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Función Jurisdiccional Del Estado Y Fundamentos Teóricos Del Proceso

KeysiRangel20 de Enero de 2012

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular Para La Educación Universitaria

Universidad Bolivariana de Venezuela

Barinas – Edo Barinas

Profesora: Estudiantes:

Abog. Yuliana Mejias Martínez José V- 11.185.088

Rangel Keysi V- 13.885.960

4º Semestre, Sección “U”

Estudios Jurídicos

Estado y Resolución de

Conflictos.

Barinas, Enero de 2.012

INTRODUCCIÓN

La función primordial de los juzgados y tribunales consiste en resolver, definitiva y mediante, los diferentes conflictos que ante ellos se plantean, a través de la aplicación del derecho positivo, para lograr su función y con el fin de hacer llegar la aplicación de justicia a cualquier nivel de la población, el poder judicial se basa en el uso de su estructura organizativa en Jurisdicción y competencias; es por ello que en el presente trabajo de investigación se procura profundizar en diversos aspectos relacionados con la jurisdicción, la competencia, los elementos que la determinan. Las diferencias entre ambas, así como los deberes y obligaciones de los encargados de impartir justicia, es decir de los jueces y juezas, de su inhibición o recusación.,

Otro punto importante a investigar, es todo lo relacionado a proceso, y procedimiento, entendiendo que el primero es la suma de todos actos realizados para la composición del litigio, estando incluido dentro de él el segundo, es decir que dentro del proceso existen diferentes procedimientos: En vista de lo entrelazados uno del otro es necesario en este trabajo establecer las diferencias entre ambos, los lapsos y términos, además, es necesario conocer los diferentes criterios, reglas, orientaciones y/o directrices que van orientados a regir y regular las diferentes situaciones que pueden surgir ante el proceso, así como las actuaciones de todos y cada uno de actores, es decir de las partes, de los representantes judiciales y de operadores de justicias, garantizando así los derechos fundamentales de los ciudadanos, es decir garantizando los principios procesales.

Por último pero no menos importante, es necesario tener en cuenta conceptos tales como la acción, la cual se puede definir como el poder jurídico que tiene las personas para reclamar la prestación de una función jurisdiccional, por otro lado, la pretensión, es la declaración de voluntad delante de los operadores de justicia, de ejercer dicha acción y la excepción, es la acción del demandado al oponerse a la demanda que se le realiza.

FUNCIÒN JURISDICCIONAL DEL ESTADO

Concepto De Jurisdicción

Jurisdicción, proviene de la expresión latina iuris dictio que significa 'decir el Derecho' y alude a la función que asume el Estado, a través de los jueces y tribunales, de administrar la justicia, aplicando el Derecho a los casos concretos que se les presentan. En este sentido se habla también de función jurisdiccional y corresponde a los juzgados y tribunales determinados por las leyes.

En sentido estricto, por jurisdicción se entiende la función pública de administrar justicia, emanada de la soberanía del estado y ejercida por un órgano especial. Tiene por fin la realización o declaración del derecho y la tutela de la libertad individual y del orden jurídico, mediante la aplicación de la ley en los casos concretos, para obtener la armonía y la paz sociales. También podemos definir jurisdicción como: El poder emanado del estado, aplicado por órganos dedicados a la función de administrar justicia, para investigar y sancionar delitos e ilícitos de toda clase o adoptar medidas de seguridad ante ellos, mediante la aplicación de la ley.

Tipos De Jurisdicción

Jurisdicción voluntaria

Se define como aquella en la cual no se plantea una controversia entre partes, puesto que no requiere una dualidad de éstas, ya que sólo se trata de actuaciones ante los jueces en cumplimiento de la solemnidad requerida por ciertos actos o pronunciamientos de ciertas resoluciones que los tribunales deben dictar. Incluso este concepto de jurisdicción voluntaria ha sido extendido hasta la jurisdicción prorrogada donde las partes, de acuerdo con su voluntad, modifican la normal competencia

Jurisdicción indígena

La jurisdicción indígena se refiere a la potestad de los pueblos indígenas de recurrir a sus autoridades e instancias internas para dar solución a las controversias que se generen dentro de sus territorios, así como a la facultad de tomar decisiones, juzgar y ejecutar hechos de acuerdo con sus normas tradicionales (siempre que los derechos inherentes a todo ser humano estén garantizados).

Jurisdicción especial

La administración de justicia, a la par de la jurisdicción ordinaria, es ejercida igualmente por la jurisdicción especial, conformada por los tribunales que se señalan a continuación:

• Jurisdicción electoral.

• Jurisdicción de Protección del niño y del adolescente.

• Jurisdicción bancaria.

• Jurisdicción arbitral.

• Jurisdicción de los tribunales de paz.

• Jurisdicción Laboral.

• Jurisdicción de pueblos indígenas.

• Jurisdicción Contenciosa.

• jurisdicción Contencioso-administrativa especial

• Jurisdicción penal militar.

• Jurisdicción de tránsito.

• Jurisdicción de hacienda pública.

• Jurisdicción especializada en ejecución de medidas en el Área Metropolitana de Caracas.

• Jurisdicción especial en materia de consignaciones de cánones de arrendamiento.

Conflicto De Jurisdicción

Es aquel que se da en Derecho, cuando dos o más jueces o tribunales diferentes entienden que tienen jurisdicción para solventar un mismo asunto. Como un mismo asunto sólo puede ser juzgado una vez, es necesario resolver el conflicto antes de poder resolver el litigio.

Concepto De Competencia

Es la facultad que tiene cada juez o tribunal para conocer de los negocios que la ley ha colocado dentro de la esfera de sus atribuciones. La definición de competencia del legislador adolece de un defecto formal al señalarnos que la competencia es la facultad de conocer los negocios, puesto que ella no es más que la esfera, grado o medida fijada por el legislador para el ejercicio de la jurisdicción. Por ello es que también se define como competencia: “la esfera, grado o medida establecida por el legislador para que cada tribunal ejerza jurisdicción”.

Es la permisión que tiene cada Juez o Tribunal de entender un determinado asunto, en razón de la naturaleza de las cosas, objeto del conocimiento o de las personas interesadas y el fundamento descansa en que si todos los Tribunales gozan de jurisdicción, para entender de los litigios que le son sometidos, sería completamente imposible determinar a qué Tribunal correspondería su conocimiento, si cada uno goza o no de una atribución especial para el entendimiento del asunto.

Tipos De Competencia

Competencia por razón de materia:Es la naturaleza jurídica del asunto litigioso. Que puede ser civil, mercantil, laboral, penal, constitucional, entre otros, También podemos decir que este factor se determina por la naturaleza de la pretensión procesal y por las disposiciones legales que la regulan, se toma en cuenta la naturaleza del derecho subjetivo hecho valer con la demanda y que constituyen la pretensión y norma aplicable al caso concreto.

Competencia por razón de territorio:Se refiere al lugar físico donde se encuentran los sujetos u objeto de la controversia o donde se produjo el hecho que motiva el juicio. La razón de ser de este tipo de competencia es la circunscripción territorial del juez.

Competencia por razón de cuantía:Se refiere al valor jurídico o económico de la relación u objeto litigioso, también podemos definirlo como El criterio de la cuantificación del asunto o conflicto de intereses para fijar la competencia, abarca de un lado de la cuantía propiamente dicha y de otro procedimiento en que se debe sustanciar el caso en concreto.

Competencia Por Razones De Conexidad Y Continencia

Competencia por Conexión:

Se determina que hay conexión de causa y se produce cuando: existen dos o más causas conexas, esto es, donde uno o dos de los elementos que componen las causas pretensiones – sujeto, objeto y titulo causa petendi – son iguales – identidad o conexión parcial. También podemos decir que si la igualdad no es total

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