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Formato de juicio de amparo NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICIADO.


Enviado por   •  30 de Marzo de 2017  •  Tareas  •  4.696 Palabras (19 Páginas)  •  296 Visitas

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JUICIO DE AMPARO INDIRECTO:_____/2013

QUEJOSO: VIVIANA CASTELLANOS MAGAÑA

C. JUEZ  DE  DISTRITO  EN TURNO

EN EL  ESTADO DE TABASCO

P  R  E  S  E  N  T  E.

VIVINA CASTELLANOS MAGAÑA, Mexicana, mayor de edad, promoviendo en términos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley de Amparo en vigor y en mi carácter de Indiciado dentro de la causa penal número 41/2013; señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de citas y notificaciones, el ubicado en la calle BUENA EJIDO 506 DE LA COLONIA TAMULTE, (CASA DE DOS PISOS ANTES DE LLAGAR A PROFEPA), de la Ciudad de Villahermosa, Tabasco; autorizando para tales efectos a los Licenciados, LIC. JOEL ESTEBAN DE LA CRUZ ARELLANO, y la P.D. ELSY ZAZIL DUPEYRON ZAPATA ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 103 fracción I y 107 fracción I y II Constitucionales;  fracción I y 114 de la Ley de Amparo en vigor, vengo a solicitar el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra del acto reclamado y de las Autoridades Responsables, que más adelante señalare en el cuerpo de éste ocurso.

Para los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el diverso artículo 116 de la Ley de Amparo en vigor, manifiesto:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- MAGADALENO JIMENEZ GORDILLO,  con domicilio particular ampliamente en la calle INDEPENDIENCIA S/N ESQUINA SANCHEZ MAGALLANES, COLONIA PALMITAS, CENTLA, TABASCO, pero para los efectos del presente Juicio de Garantía, el señalado en el proemio de éste escrito.

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICIADO.- No existe tal.

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES.- Se señala como Autoridad Responsable Ordenadora:

A).- AL C. JUEZ PENAL CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE FRONTERA, CENTLA; TABASCO, con domicilio ampliamente conocido en la Avenida Benito Juárez sin numero, de la Colonia Centro, de la Cuidad de Frontera, Tabasco; con Código Postal número 86751;

Señalo como autoridades Ejecutoras.-

B).- Al C. DIRECTOR MUNICIPAL DE SEGURIDAD PUBLICA CON RESIDENCIA EN FRONTERA, CENTLA; TABASCO, con domicilio ampliamente conocido en la Avenida Benito Juárez sin número, de la Colonia Centro, de la Cuidad de Frontera, Tabasco; con Código Postal número 86751;

C).- AL C. ALCALDE DE LA CARCEL PUBLICA MUNICIPAL, con domicilio ampliamente conocido dentro de las Instalaciones de SEGURIDAD PUBLICA MUNICPAL, sito en la Avenida Benito Juárez sin número, de la Colonia Centro, de la Cuidad de Frontera, Tabasco; con Código Postal número 86751.

IV.- ACTOS RECLAMADOS.- De la Autoridad Responsable Ordenadora, reclamo el ilegal e inconstitucional AUTO DE TERMINO CONSTITUCIONAL, por el delito de ROBO APROVECHANDO ALGUNA RELACION DE TRABAJO, ilícito previsto y sancionado en los artículos 175, 179 Fracción II en relación con al 179 Fracción VI del Código Penal, Vigente en el Estado, cometido en detrimento del Colegio de Bachilleres número 12 de Frontera, Centla, Tabasco, representado por el LIC. JESUS COLOME GARCIA, en las circunstancias de ejecución, modo, tiempo, y lugar narrados.

Bajo protesta de decir verdad Manifiesto que el acto reclamado me fue notificado el dia 16 de Mayo del año dos mil trece.

V.- GARANTÍAS CONSTITUCIONALES VIOLADAS.- Se conculcan en mi contra y agravio, las garantías contenidas en los artículos 19, 20, Fracción I Constitucional, y en especial lo establecido en el artículo 112 del código de Procedimientos Penales Vigente en Estado de Tabasco, al momento de dictar el auto de Termino Constitucional, ya que no se reunieron las formalidades esenciales del procedimiento, de las cuales más adelante expresaré en que consten mis conceptos de violación.

VI.- FUNDAMENTO DE LA DEMANDA DE GARANTÍAS.- Funda la presente demanda constitucional, los artículos 103 fracción I, 107 fracciones I y II Constitucionales; 1º Fracción I, 2º, 3º, 22, 27, 114, 116, 124 y 131, demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo en vigor.

VII.- ANTECEDENTES DE LOS ACTOS RECLAMADOS.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto lo siguiente:

1.- Con fecha Nueve del año dos mil Trece, mediante oficio número 297/2013, el  Agente del Ministerio Publico Investigador de la Frontera, Centla, Tabasco, consigno las diligencias de Averiguación Previa número AP-CE-242/2013, ejercitando Acción Penal persecutoria y reparadora del daño, en contra de la suscrita VIVIANA CASTELLANOS MAGAÑA, como probable responsable del delito de ROBO CALIFICADO, ilícito previsto y sancionado en los artículos 175, 179 Fracción VII y 10 segundo párrafo, del Código Penal en el Estado, delito cometido en agravio del Colegio de Bachilleres número 12 de Frontera, Centla, Tabasco, representado por el LIC. JESUS COLOME GARCIA, apoderado Legal del colegio.

2.- Con fecha nueve de mayo del año dos mil trece, rendí mi declaración preparatoria ante Juzgado penal de Centla, Tabasco, dentro del expediente penal 41/2013.

3.- Por lo que con fecha dieciséis de Mayo del año dos mil Trece, me fue dictado en ILEGAL, E INCONSTITUCIONAL AUTO DE FORMAL PRISION por el delito de ROBO APROVECHANDO ALGUNA RELACION DE TRABAJO, ilícito previsto y sancionado en los artículos 175, 179 Fracción II en relación con al 179 Fracción VI del Código Penal, Vigente en el Estado, cometido en detrimento del Colegio de Bachilleres número 12 de Frontera, Centla, Tabasco, representado por el LIC. JESUS COLOME GARCIA, en las circunstancias de ejecución, modo, tiempo, y lugar narrados.

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