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Funcion Publica


Enviado por   •  5 de Junio de 2015  •  966 Palabras (4 Páginas)  •  220 Visitas

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DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

A función pública es objeto de tratamiento por los artículos 39° al 42° de la carta Fundamental, los cuales asumen una visión en conjunto de los caracteres descriptivos y de acceso a la función, así como las obligaciones y derechos que emanan de ella. Prima la regla de exigibilidad de confianza que debe demandar la función pública, así como la transparencia que ella debe inspirar.

ARTÍCULO 39°: FUNCIONARIOS Y TRABAJADORES PÚBLICOS

En este artículo se describen las más altas jerarquías, identificando al residente como la más alta y luego de él, los altos dignatarios de Estado se encuentran en un mismo rango, aunque en forma inmediata al Presidente. En el siguiente orden se ubican los representantes de los organismos descentralizados y alcaldes.

Jurisprudencialmente, la STC N.° 008-2005-AI/ TC aborda el concepto de titulares de la función pública y destaca que el Defensor del Pueblo y los Magistrados del Tribunal Constitucional gozan de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas laborales y funcionales que los Congresistas, mereciendo destacarse que la función pública implica encontrarse al servicio de la Nación, siendo ejercidas sus funciones bajo la supremacía del poder democrático, civil y constitucional.

ARTÍCULO 41°: OBLIGACIONES DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PÚBLICOS

A su turno, este artículos trabaja dos líneas principales: por un lado, las obligaciones de los funcionarios y servidores públicos de formular declaraciones juradas respecto a sus ingresos, y por otro, las responsabilidades de los funcionarios en el ejercicio de sus funciones, casos estos últimos en los cuales se duplican los plazos de prescripción si se judicializan los casos de presunta responsabilidad.

Dos cuestiones pueden resultar interesantes respecto a los funcionarios públicos: la exigibilidad de publicidad de las declaraciones juradas y la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción.

Respecto a lo primero, la regla de publicidad de los ingresos de los funcionarios públicos se configura a partir de la periodicidad de las publicaciones de ingresos al inicio, vigencia y cese de las funciones públicas. Sin embargo, ¿son exigibles, vía acceso a la información pública y a través de un proceso de habeas data, las boletas de pago de los servidores públicos, más aún, si dicho acceso se produce con expresión de causa?

Sobre el particular, ya ha asumido posición jurisprudencial el Tribunal Constitucional al determinar que la información contenida en las boletas de pago, no son objeto de acceso a la información pública en tanto constituyen un ámbito de información personal de los servidores públicos, el cual no es objeto de acceso vía proceso de hábeas data.

Por otro lado, el debate continuo respecto a la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción asume dos aristas: a) el derecho de toda persona a no someterse a una persecución sine die por parte del órgano persecutor del Estado, y b) la relevancia de que las conductas incompatibles con los bienes jurídicos protegidos por la función pública, no sean sancionadas por el transcurso del tiempo.

En nuestra opinión, si el brazo legal del Estado no

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