ubicada en la calle Morelos número 200 de esta misma Ciudad, de donde obtiene recursos suficientes para mantenerse ella misma. Además que, como lo he expresado, nuestros dos hijos cuentan con la mayoría de edad y por ende con la capacidad legal para obligarse y contratar, así como mantenerse ellos mismos. Incluso, ambos permanecen en el hogar, de lo que se dan cuenta varias personas que en su caso presentare a este tribunal. Menciono lo anterior para que sea considerado en el supuesto de que la demandada pretendiera exigir una pensión alimenticia de mi parte.

7º En tal orden de ideas manifiesto que la relación marital se había estado deteriorando varios días antes del día del abandonó, al grado que se ha menoscabado la armonía familiar que había en nuestro hogar y con ello se ha perdido el respeto entre el suscrito y mi consorte, siendo esto lo que hace subsistir a un matrimonio, en los tiempos de bonanza como en los difíciles, no obstante que he sostenido platicas en diferentes ocasiones con la hoy demandada tratando de restaurar nuestra situación familiar, ofreciéndole que regrese al hogar, olvidando lo pasado, sin rencillas ni venganzas de ningún tipo, para tratar de salvar, equilibrar y continuar nuestro matrimonio, lo cual ha sido en vano pues la demandada reacciona inmediatamente con violencia cada vez he tratado de dialogar civilizadamente. Dichas desavenencias han provocado que ya no haya sentimientos de amor entre mi consorte y el de la voz, menos que exista entre nosotros el respeto, el apoyo, la tranquilidad y que todas aquellas cosas que hacen que viva y perdure una familia, razón por la que me he decidido a entablar la presente demanda.

F U N D A M E N T O S

Por lo anteriormente expuesto y fundado en los artículos 404 fracciones VIII, XI, XII y XVI del

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