Fuentes Del Derecho Internacional Privado
yuvilsa31 de Julio de 2013
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FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
1.Definición del Concepto Fuente del derecho
En los países con derecho escrito, las principales fuentes del derecho son textos como tratados internacionales, constituciones, leyes, reglamentos. Sin embargo, otras fuentes son a veces admitidas según la materia, tales como la costumbre, los principios generales del derecho consagrados por la jurisprudencia (a veces inspirados por la doctrina de juristas especializados, profesores, abogados, magistrados...) o la debatida existencia de unos principios de derecho natural universales. Las fuentes del derecho son un criterio de determinación del sistema jurídico de un país considerado según tenga preferencia.
2. FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO:
Las fuentes del Derecho Internacional Privado son de carácter predominantemente estatal. La doctrina que prevalece hoy en día acepta la existencia de fuentes internas y fuentes internacionales, aunque con predominio de las primeras.
FUENTES INTERNAS
Siendo el Derecho Internacional Privado Derecho estatal. Las fuentes del Derecho Internacional Privado serán las que se consideren como fuente del Derecho encada ordenamiento, lo serán la ley, la costumbre y los Principios Generales del Derecho. Estudiaremos la ley, y trataremos la doctrina y la jurisprudencia (que no son fuentes).
A) LA LEY:
La tendencia general en el Derecho Internacional Privado es la de formular sus reglas en normas con rango de ley. El proceso de
Codificación afectó, así, al Derecho Internacional Privado en la misma medida quela resto de las ramas del Derecho. La codificación del Derecho Internacional Privado tuvo gran trascendencia, por cuanto:- Clarificó las soluciones, ya que hasta aquel entonces no había más que criterios jurisprudenciales.- Particularizó las soluciones. Las reglas que manejaban hasta la codificación jueces y tribunales no eran reglas internas, sino los criterios doctrinales que se habían ido formando históricamente. Por lo tanto, las soluciones eran, en todos los Estados, similares. Con la codificación se abandona ese fondo común de doctrina y se opta en cada caso por soluciones particulares, que a la vez quedan petrificadas.
B) DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA:
Aunque realmente no sean fuentes de Derecho, tienen un papel fundamental en el Derecho Internacional Privado, por cuanto la ley como fuente del Derecho Internacional Privado tiene un papel muy limitado y escaso.
1. DOCTRINA:
La doctrina analiza la jurisprudencia, y ese análisis de las decisiones jurisprudenciales influirá las decisiones ulteriores de los jueces. Cuando el juez se plantea por primera vez un problema de Derecho Internacional Privado que no está regulado ni ha sido tratado por decisiones judiciales anteriores, esa decisión va a ser comentada por la doctrina, doctrina que a su vez será aplicada por sentencias posteriores. Con ello se va consolidando una solución que, cuando sea firme, será incorporada por el legislador a losCódigos.Por otro lado, y en ocasiones, la doctrina impulsa nuevas reglas. El legislador acude a un autor determinado para fijar una solución determinada que aplicará a la elaboración de la norma. Por último, la doctrina contribuye a la creación en Derecho InternacionalPrivado de una comunidad de conceptos y métodos por encima de las fronteras estatales (las normas y los métodos son internos, pero se pueden inspirar en conceptos y métodos internacionales).
2. JURISPRUDENCIA:
Tiene el papel de fundamental importancia de
Complementar
El ordenamiento jurídico. Esa importancia es mayor si se tiene en cuenta que la infracción de jurisprudencia es motivo de recurso decasación.Sin embargo, podemos afirmar que, en Derecho Internacional Privado, la labor de jueces y tribunales es fundamentalmente creadora. El legislador no ha regulado todas las parcelas del Derecho Internacional Privado, de ahí que existan lagunas que deba colmar la jurisprudencia. Esto da al Derecho Internacional Privado un carácter peculiar, la de ser un Derecho en formación.
FUENTES INTERNACIONALES
Son las mismas fuentes que en el Derecho Internacional Público. Destaca entre ellas, como fuente principal, el tratado internacional. La costumbre y los principios generales del Derecho Internacional tienen escasa importancia en Derecho Internacional Privado; incluso hay autores que llegan a negar su existencia. La doctrina internacional y la jurisprudencia de los tribunales internacionales carecen prácticamente de interés.
A) EL TRATADO INTERNACIONAL:
Aparece como resultado de la voluntad de cooperación entre Estados. Éstos son conscientes de la limitación delas fuentes internas de cara a la mejor regulación de las relaciones internacionales entre particulares. El tratado surgirá como medio para mejorar esta reglamentación.Los tratados internacionales aparecen como substitutivos de la ley internacional, ideal del que resultaría la mejor regulación de las relaciones internacionales. Así, se elaboran convenios internacionales tendientes a introducir, por ejemplo, normas de conflicto comunes Esta variedad tiene de positivo que amplía la base de la posible unificación, aunque como vertiente negativa destaca la diversidad tan grande que existe éntrelas distintas familias, lo que hace que muchas veces no haya aplicación práctica de los acuerdos. Hoy en día, la Conferencia de La Haya es una organización internacional de carácterpermanente. Los esfuerzos destinados a la unificación del Derecho Internacional Privado también se han desarrollado en ámbitos ajenos y distintos a la Conferencia de La Haya. Se les ha denominado
Codificación internacional del Derecho Internacional Privado, en expresión desafortunada (por cuanto la codificación en Derecho Internacional Público recoge en tratados escritos normas que ya estaban vigentes como costumbre, la Convención de Viena sobre Derecho de los tratados). Esta codificación internacional.
Límites del tratado en Derecho Internacional Privado:
Los tratados internacionales no cumplen todos los fines que se proponen. Tendrán límites a su objetivo de unificación, los siguientes. La unificación que lleva a cabo el tratado es siempre sectorial, parcial. Y lo es por: Las materias que se ven afectadas. La tendencia es a la unificación de materias cada vez más concretas, porque en ellas la unificación es más sencilla y tiene mayores posibilidades de éxito. Incluso se llegan a regular materias demasiado concretas (v.g., existe un convenio sobre ley aplicable al nombre y apellidos de las personas físicas).ii. El número de Estados que toman parte en el convenio. En ningún convenio son parte todos los Estados de la comunidad internacional. Se da el caso de que, en ocasiones, hay Estados que participan en la elaboración de convenios para la unificación Del Derecho Internacional Privado pero que no llegan a firmarlos, o firmados no llegan a ratificarlos. A mayor abundamiento, podemos afirmar que la unificación estanto más fácil cuanto menos sean los Estados que la intentan y a medida en que la afinidad jurídica entre éstos sea mayor.
3. FUENTES REALES O PRIMARIAS:
Son las que contienen y nos dan un Derecho directamente aplicable. ComofuentesPrimarias se encuentran en primer lugar, la Constitución guatemalteca y las Leyes que aprueba el poder legislativo, o los Reglamentos que dicte la Administración (Poder Ejecutivo). Las fuentes primarias son escritas y sus caracteres son: a) Generalidad. Van dirigidas a una pluralidad de sujetos) Publicidad. No caben normas secretas, han de ser publicadas en los diarios oficiales para luego poder entrar en vigor c) Jerarquización: Nos recuerda la existencia de normas inferiores y de otras superiores. Esto tiene especial relevancia es cuanto a la posible modificación de unanormas por otras. Las normas de mayor rango pueden modificar, derogar o sustituir a las que le sucedan en la escala jerárquica (una Ley puede modificar o alterar un Reglamento; un Decreto puede alterar o modificar una Orden Ministerial). Mientras que a la inversa, las fuentes de rango superior no pueden ser alteradas por otra de rango inferior) Pervivencia hasta su derogación. Las normas se hacen para que duren en el tiempo hasta que otra norma posterior de igual o superior rango la derogue, modifique o sustituya. Hay casos, no obstante, en que es la propia norma la que determina cuándo desaparecerá si se dan una determinadas circunstancias concretas (por ejemplo, cuando se prevé que la norma en cuestión regirá hasta determinada fecha).d) Vocación de futuro. Las normas regulan circunstancias presentes y futuras, hacia adelante (sonIr retroactivas). Excepcionalmente pueden regular situaciones pasadas(retroactividad), dichas normas o pueden ser favorables para los derechosindividuales.Conviene añadir, por último, que los
Tratados Internacionales
, pueden ser Considerados también como fuentes primarias, ya que tienen vigencia y rango de ley interna cuando, previa aprobación por el Parlamento, son ratificados y publicados en Guatemala, pasando entonces a formar parte del Ordenamiento interno.
4. FACTORES GENERALES:
Por su causa formal: entendemos que es la fuerza social con facultad normativa y creadora, según R. Castro. Esta acepción es la adquirida por los realistas, quienes sitúan como fuente prioritaria a la jurisprudencia por ser derecho vinculante y aplicable. Influye insoslayablemente a esta
Acepción la Teoría de la Institución, la cual califica como imprescindible alas fuentes formales en el proceso de acción de los entes sociales organizados (instituciones). Dentro de ésta podemos distinguir: Por su orientación: - Fuentes
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