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El desarrollo legislativo: complejidad jurídica


Enviado por   •  15 de Abril de 2014  •  Trabajos  •  1.476 Palabras (6 Páginas)  •  742 Visitas

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EL DESARROLLO LEGISLATIVO: COMPLEJIDAD JURÍDICA

Así como a nivel mundial la seguridad social se ha constituido en el eslabón primordial, tal como ocurre en la Unión Soviética, el compromiso es sencillamente que su fundamento tenga carácter legal. En Venezuela, el derecho a la seguridad social tiene rango constitucional, pero su desarrollo legislativo, pese a la reforma legal de 1997 y contrarreforma de 1999-2001 lo encontramos en una inmensa cantidad de normas generadoras de instituciones, programas y proyectos sociales que, en su conjunto, crean las bases de la política social del Estado y el cuadro institucional del bienestar social en el país. Sin embargo, el exceso de normatividad, lejos de configurar un marco legislativo ordenado, coherente y no contradictorio para la política social, ha creado una situación caótica y anárquica que se manifiesta en una multiplicidad institucional que compite irracionalmente entre sí. Excesivamente costosa por la dilapidación y el despilfarro, por tanto, ineficaz e ineficiente, sin proporcionalidad entre la cuantía o monto del gasto aplicado y el logro de objetivos y obtención de resultados.

En Venezuela, el derecho a la seguridad social tiene rango constitucional, pero su desarrollo legislativo, pese a la reforma legal de 1997 y contrarreforma de 1999-2001 lo encontramos en una inmensa cantidad de normas generadora de instituciones, programas y proyectos sociales que, en su conjunto, crean las bases de la política social del Estado y el cuadro institucional del bienestar social en el país. Sin embargo, el exceso de normatividad, lejos de configurar un marco legislativo ordenado, coherente y no contradictorio para la política social, ha creado una situación caótica y anárquica que se manifiesta en una multiplicidad institucional que compite irracionalmente entre sí. Excesivamente costosa por la dilapidación y el despilfarro, por tanto, ineficaz e ineficiente, sin proporcionalidad entre la cuantía o monto del gasto aplicado y el logro de objetivos y obtención de resultados.

El Artículo 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela crea las bases para avanzar en la solución de los problemas sociales, mediante la creación de un Sistema de Seguridad Social. Como vemos, el Constituyente de 1999, previó y ordenó, en términos operativos, amén de sus prescripciones dogmáticas y programáticas, la definición de una política social materializable a plenitud en la seguridad social.

Otras leyes que apoyan el sistema de seguridad social:

 Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. Decreto N° 6.072, con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. Gaceta Oficial de la República Bolivariana De Venezuela Extraordinaria Nº 5.889, del 31 de julio de 2008.

 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, Gaceta Oficial Numero 38.236 del 26 de Julio de 2005.

 Ley de Régimen Prestacional de Empleo, Gaceta Oficial N° 38.281 de fecha 27 de septiembre 2005.

 Ley de Servicios Sociales, Gaceta Oficial N° 38.270 del 12 de septiembre de 2005.

 Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios

c.- LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LA LOSSS

El Sistema de Seguridad Social Integral como conjunto orgánico, interrelacionado e interdependiente de regímenes de protección social, está organizado en subsistemas y es un servicio público de afiliación obligatoria para cada trabajador y de carácter contributivo.

El órgano de dirección del Sistema de Seguridad Social Integral es: el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo, teniendo como marco legal la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS) y las leyes especiales que rigen los diferentes subsistemas. Como por ejemplo la Ley de Política habitacional, la ley del Seguro Social, entre otras.

El Sistema de Seguridad Social, estará integrado por los sistemas prestacionales siguientes: SALUD, PREVISIÓN SOCIAL Y VIVIENDA Y HÁBITAT; teniendo cada uno de estos regímenes prestacionales mediante los cuales se brindará protección ante las contingencias amparadas por el Sistema de Seguridad Social.

Como las funciones, niveles y actividades son complejas éstas fueron agrupadas de acuerdo a las actividades necesarias para alcanzar los fines establecidos, con lo cual se crearon unidades administrativas en los distintos niveles a efectos de cumplir con los objetivos señalados.

Los cuales se señalan a continuación:

Sistemas prestacionales de la seguridad social

A.- Sistema Prestacional de Salud. Regulado en el Articulo 20 de la mencionada Ley, el cual reza: “El Sistema Prestacional de Salud, tendrá a su cargo el Régimen Prestacional de Salud mediante el desarrollo del Sistema Público Nacional de Salud.”

B.- Sistema Prestacional de Previsión social.

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