ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Fondo distrital de salud


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2016  •  Tesis  •  1.375 Palabras (6 Páginas)  •  168 Visitas

Página 1 de 6

FONDO DISTRITAL DE SALUD

EL Fondo funcionará y operará como una cuenta especial del Presupuesto Distrital con unidad de Caja, en la condición de Fondo Financiero del Sistema de Salud del Distrito Capital de Santafé de Bogotá, como un Establecimiento Público Distrital, con Personería Jurídica, autonomía administrativa, patrimonio propio e independiente y autonomía financiera, adscrito a la secretaría Distrital de Salud de Santafé de Bogotá con sujeción al régimen fiscal del Distrito, tendrá su domicilio en Santafé de Bogotá, D.C.

El Fondo Financiero Distrital de Salud tendrá como objeto especial y principal, como función esencial, recaudar, administrar y arbitrar la totalidad de los recursos destinados a financiar el servicio público de Salud en el Distrito Capital, concretamente los provenientes del Situado Fiscal, las rentas cedidas al Distrito, el Impuesto al Valor Agregado, los destinados al Fondo de Salud Mental y Asistencia al Anciano Desamparado de Santafé de Bogotá, D.C., los seguros obligatorios de vehículos automotor, los de registro de anotación y en general los recursos con destino al sector salud que le puedan corresponder al Distrito Capital de Santafé de Bogotá por cualquier concepto, lo que éste destine para el efecto, lo mismo que los originados en fuentes privadas nacionales o internacionales con orientación al área de la salud. Igualmente son funciones del Fondo las asignadas en la Ley 10 de 1990 y las que se asignan a través de sus reglamentos y normas complementarias.

Para que se creó: se  creó el "Fondo Financiero Distrital de Salud", como un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, encargado de recaudar y administrar los recursos del situado fiscal, rentas cedidas al Distrito, impuesto al valor agregado por seguros obligatorios de vehículos a motor y en general la totalidad de los recursos captados por el Distrito Especial de Bogotá y provenientes de diferentes fuentes públicas y privadas destinadas al sector salud.

PATRIMONIO

ARTICULO 8. El Patrimonio del Fondo Financiero Distrital de Salud Estará Compuesto de la siguiente forma.

. Por los aportes del Situado Fiscal, por las Rentas Cedidas por el Distrito Capital, por los recursos de Registro y Anotación, por los dineros provenientes del IVA, por lo correspondiente al Seguro Obligatorio de vehículos, por los auxilios y donaciones de cualquier origen.

. Por el patrimonio y recursos del Fondo de Salud Mental y Asistencia al Anciano Desamparado, que fueren asignados en su liquidación.

. Por el patrimonio y recursos del Servicio de Salud de Santa Fe de Bogotá, D.C., que fueren asignados en su liquidación.

. Por las rentas, productos, tasas, impuestos, participaciones, remuneraciones, cobros de tarifas, etc. Por las participaciones y transferencias de cualquier naturaleza.

PARAGRAFO 1. La vigilancia fiscal del manejo de los recursos del Fondo y de la administración de su patrimonio, será ejercido por la Contraloría Distrital, sin intervenir en actividades administrativas que le son propias al Fondo o a la Secretaría Distrital de Salud, mediante control posterior y selectivo, con la salvedad del control de gestión e interno que cumplirá la División de Veeduría de la Secretaría Distrital de Salud.

PARAGRAFO 2. El Control administrativo de la ejecución presupuestal será cumplido por el Director Ejecutivo del Fondo y por la Secretaría Distrital de Salud, a la cual está adscrito.

PARAGRAFO 3. El Fondo podrá adquirir y enajenar toda clase de bienes que requiera para su cometido.

ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN

ARTICULO 4. El Fondo Financiero Distrital de Salud, estará dirigido y administrado por la 3unta Directiva y el Director Ejecutivo.

PARAGRAFO 1. El Secretario Distrital de Salud será el Director Ejecutivo del Fondo, y en tal condición, su Representante Legal. Los actos y contratos que suscriba a nombre del Fondo, lo hará en la condición de Director Ejecutivo.

PARAGRAFO 2. El Fondo Financiero Distrital de Salud no tendrá Planta de Personal ni estructura administrativa y funcionará con el personal de la Secretaría Distrital de Salud.

ARTICULO 5. La Junta Directiva del Fondo Financiero Distrital de Salud, estará conformada de la siguiente manera:

- El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., o su Delegado (que lo será el Director Ejecutivo del Fondo), quien lo presidirá.

- El Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, o su Delegado.

- El Secretario de Hacienda Distrital, o su delegado.

Un Representante de las Facultades de Medicina con domicilio en Santafé de Bogotá, D.C.

- Dos Delegados de la Comunidad, elegidos por el Concejo de Santafé de Bogotá, D.C., con sus respectivos Suplentes. Estos últimos concurrirán en ausencia del Principal correspondiente, para lo cual el Principal deberá comunicar por escrito su no asistencia.

- Un Delegado de los Directores de los Hospitales creados como establecimientos públicos por el Acuerdo 20 de 1990.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.1 Kb)   pdf (89.1 Kb)   docx (11.5 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com