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Hermeneutica


Enviado por   •  8 de Junio de 2015  •  3.460 Palabras (14 Páginas)  •  142 Visitas

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Hermenéutica Jurídica

La Hermenéutica, proviene del verbo griego “hermeneutikos” que significa interpretar, declarar, anunciar, esclarecer y, por último, traducir. Significa que alguna cosa es vuelta comprensible o llevada a la comprensión.

Se dice que nació con la mitología griega como un ejercicio informativo y comunicativo de Hermes, el mensajero de los dioses, quien ejerció la tarea de llevar y traer amonestaciones, anuncios o profecías entre los hombres y los dioses, convirtiéndola en una actividad práctica, en contraposición a un sistema filológico, como hoy los entendemos.

El hermeneuta es, por lo tanto, aquel que se dedica a interpretar y desvelar el sentido de los mensajes, haciendo que su comprensión sea posible y todo malentendido evitado, favoreciendo su adecuada función normativa.

El estudio de la Hermenéutica jurídica, es importante ya que todo análisis e interpretación de las leyes precisa de su conocimiento a fin de cumplir con el objetivo final del interprete: “desentrañar el verdadero sentido de la norma jurídica”. La hermenéutica sienta las bases para la interpretación, ya que crea y agrupa los métodos que auxilian al intérprete en su labor.

Por mencionar algunos de los métodos auxiliares más conocidos para la interpretación en materia fiscal tenemos los siguientes:

• Método teleológico. Consiste en analizar los elementos y características particulares de cada ley para entender el sentido lógico de la norma sujeta a interpretación.

• Método exegético y gramatical. Es el método más común que se utiliza en la interpretación de las leyes, es aquel que utiliza el sentido literal y lógico de las palabras.

• Método histórico evolutivo. Es aquel que considera la historia y evolución que las normas jurídicas han experimentado en el trascurso del tiempo para desentrañar el verdadero sentido.

• Método Económico y sistemático. Consiste en considerar las implicaciones económicas de las normas así como interpretar la norma jurídica, considerándola conjuntamente con las demás que forman parte de ordenamiento jurídico.

Para lograr comprender cada uno de estos métodos es importante realizar una investigación detallada, por lo que en próximos artículos les estaré compartiendo información al respecto.

Reforma al Amparo 2011

Recientemente, el Congreso de la Unión aprobó reformas a la Constitución federal relativas al juicio de amparo que resultan de gran importancia para una de las instituciones con mayor arraigo en nuestro país.1 Estas reformas se circunscriben, de acuerdo con la exposición de motivos,2 a un objetivo central, que es llevar a cabo una revisión y una modificación integral al amparo, con la finalidad de eliminar tecnicismos y formalismos que dificultan no sólo el acceso a este medio de control constitucional, sino también su ámbito de protección.

Un objetivo adicional es fortalecer y perfeccionar la estructura del Poder Judicial, consolidando a la Corte como un tribunal constitucional que tenga la posibilidad de abocarse a la resolución de los asuntos de mayor importancia y trascendencia para el Estado mexicano.

Los temas abordados en la iniciativa aprobada por el Congreso de la Unión sobre los que descansan las reformas al amparo pueden resumirse en los siguientes:

Objeto de protección del juicio de amparo

Éste quizá sea el tema de mayor importancia de la reforma, pues se amplió la protección que se puede lograr a través del juicio no sólo a las garantías individuales, sino que ahora también serán objeto de protección los derechos humanos previstos en las convenciones internacionales.

Estimamos que con ello se ampliaría de manera significativa el ámbito de protección del amparo, pues dejará de ser un instrumento a través del cual sólo se podían alegar violaciones a las garantías individuales para permitir la protección de los derechos humanos.

Incluso, en la iniciativa se impone la obligación a los tribunales del Poder Judicial de resolver los amparos tomando en cuenta los criterios emitidos por los órganos internacionales y regionales de derechos humanos de los que México sea parte, con lo que se logra dar mayor cohesión a estas garantías y, además, se aprovecha al máximo la doctrina y la experiencia internacional.

Directamente relacionado con la ampliación del ámbito de protección del juicio de amparo, encontramos la procedencia del juicio no sólo contra autoridades, sino que este concepto se amplía para reconocer la posibilidad de que los particulares violenten derechos sociales cuando tengan a su cargo la prestación de servicios públicos o de interés público, cuando actúen en el ejercicio de funciones públicas.

Esta ampliación del concepto de autoridad representa un adelanto en la protección de los derechos humanos, pues en la actualidad, no obstante que el criterio para determinar quién es autoridad para efectos del amparo ha sido ampliamente analizado tanto por la doctrina como por la propia Corte,3 debido a las propias limitaciones de la normatividad constitucional vigente, no ha podido alcanzar un verdadero desarrollo frente a diversos actos que, si bien formalmente son emitidos por particulares, representan ante al individuo que los sufre un verdadero acto de autoridad.4

Actos de autoridad contra los cuales procede el juicio

En la iniciativa se contempla la posibilidad de que el juicio de amparo no sólo sea promovido por actos de autoridad que violen garantías —como tradicionalmente se concibe al amparo— sino que ahora también se puede promover este medio de control constitucional en contra de las omisiones de la autoridad.

Así, se reforma el artículo 103 constitucional para establecer que “los tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite por normas generales, actos u omisiones de autoridad”.Con esta redacción, el amparo ahora también será procedente en contra de omisiones, situación que responde a la reforma que se planteó en el sentido de ampliar el objeto de protección del juicio, al incluir también a los derechos humanos, pues una gran parte de los actos de autoridad que resultan contrarios a estos últimos son omisiones.

Aquí lo interesante será ver cómo se desarrolla en la práctica el amparo cuando el acto reclamado sea una “omisión”, pues si bien podemos pensar de primera mano que se promoverán en contra de la administración —ya sea en el ámbito federal, estatal o municipal—, conforme a la redacción del texto constitucional nada impediría promover un amparo en contra de cualquier

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