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Estudios previos y analisis del sector


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2018  •  Apuntes  •  4.286 Palabras (18 Páginas)  •  126 Visitas

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ESTUDIOS PREVIOS

Sistema de Gestión de Calidad

Versión 0.1

Fecha: 01/01/12

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ESTUDIOS PREVIOS DE OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA

De conformidad con lo previsto en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007, decreto 1510 de 2013 y demás normas reglamentarias, toda obligación contractual en la que haga parte una entidad estatal debe estar precedida de un estudio donde se materialice la necesidad, conveniencia y oportunidad de la contratación y las apropiaciones presupuestales correspondientes, la Secretaria General del Municipio procede a adelantar el presente estudio de Conveniencia y Oportunidad para la modalidad de contratación directa.

  1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR

La esencia de la presente propuesta tiene varios fines los cuales se pueden desarrollar en un solo objeto:  ASESORIA Y CAPACITACIÓN PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DEL MUNICIPIO DE PUENTE NACIONAL, SANTANDER

  1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE

SATISFACER

El Departamento Administrativo de la Función Público (DAFP) expidió El decreto No.2484 del 2 de diciembre de 2014, el cual señala que se debe dar aplicabilidad mediante la actualización y armonización de los manuales de funciones y competencias laborales de las entidades públicas del nivel territorial.

Como elemento novedoso y de flexibilidad en la nueva normativa, se introduce la determinación de las disciplinas académicas o profesiones en los requisitos de estudios contenidos en los manuales específicos de funciones y de competencias laborales, en adelante los organismos y entidades deberán identificar los Núcleos Básicos del Conocimiento -NBC- que contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES, con el propósito de hacer efectivo el acceso al empleo público en igualdad de condiciones para quienes cuentan con una profesión perteneciente a un mismo ramo del conocimiento.

Que corresponde a los alcaldes municipales de conformidad con el artículo 315 de la Constitución Política cumplir y hacer cumplir la Constitución y la ley, norma que igualmente es consagrada en el artículo 91 de la ley 136 de 1994 modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, así como dirigir la acción administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.

Es así como se debe asegurar que la estructura administrativa y la respectiva organización debe estar respecto a la normatividad vigente y coherente a lo plasmado en el Plan de Desarrollo Municipal “Cambio Real Para Un Puente Real 2012- 2015”.


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En la actualidad la Administración Municipal de Puente Nacional, Santander cuenta con un Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante Decreto 051 de diciembre 30 de 2014, pero se requiere la actualización de acuerdo a la ley 909 de 2014 y a las especificaciones del DAFP quien expide el decreto 1785 de 2014, en donde solicitan a los municipios realizar los respectivos ajustes y actualizaciones requeridas y que debe contener como mínimo: 1. Reseña histórica 2. Marco legal 3. Análisis externo 4. Análisis financiero 5. Análisis interno 6. Evaluación de las funciones 7. Planta de personal

  1. Manual especifico de funciones y competencias laborales y modelo de los de actos administrativos necesarios para la ADOPCIÓN de la Actualización técnica realizada.

JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD

El manual específico de funciones y de competencias laborales es un instrumento de administración de personal a través del cual se establecen las funciones y las competencias laborales de los empleos que conforman la planta de personal del municipio y los requisitos exigidos para el desempeño de los mismos. Se constituye en el soporte técnico que justifica y da sentido a la existencia de los cargos en las entidades públicas.

Igualmente organigrama se entiende como una carta de organización o cuadro sintético en el que se indica los aspectos más importantes de la estructura organizacional, incluyendo funciones, relaciones, canales de autoridad relativa de cada empleado y en la actualidad se hace necesario reorganizar el organigrama de la administración central del municipio de Puente Nacional para la efectiva realización de los cometidos Estatales.

La Ley 443 de 1998, expedida después de la Ley 27 de 1992, contuvo normas sobre carrera administrativa y, en vigencia de la misma, se implementó el concepto de manual de funciones y de requisitos. La Ley 909 de 2004, regula el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictó otras disposiciones, en ella, se estableció el concepto de manual específico de funciones y de competencias laborales, por lo que impone un nuevo modelo de competencias laborales. El Decreto 785 de 2005, reglamentario de la Ley 909, presentó la información relacionada con la identificación de los empleos, así como los requisitos mínimos y máximos de estudio y experiencia para cada nivel jerárquico, mientras que la descripción de las competencias, tanto generales como comportamentales están en el Decreto 2539 de 2005. Los artículos 13 y 28 del Decreto Ley 785 de 2005 consagran que las competencias laborales, funciones y requisitos específicos para el ejercicio de los empleos de las entidades reguladas por el citado decreto, serán fijados por los respectivos organismos o entidades, con sujeción a los parámetros que establezca el Gobierno Nacional.

Los decretos 770 y 785 de 2005, definen los criterios y la obligatoriedad para definir e incorporar en los manuales específicos de funciones y de requisitos las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de las entidades del  orden nacional y territorial. El nuevo marco conceptual y jurídico, además de la ley 909 de 2004 y los decretos reglamentarios 785 y 2539 de 2005, establece los criterios que deben abordar y abarcar los manuales específicos de funciones y competencias laborales ,entre ellos la obligatoriedad para definir e incorporar en los manuales las competencias laborales mínimas para los diferentes empleos públicos de las entidades del orden territorial, así como las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades territoriales.

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