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El Impacto De La Servidumbre Voluntaria En


Enviado por   •  9 de Abril de 2014  •  2.037 Palabras (9 Páginas)  •  292 Visitas

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El Impacto de la Servidumbre Voluntaria en

Los Derechos en la Relación Laboral

En los tiempos antiguos predominaba la consideración del trabajo como pena, como maldición odiosa, dejando a un lado el sistema de trabajo familiar de las primeras agrupaciones humanas, puede decirse que en las grandes civilizaciones antiguas, el trabajo forzoso constituía el régimen general de trabajo. La esclavitud, era casi el único medio para obligar a los hombres a obedecer y a cooperar en el trabajo armónicamente.

Para Boetie en el Discurso sobre la servidumbre voluntaria, permite ver como la mayoría acepta la manipulación y el servir a una sola persona, considera inconcebible que la misma servidumbre con su sumisión y obediencia, le de esa magnitud de poder al tirano, ya que para él la naturaleza hizo a los hombres iguales, es muy duro con sus críticas pero como menciona, uno no puede añorar lo que nunca ha vivido. Y pasa como en las culturas orientales, donde en una ocasión, una mujer le dice a otra de occidente cuánto la compadecía porque tenía que salir a trabajar y tomar decisiones, mientras que ella sólo se dedicaba a atender al marido y a los hijos.

La Revolución Francesa es el modelo tomado por todas las revoluciones del siglo XIX, lo que se refleja, en el documento que expresa una tendencia universal que fue la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano contiene principios como la seguridad jurídica, la libertad personal y la inviolabilidad de la propiedad, de gran influencia en el constitucionalismo posterior, siendo con ello adoptados por la mayoría de las sociedades, siendo la Revolución Francesa la protagonista de la construcción de la nueva ideología que dominará a partir del siglo XIX.

En el plano de derechos laborales en la edad moderna surge el régimen capitalista y aparece un sistema de trabajo distinto de los habidos hasta entonces. Los campesinos acudieron a la ciudad, donde se les ofrecía la oportunidad de trabajar en las máquinas, sin necesidad de aprendizaje previo. Las mujeres y los niños participaron en el mercado de trabajo, preferidos.

La Convención sobre la Esclavitud de 1926 y la Convención suplementaria de 1956, tiene una importancia fundamental para la labor de la comunidad internacional en pro de la efectiva eliminación de la esclavitud, las opiniones han sido controvertidas hay diferencias de opinión sobre qué prácticas deben considerarse esclavitud y, por lo tanto eliminarse; además las diversas opiniones obligaciones para los Estados de adoptar determinadas medidas correctivas. Invariablemente ha habido desacuerdo sobre las estrategias más apropiadas para eliminar cualquier forma de esclavitud

Antes de la entrada en vigor de la Convención sobre la Esclavitud, se determinaron varias formas de esclavitud en una lista preparada por la Comisión Temporal sobre la Esclavitud en 1924 y posteriormente aprobada por el Consejo de la Sociedad de las Naciones.

La Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las

instituciones y prácticas análogas a la esclavitud de 1956 fue más allá obligó a los Estados Partes a abolir, además de la esclavitud, la prácticas con denominación genérica como condición servil, la servidumbre por deudas, la servidumbre de la gleba, la condición de la persona que está obligada por la ley, costumbre o acuerdo a vivir y a trabajar sobre una tierra que pertenece a otra persona y a prestar mediante una remuneración o determinados servicios, sin libertad para cambiar su condición;

La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que «nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce el derecho al trabajo, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, en su artículo 8 menciona la prohibición de la esclavitud así como la ejecución de un trabajo forzoso u obligatorio, a reserva de algunas excepciones limitadas.

En algunos casos la condición de siervo es hereditaria y afecta a familias enteras de modo permanente, mientras que en otros casos está relacionada con la servidumbre por deudas y reforzada por esta servidumbre, la comunidad internacional ha condenado la utilización del trabajo forzoso como una práctica análoga a la esclavitud, pero distinta de ella. La Sociedad de las Naciones y las Naciones Unidas establecieron una distinción entre la esclavitud y el trabajo forzoso u obligatorio, y la Organización Internacional del Trabajo es la principal organización encargada de eliminar esta práctica.

La Organización Internacional del Trabajo ha aprobado 183 convenios que constituyen un código internacional del trabajo sobre cuestiones que abarcan desde la protección de la maternidad hasta la protección de los trabajadores más vulnerables y más afectados por la pobreza., además se fijaron cuatro objetivos fundamentales; la supresión del trabajo forzoso, la garantía de la libertad de asociación, con inclusión del derecho de sindicación, la abolición efectiva del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en el empleo.

La comunidad internacional ha condenado la utilización del trabajo forzoso que es todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente, es una práctica análoga a la esclavitud, pero distinta de ella. La Sociedad de las Naciones y las Naciones Unidas establecieron una distinción entre la esclavitud y el trabajo forzoso u obligatorio, y la Organización Internacional del Trabajo es la principal organización encargada de eliminar esta práctica.

Desde que se promulgo la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, se comenzó a darle un nuevo trato al trabajador a nivel universal siendo decretado en lo sistema jurídico de las mayorías de las naciones, donde la violación y el desapego atentaría con los derechos humanos del trabajador, a partir de este momento al trabajador se le garantiza el trabajo libre de su elección, la Revolución Francesa y sus alcances sirvieron de motor ideológico a las naciones latinoamericanas

Los Derechos Humanos han alcanzando una dimensión integral, que abre caminos para hacer posible transitar por mejores sendas hacia un mejor trabajo para lograr una vida, con igualdad y dignidad; indispensables para fortalecer la democracia y la equidad, objetivos tan urgentes para la humanidad en este nuevo siglo.

A grandes rasgos hemos hecho un análisis de la evolución del trabajo en el mundo respecto a México se ha trabajado y legislado para dar garantizar a toda su derecho a un trabajo digno.

La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 3 y 123 se establecen normas defienden el derecho y libertad de trabajo, sin embargo La violación de los derechos laborales se considera elevada, la violación sistemática de los derechos laborales en todos los rubros estudiados: jornadas de trabajo, seguridad social, discriminación, capacitación, trabajo de menores, trabajo de mujeres, vacaciones, reparto de utilidades, días de descanso obligatorio, salarios, vivienda, obligaciones de los patrones, pago horas extras, incapacidad por gravidez, claridad en la relación laboral, libre asociación, negociación colectiva, etc.

Entonces ¿Porque aún con estas normas que protegen y dan vigencia al derecho del trabajo se siguen violentando los derechos laborales? Creo que la aportación de Boetie en su Discurso sobre la servidumbre voluntaria, nos permite comprender la naturaleza de estos hechos.

En el Discurso Sobre La Servidumbre Voluntaria observamos el poder durante la época de La Boétie de 1530 a 1563, haciendo referencia a la ceguedad del pueblo frente a la labor del tirano quien los gobierna, afirma que la persona era producto de su sometimiento y docilidad de acuerdo al esquema engañoso propuesto por el tirano y su autoridad dependía de la que le diera el pueblo, el tirano es producto del poder dado por el mismo pueblo, se tiene de sujeto como instrumento y pieza de producción mas no como una persona a quien debería dársele una vida digna.

Es por eso que las distintas formas de entender y asumir el poder durante toda la historia de la humanidad son las creadoras de los procesos conforme el esquema de poder, la costumbre juega un papel muy importante en la vida del hombre pues en tiempos de esclavitud el hombre esclavo sirve a su amo porque estaba obligado por la fuerza, peor aún cuando los hombres nacían bajo el yugo de esclavitud eran educados a manera de esclavos vivían acostumbrados a su condición

La servidumbre voluntaria menciona como un monarca conseguía tener al pueblo a su favor, el Rey le daba al pueblo un cuarterón de trigo, práctica que muchos políticos realizan en la actualidad, durante la historia se han conformado las distintas definiciones del poder, que no es sino la capacidad de dominio de una persona hacia otra, esa forma de dominio constituida a través de la historia, se ejercen diversas funciones dentro del sistema de poder a través del tiempo hasta la actualidad.

En México prevalecen condiciones de marginación, pobreza y falta de empleo que derivan en conflictos sociales; la libertad del hombre es enteramente natural, esto es que nada ni nadie puede arrebatarle su derecho natural de elegir libremente un trabajo donde se desempeñe con dignidad y reciba una remuneración justa y trato digno, situación que actualmente en el ámbito laboral es difícil pues se acepta el trabajo o la remuneración por ignorancia o necesidad, muchas de las veces el patrón o tirano no les da el trato debido y ellos terminan por aceptarlo por necesidad muchas veces hasta llegar a la costumbre.

El cumplimiento de los derechos laborares implica la obligación de respetarlos, de protegerlos y de cumplirlos y no puede realizarse sin una supervisión estricta por parte de todos los actores sociales involucrados, se debe atender la obligación de abolir la esclavitud y las prácticas análogas.

El derecho de toda persona a no ser sometida a esclavitud es un derecho humano fundamental, sin embargo en forma distinta sigue existiendo, desafortunadamente la condición económica, la ignorancia, y sobre todo la costumbre, ejerce en las personas el poder de enseñarles a servir, la naturaleza dirige al ser humano de manera favorable o no pero finalmente tiene menos poder que la costumbre; la costumbre modela siempre al entorno y circunstancias que se viven, no da cabida a la democracia y derechos humanos que suponen el pleno respeto a las personas en su forma de vida, condición económica, sus ideologías, su trabajo y su dignidad e integridad.

Llegamos a la conclusión de que siguen hasta el día de hoy las practicas análogas de antaño desde otra dimensión la clase trabajadora sigue sufriendo violaciones en sus derechos y discriminación por motivo de raza, credo, religión u otras índoles, el Estado debe de optimizar el respeto de los derechos humanos, por ejemplo la explotación laboral cuando se dan prácticas como encadenar el salario a la compra de los productos del mismo patrón, repitiendo con ello la tradición de las tiendas de raya en tiempos del porfiriato y violaciones a los derechos humanos laborales en contra de los niños que laboran como “cerillos”, a los cuales, a pesar de que su labor es de carácter voluntario, trabajan bajo condiciones de empleados regulares, pero negándoles sus garantías y prestaciones legales correspondientes, se les exige llevar uniforme y llegar a tiempo para sus turnos si no, son castigados con horas extras, trabajo en horas inconvenientes o hasta la pérdida de sus puestos, vivimos un retroceso en materia de derechos humanos laborales y, por ende, en el nivel de vida de los trabajadores del país se privilegia la productividad y competitividad por encima del reconocimiento de los derechos humanos laborales, situación a la que nos someten por voluntad o por costumbre.

Sueldos bajos, discriminación de género, explotación a menores de edad, falta de pago por horas extras son sólo algunas de las violaciones laborales, muchos trabajadores entre 14 y 16 años no reciben un salario ni prestaciones laborales, su pago proviene únicamente de las propinas de los clientes, y muchas veces se les asignan tareas de carga y descarga que ponen en peligro su integridad física, nuestras autoridades no están haciendo lo que deberían para defender los derechos laborales es recomendable una inmediata y plena aplicación de la ley que obligue el cumplimiento de las normas debiendo estar sujetas a las penalidades con base en las violaciones cometidas dejando de atrás las practicas análogas, la servidumbre voluntaria y la costumbre todo apegado a derecho.

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