ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

FUENTES DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

elenaaguilar12888 de Enero de 2015

773 Palabras (4 Páginas)201 Visitas

Página 1 de 4

2

FUENTES DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

El Derecho Internacional Público; como en el presente derecho, los autores no han estado conformes en la calificación de las fuentes, Porque mientras unos las han clasificado en directas e indirectas o generales y especiales, otros las han dividido en generadora y testificativas, de conocimiento e investigación: Otros, en fin, las han clasificado en didácticas e imperativas llamadas corrientemente estas últimas Litis

decitorias. Una gran cantidad de autores se han pronunciado por la clasificación más simple en esta materia, es decir, directas e indirectas.

Fuentes directas

Las fuentes directas son aquellos factores de tipo social, político o económico que están aptos para crear o formar normas jurídicas internacionales aplicables a las relaciones de los Estados y demás sujetos del DIP. Dentro de las fuentes directas se pueden encontrar:

La ley nacional:

Esta es, indudablemente, una de las principales fuentes. El Derecho Internacional Privado se nutre de las normas y principios que están establecidos en los códigos y demás leyes nacionales. En Venezuela encontramos normas de Derecho Internacional Privado en el Código Civil, en el artículo 8; relativo a la aplicación de la ley a todos los habitantes del país. Sean nacionales o extranjeros; en el artículo 9, relativo al régimen de la ley venezolana para regir el estado y capacidad de los venezolanos, así residan o tengan domicilio en el extranjero, en el artículo 10, estado real, en el artículo 11; consagratorio del principio locus regit actum o

3

estatuto mixto; en el artículo 26, autoriza la aplicación del estatuto personal a los extranjeros residenciados o domiciliados en el país.

Los tratados internacionales:

Estos junto con la ley, como ya se ha visto, constituyen la primera fuente del Derecho Internacional Privado,

se trata de acuerdo de voluntades entre dos o más Estados implicados en documentos en donde se consigna por escrito obligaciones y derechos para los jurantes, lo que da una mayor credibilidad o seguridad, regulando la conducta de los estados entre sí y órganos internacionales con el fin de promover y proteger el respeto de los derechos humanos, la paz y la armonía entre los estados. En forma general se puede decir que los tratados han sido divididos en dos clases: tratados Públicos en los cuales está interesado la soberanía o aparato político del Estado, los cuales constituyen actos políticos; y los tratados- leyes que regulan conductas obligaciones o derechos de los particulares, los cuales podrían ser llamados actos particulares en oposición completas a los primeros, Es evidente que, como ya lo tiene enseñado la doctrina; los denominados tratados políticos no pueden ser equiparados nunca a la ley interna y, por lo tanto, por los administrativos y políticos; en cambio, los segundos , afiliados como están a la ley, y sobre la cual privan por concepto del principio de la especialidad, deben ser interpretados por los órganos jurisdiccionales sin que puedan privar en ningún momento sobre la Constitución y, por consiguiente, sometidos ambos al control de la constitucionalidad. América se ha destacado como unas de las pioneras en materia de codificación internacional política y social que existen entre esos pueblos. La primera conferencia de Derecho Internacional Privado se celebró en Lima en 1877-78. Concurrieron representantes de Argentina, Bolivia;

4

Chile, Costa Rica, Cuba, Ecuador y Venezuela. Allí se aprobó o un tratado en el cual se establecieron ciertas reglas uniformes en materia de Derecho Internacional Privado. Este tratado se refería a los siguientes puntos: estado y capacidad de las personas, régimen de los bienes y los contratos; matrimonio,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com