El Iusnaturalismo.
JoyAlexTrabajo12 de Marzo de 2016
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS CENTRALES
“ROMULO GALLEGOS”
AREA DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS
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SAN JUAN DE LOS MORROS, JULIO 2015.
INDICE
Contenido | Pág |
Introducción | 2 |
Iusnaturalismo | 3,4 |
Desarrollo Histórico | 5,6,7,8,9 |
Estado de Naturaleza | 9,10 |
Contrato Social | 11 |
Derechos Naturales Innatos | 12 |
Iusnaturalismo Objetivista: | |
Concepción de Hugo Grocio | 13,14,15 |
Concepción de Samuel Punfendorf | 15 |
Concepcion de Cristian Thomasio | 16 |
Iusnaturalismo Subjetivista: | |
Doctrina de Thomas Hobbes | 17,18 |
Lucha por la Subsistencia | 18,19 |
Teoría del Estado | 20,21 |
Libertad de los Súbditos | 22 |
Absolutismo Monárquico | 22,23,24 |
Maquiavelo | 24,25,26,27 |
Doctrina de John Locke | 27 |
Libertad Individual | 28,29 |
Derecho Nacional y Propiedad | 29,30,31 |
Teoría del Estado | 31,32 |
Parlamentarismo Moderno | 32,33,34 |
Iusnaturalismo de Juan Rousseau: | |
Nociones Generales | 34,35,36 |
Derecho Natural | 36,37 |
Contrato Social | 37,38,39,40 |
Ley como acto de Voluntad General | 40,41 |
Critica | 41 |
Conclusiones | 42 |
Referencias | 43,44 |
INTRODUCCION
En el presente trabajo de investigación hacemos un enfoque filosófico del Derecho reconoce un conjunto de derechos del hombre, universales provenidos de la propia naturaleza humana y que son principales al derecho positivo, esta visión es destacado bajo el nombre de Iusnaturalismo o Derecho Natural. El iusnaturalismo ha sido la teoría jurídica que ha dominado el pensamiento jurídico desde el mundo clásico hasta ser (en muchos ordenamientos) a finales del siglo XIX, representado por la doctrina del positivismo jurídico, en su gran opositor. De cualquier forma, aunque desplazado por el sistema positivo, el modelo iusnaturalista, sus concepciones sobre el Derecho Natural y la importancia moral en el concepto de Derecho, siempre se mantuvo presente en las discusiones jurídicas, presentándose a menudo como contrapunto critico a la doctrina positivista y como objeto de la filosofía del Derecho.
El Derecho Natural acierta sus orígenes en los filosóficos de la Antigua Grecia, entre ellos Aristóteles, el cual creo distinciones entre la justicia legal y justicia natural. Para Aristóteles las leyes naturales son inmutables pues en la propia naturaleza humana hay cambios naturales debido a principios internos de desarrollo, y el ser humano tiene como rasgos fundamental la racionalidad que permite indagar en la vida característicamente humana. Se trata de un derecho racional en sí mismo que se opone al simple derecho positivo.
El iusnaturalismo es producto de una larga evolución histórica que sufre múltiples procesos y que pasa de la idea de un derecho derivado de la divinidad, a la de un derecho teorizado de la naturaleza humana cuyos postulados o principios pueden obtenerse por métodos racionales.
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El Iusnaturalismo
Nociones Generales
La muerte de Aristóteles señala el comienzo de una nueva era en la política y en la historia de la civilización europea. El fracaso de la ciudad estado se dibuja como una línea tajante que corta la historia del pensamiento político, en tanto que, desde esa fecha en adelante, su continuidad no se interrumpe hasta nuestros días. La aparición del cristianismo produjo cambios superficiales en su curso y, por grandes que sean los cambios posteriores producidos en el pensamiento político, no presentan en todo caso una solución de la continuidad desde la aparición de la teoría del derecho natural en la escuela estoica hasta la doctrina revolucionaria de los derechos del hombre. El hombre, como animal político, fracción de la ciudad estado autónoma, acaba con Aristóteles y comienza el hombre como individuo, el cual necesita conocer la regulación de su vida, así como sus relaciones con otros individuos. Para hacer frente a la primera de esas necesidades surgieron las filosofías de la conducta; para hacer frente a la segunda, ciertas nuevas ideas de fraternidad humana. Los hombres tenían que aprender a vivir solos y juntos en una nueva forma de unión social. La primera tarea a contemplar era el desarrollo que se produjo de aquellas religiones que ofrecían la esperanza de la inmortalidad personal y establecían ritos de iniciación en alguna unión mística con un Dios.
Todas las filosofías posteriores a Aristóteles se convirtieron en instrumentos de enseñanza y consolidación éticas que con el paso del tiempo adoptaron cada vez más las características de la religión; en muchos casos la única religión que tenía un hombre educado era la filosofía, aquí es donde la religión y la filosofía se juntan y lo que posteriormente será la principal preocupación de los iusnaturalistas al querer separarlas. Es imposible no ver en este desarrollo religioso una ayuda emotiva para hombres que, sin ella, se sentían obligados a enfrentarse al mundo solos, y pensaban que sus facultades naturales eran demasiado débiles para pasar la prueba, y en esta forma, los hombres comienzan a fabricarse almas débiles para pasar la prueba, y en esta forma, los hombres comienzan a fabricarse almas.
Esta doctrina, que se desarrolla en el siglo XVII, tendrá en Hugo Grocio (1583-1645) a su primer claro defensor, y será seguida por los teóricos de la laicidad del estado, como Hobbes y Locke. El Iusnaturalismo o Derecho Natural es una doctrina ética y jurídica que defiende la existencia de derechos del hombre fundados o determinados en la naturaleza humana, universales, anteriores y superiores (o independientes) al derecho positivo y al Derecho fundado en la costumbre o Derecho consuetudinario.
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Las teorías iusnaturalistas mantienen que la legitimidad de las leyes positivas, es decir, el conjunto de normas efectivamente vigentes en un Estado, dependen en último término de su concordancia con el Derecho Natural. Por eso, para un iusnaturalista, la validez de la ley depende también de su justicia y por eso la tesis principal del Iusnaturalismo se puede resumir en la frase: "la ley injusta no es verdadera ley". La posición contraria es el positivismo jurídico o Iuspositivismo, que sostiene que no existen principios morales que de suyo se deban entender incorporados al ordenamiento jurídico. De ahí que para un iuspositivista, el Derecho injusto sea Derecho aunque, por otra parte, eso no signifique que los individuos tengan además un deber moral de cumplirlo.
Políticamente el renacimiento se inicia con el paso del feudalismo al capitalismo. La aristocracia de los señores feudales, cuyo dominio había perdurado tanto tiempo en el siglo XV, pierde su autoridad política y también su poderío económico ante los príncipes y reyes que, con el apoyo de un comercio, una industria y una minería florecientes, se adueñan del poder y logran afianzar los Estados nacionales y la monarquía absoluta. La fuerza y las funciones del Estado aumentan considerablemente y poco a poco va sustituyendo a la iglesia en su carácter de máxima autoridad, aunque con un área de influencia mucho más limitada que no afecta la moralidad ni la vida espiritual del hombre. Los ideales del Estado de esta época no miran hacia un mundo extraterreno y se limitan a buscar un nacionalismo bien definido como base de un país libre y autónomo, sin subordinación religiosa o moral.
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