Establecimientos Penitenciarios En El Peru
lesslie9421 de Mayo de 2015
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ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN
II. CÁRCELES PERUANAS
2.1 ALGUNAS CIFRAS OFICIALES
2.2 RESPUESTA DEL ESTADO PERUANO ANTE ESTA REALIDAD
III. CÁRCELES EMBLEMÁTICAS
3.1 EL PENAL DE LURIGANCHO Y LA NECESIDAD DE UNA REFORMA RADICAL
3.2 PENAL DE CHALLAPALCA: SÓLO SEIS INTERNOS A DICIEMBRE DEL 2004
3.3 PENAL DE PIEDRAS GORDAS
IV. LAS IGLESIAS Y LA SOCIEDAD EN LAS CÁRCELES
4.1 INSTITUCIONES DE GRAN IMPORTANCIA EN EL ÁMBITO PENITENCIARIO
V. ACONTECIMIENTOS QUE CAPTARON LA ATENCIÓN DE LA SOCIEDAD
VI. DECLARAN EN EMERGENCIA AL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO, POR RAZONES DE SEGURIDAD E INTERÉS PÚBLICO
VII. TIPOS DE ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS
VIII. JURISDICCION PENITENCIARIA NACIONAL
IX. BIBLIOGRAFIA
I. INTRODUCCIÓN
La situación penitenciaria peruana, a pesar de algunos esfuerzos, sigue atravesando una grave crisis. Son pocos los signos de es¬peranza que se pueden encontrar en una cárcel:
las acciones de solidaridad
el arte expresado en sus diversas modalidades
la búsqueda para que la cultura y educación de calidad es¬tén presentes y al alcance de todos/as
la promoción al trabajo, etc.
En general, la cárcel peruana se caracteriza como todas las cárceles de la región por estar poblada por personas pobres y de valores diferentes a los que comúnmente se consideran como positivos, donde impera la violencia física y/o psicológica; donde día a día se evidencian actos de corrupción y abuso de poder, no sólo entre las autoridades y los internos/as, sino también entre las mismas personas privadas de libertad.
Para la mayor parte de la sociedad y de nuestras autoridades, la cárcel es casi la única alternativa para combatir la delincuencia. De acuerdo a cifras oficiales y encuestas tomadas a diversos sec¬tores de la población, en los últimos años se ha presentado un incremento de la delincuencia. Algunas personas responsables de estos delitos son detenidas y llevadas a una prisión, donde lamentablemente no existen apropiadas condiciones de vida y mecanismos para ser re¬habilitados y tratados adecuadamente; por el contrario, egresan del penal con mayores conocimientos y estrategias para delinquir y también con deterioro en su salud integral.
Lamentablemente son pocas las instituciones públicas y privadas que se dedican a ana-lizar el porqué de estas acciones delictivas. Por el contrario, la opinión pública general propone el incremento de penas, mayores castigos y la construcción de más cárceles. Entonces, si no se presenta una alternativa a la pena privativa de libertad, coherente con el desarrollo humano, un gran porcentaje de nuestra población, especialmente la de menos recursos estará recluida en prisiones, cuyas condiciones cada día se hacen más inhumanas.
II. LAS CÁRCELES PERUANAS
2.1 ALGUNAS CIFRAS OFICIALES
En nuestro país existen 83 establecimientos penitenciarios que albergan a 32,046 internos e internas a enero del 2005, a pesar que su capacidad total es de 20,497 (la sobrepoblación existente es de 11,549 personas). De los casi 29,000 internos e internas que poblaban las cárceles de nuestro país en el año 2003, hoy son más de 32,000 personas privadas de libertad, y esta situación cada día se viene agudizando más. El crecimiento promedio de la población penal del 2003 al 2004 fue aproximadamente del 13%.
Del total de la población penal, el 93,04 % son varones y el 6,96% mujeres. En cuanto a la población juvenil - entre los 18 y 29 años de edad - se presenta como la más numerosa, repre¬sentando el 47,9% del total de la población penal.
Es necesario resaltar que aunque las mujeres privadas de libertad representan un porcentaje menor, su tratamiento debe ser dife¬renciado de los varones. Además se debe brindar un tratamiento especial a las 161 madres que conviven al interior de las cárceles con sus menores hijos. La presencia de la madre es de vital im¬portancia para éstos pequeños y ocasionaría un daño irrepara¬ble romper dicho vínculo. Pero, por otra parte también es muy penoso que el niño o niña padezca las condiciones carcelarias. Son éstas las principales razones para que el Estado, tomando cartas en este asunto implemente algunas medidas alternativas a la pena privativa de libertad. Ellas representan sólo el 7.1% del total de mujeres privadas de libertad, a nivel nacional.
De otro lado encontramos un sistema judicial que no responde eficazmente a la proble-mática legal de los internos e internas. Esto se ve reflejado a enero del 2005 en la pobla-ción penal en calidad de sentenciados, entre varones y mujeres que alcanza el 29,53%, mientras que la gran mayoría se encuentra en calidad de procesada: el 70,47%. Es decir, las autoridades judiciales aún no han determinado la responsabilidad frente al hecho que provocó su encarcelamiento.
Es también preocupante la situación de los extranjeros en prisión que a enero del 2005, sumaban 699, cifra que cada día va en aumento. La mayor población extranjera provie¬ne de España (104), seguida de Colombia (101), Bolivia (48) y Sudáfrica (48). Un gran porcentaje de extranjeros se encuentra recluido en los Penales Sarita Colonia (Callao) y Santa Mónica (Chorrillos) entre otros.
El ordenamiento legal del país asume que la cárcel debe lograr que la persona que no respetó las leyes de convivencia social modifique esa conducta. Para conseguirlo, la persona privada de libertad recibe un tratamiento con la finalidad de reeducarlo y re-so-cializarlo. Sin embargo, las autoridades responsables de brindar dicho tratamiento en el penal señalan que los resultados obtenidos no han sido favorables. Afirman que carecen de recursos materiales y del personal profesional necesario para poder efectuar un buen trabajo.
El presupuesto de apertura del INPE el año 2004 ascendió a S/. 143’622,000.00 nuevos soles, el cual fue modificado a S/. 148’266,858.00 nuevos soles. Incremento insuficiente para las carencias que vienen sufriendo muchos de los penales de nuestro país. El INPE cuenta con aproximadamente 4,865 trabajadores, de los cuales 2,600 prestan servicios de seguridad. El personal restante está a cargo de realizar labores administrativas y de tratamiento. Es importante resaltar que la normatividad internacional referida al personal penitenciario, en nuestro país difiere mucho de la realidad, pues si bien se indica que la administración penitenciaria se esforzará para que el trabajador tenga la convicción que la función penitenciaria constituye un servicio social de gran importancia, el tener una remuneración adecuada y asimismo que se mantendrán en constante capacitación y profesionalización. Sin embargo, los bajos sueldos y remuneraciones de los empleados penitenciarios que oscilan entre S/.700 (US$ 210.00) y S/.1,000 nuevos soles mensua¬les (US$ 330.00), son de subsistencia. Se suma a ello la falta de incentivos por parte de la propia institución, originando que algunos trabajadores tengan un rol pasivo y no busquen alternativas de formación, capacitación y reformas en el ámbito penitenciario.
2.2 RESPUESTA DEL ESTADO PERUANO ANTE ESTA REALIDAD
Ante esta situación, la respuesta del Estado no ha sido favorable. Durante el año 2004 se adicionó una partida presupuestaria para mejorar la seguridad en los penales, y se dejó atrás áreas muy deficitarias tanto o más importantes que requieren con urgencia ser atendidas (salud, alimentación, etc.). A ello se suma el aumento de personas encarcela-das y el poco personal penitenciario que no puede cumplir sus labores favorablemente por carencia de recursos, poca capacitación especializada, bajos ingresos, etc.
Aunque teóricamente existe un Plan Nacional de Tratamiento Penitenciario, dado en el 2003, son pocas las acciones realizadas bajo los lineamientos de este documento. Aunque se proponen políticas de corto, mediano y largo plazo en cuestiones de infraestructura (construcción de cárceles) y seguridad, las cuestiones esenciales de tratamiento no difie¬ren a las actuales. Es decir, se mantienen con pequeños cambios, y esto es insuficiente. Este documento reconoce que la política de tratamiento no ha sido la más adecuada. Creemos que el Estado debe plantear reformas reales en esta materia como el impulso de una política penitenciaria diferenciada por segmentos de internos/as, promovido por el actual Presidente del INPE, que hasta la fecha no ha sido implementada.
Por otro lado, los últimos gobiernos no han priorizado esta problemática porque no con-taban con un plan de reforma en el ámbito penitenciario, o en algunos casos, este tema ha sido postergado.
Durante el período gubernamental de Alberto Fujimori (1990-2000) se dictaron un sin-número de leyes de emergencia que contravinieron diversos derechos constitucionales. El espíritu normativo de la época estuvo marcado por el incremento de penalidad, imple-mentación de regímenes penitenciarios de extrema rigurosidad y restricción considerable de beneficios penitenciarios. Seguidamente, durante el gobierno de transición presidido por Dr. Valentín Paniagua, se restauró la democracia en el Perú. Esto trajo consigo el desmontaje de las estructuras autoritarias del período anterior y tuvo también influencia
en el ámbito penitenciario. Se inició una política de apertura
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