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Extradicion


Enviado por   •  24 de Abril de 2015  •  2.437 Palabras (10 Páginas)  •  211 Visitas

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EXTRADICIÓN

Existen varias formas de cooperación dentro de la Comunidad Internacional en lo referente al Derecho Penal Internacional entre las que encontramos, según la Corte Penal Internacional, las siguientes:

• Identificar y buscar personas u objetos

• Practicar pruebas, incluidos los testimonios bajo juramento, y producir pruebas, incluidos los dictámenes e informes periciales que requiera la Corte.

• Interrogar a una persona objeto de investigación o enjuiciamiento.

• Notificar documentos, inclusive los documentos judiciales.

• Facilitar la comparecencia voluntaria ante la Corte de testigos o expertos.

• Proceder al traslado provisional de personas.

• Realizar inspecciones oculares, inclusive la exhumación y el examen de cadáveres y fosas comunes.

• Practicar allanamientos y decomisos.

• Transmitir registros y documentos, inclusive registros y documentos oficiales.

• Proteger a víctimas y testigos y preservar pruebas.

• Identificar, determinar el paradero o inmovilizar el producto y los bienes y haberes obtenidos del crimen y de los instrumentos del crimen, o incautarse de ellos, con miras a su decomiso ulterior y sin perjuicio de los derechos de terceros de buena fe.

• Cualquier otro tipo de asistencia no prohibida por la legislación del Estado requerido y destinada a facilitar la investigación y el enjuiciamiento de crímenes de la competencia de la Corte.

Dentro esta cooperación jurídica que existe entre los Estados, también encontramos a una figura muy importante como lo es, la Extradición. Este tipo de cooperación la encontramos plasmada en distintos Tratados y Convenciones Internacionales Multilaterales y Bilaterales, que sobre este tema México ha signado y ratificado con la Comunidad Internacional y que son la parte principal de estudio de la presente investigación. La cooperación bilateral regional en materia de extradición se concreta en dieciséis tratados que México ha signado con países americanos como Estados Unidos de América, Canadá y parte de América Latina. El tema de la extradición de personas es de particular importancia en lo que respecta a la cooperación bilateral en la lucha contra el crimen y la impunidad de México y Estados Unidos. Sobre todo en los últimos años cuando ha crecido la actividad criminal organizada, así como la cooperación en su combate y la cantidad de delincuentes extraditados entre los dos países, al grado de que se intentó negar la constitucionalidad del tratado sobre extradición que rige el tema entre las dos naciones.

Concepto de Extradición

El término extradición proviene del latín ex, que significa <fuera de> y de traditio-onis, que significa <acción de entregar>, y desde el punto de vista gramatical, significa “procedimiento por el cual las autoridades de un Estado hacen entrega de una persona a las de otro que la reclaman, para que pueda ser enjuiciada penalmente en este segundo o cumpla en él una pena ya impuesta.

El profesor colombiano de Derecho Internacional Pedro Pablo Camargo, la define como “…una institución de derecho internacional público cuyo objeto es ayudar, mediante la cooperación internacional a reprimir el delito o los delitos y evitar su impunidad, y la define como el acto formal y solmene mediante el cual el Estado requerido, hace entrega al Estado requirente de una persona refugiada en su territorio, a la cual reclama por estar sentenciada, procesada o condenada de un delito del orden común cometido en el Estado requirente, con el objeto de ser sometido a juicio conforme a las Leyes del Estado requirente o para la ejecución de una sentencia condenatoria.

El jurista español Casimiro García Barroso, la define como “…un acto por el que un Estado hace entrega a otro de una persona inculpada o condenada por la comisión de infracciones de índole criminal, que se encuentra en el territorio del primero, para que el Estado requirente la juzgue o haga cumplir la sentencia impuesta, e implica un acto de asistencia judicial internacional regido por una serie de principios, plasmados en los Tratados Internacionales, y a falta de éstos, por las leyes internas de los países.

La Corte Penal Internacional, en el artículo 102, inciso b), de su Estatuto, la fija como “la entrega de una persona por un Estado a otro Estado de conformidad con lo dispuesto en un Tratado o Convención, o en el Derecho Interno”.

Por último, la Suprema Corte de Justicia de la Nación nos dice que la “Extradición es el acto mediante el cual un Estado hace entrega de una persona que se halla en su territorio a otro Estado, que la reclama por tener ahí el carácter de inculpado, procesado o convicto por la comisión de un delito, a fin de que sea sometido a juicio o recluido para cumplir la pena impuesta”.

Tipos de Extradición

Para el magistrado y tratadista jurídico mexicano Jesús Guadalupe Luna Altamirano, la extradición se divide en seis tipos:

a. Extradición definitiva, “…tiene ese carácter, cuando no existe impedimento legal alguno, (que) la limite o condicione”.

b. Extradición pasiva, “…la realiza la Nación requerida a través de un procedimiento seguido en forma de juicio, que concluirá con la decisión soberana del poder ejecutivo o judicial, según la legislación interna de cada nación, en la que determinará si, conforme al tratado celebrado entre ambos Estados y/o la ley extradicional del país requerido, procede o no a extraditar al reclamado”.

c. Extradición activa, está “…la lleva a cabo el Estado requirente, en el que por vía diplomática, presenta ante el país requerido, solicitud formal reclamándole la entrega de un delincuente que se encuentra dentro de su territorio de éste, y le acompaña de documentos necesarios exigidos por el tratado respectivo”.

d. Extradición temporal, “…a diferencia de la definitiva, tiene ese carácter cuando existe por parte del Estado requerido algún obstáculo o impedimento legal que la limita o condiciona, tal y como quedó precisado con los supuestos señalados en la extradición definitiva”.

e. Extradición de tránsito, “se refiere a los casos en que un sujeto cuya extradición ha sido concedida por el Estado requerido al país demandante, para su entrega son conducidos en detención

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