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Enviado por   •  17 de Octubre de 2015  •  Informes  •  599 Palabras (3 Páginas)  •  208 Visitas

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Estudio y Declaración de Impacto Ambiental.

Oscar Javier Araya Eaton.

Impacto Ambiental

Instituto IACC

04 de noviembre 2015

Introducción

El encargado de la evaluación de impacto ambiental es el servicio de evaluación ambiental, el cual debe exigir a los proyectos o actividades que requieran un estudio o declaración de impacto ambiental, para poder determinar si  el impacto que puede causar, está dentro de lo que establece la legislación de nuestro país.

Estudio de Impacto Ambiental

En este estudio, se debe describir detalladamente las características de la actividad y proyecto, el cual debe contener antecedentes que permitan prevenir, identificar  y entender todo el impacto ambiental posible, para poder así impedir el deterioro o minimizar los efectos de este impacto. Los EIA permiten identificar el grado de compromiso y cumplimento de las organizaciones, con lo respecta a las medidas de mitigación, reparación y compensación del medio ambiente.

La ley de bases generales del medio ambiente, establece en el artículo 10 el listado de  actividades y proyectos, de igual forma lo hace el art 2 del D.S 95 que deben ser sometidos a un estudio de impacto ambiental. Los proyectos o actividades que no aparezcan en esta lista pueden voluntariamente someterse a la EIA. El estudio debe ser presentado por su titular y los contenidos del mismo son de exclusiva responsabilidad del él.

Los estudios de impacto ambiental deben considerar:

Descripción detallada del proyecto o actividad que se realizara

Descripción de todos los proyectos que cuenten con una resolución de calificación ambiental.

Análisis y descripción  de todos los efectos probables que aparecen en el artículo 11, los cuales son lo que originan el requerimiento de realizar un EIA.

Una identificación y evaluación de impacto ambiental del proyecto o actividad a realizar, incluyendo las eventuales situaciones de riesgo que se puedan dar.

Las medidas de control para eliminar o minimizar los efectos negativos y las acciones de mitigación y reparación cuando sea procedente.

Un plan de ambiental que considere un seguimiento, además debe considerar el cumplimiento legal vigente.

Declaración de Impacto Ambiental

El titular del proyecto o actividad que se somete al SEIA lo hace presentando una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), salvo que dicho proyecto genere o presente alguno de los siguientes efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley, caso en el cual deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

La declaración de impacto ambiental, dentro del procedimiento de EIA, se refiere al pronunciamiento de la autoridad competente del medio ambiente, por el que se determina, respecto a los efectos ambientales previsibles, la conveniencia o no, de la realización de la actividad proyectada, y en caso de realizarse, se determinan también las condiciones que deben establecerse, en orden a la apropiada protección del medio ambiente, como también sus recursos naturales.

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