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Historia De La Educacion Tecnica

carpulve7 de Julio de 2012

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Capítulo I

NOMINA DE PAGO

A. Concepto:

Es el instrumento que permite de una manera ordenada, realizar el pago de sueldos o salarios a los trabajadores, así como proporcionar información contable y estadística, tanto para la empresa como para el ente encargado de regular las relaciones laborales.

B. Diseño de Nóminas

De acuerdo a la magnitud de la empresa, se debe diseñar el modelo de la nómina apropiada, el cual cambiará sustancialmente de una compañía a otra, sujeto a las variaciones de asignaciones, deducciones, acumulativos, determinados por la necesidad de la empresa.

C. Tipos de Nóminas

1) Según su Presentación:

a) Nómina Manual: Se elabora por cálculos enteramente manuales, usadas en empresas pequeñas o de mediana capacidad. Existen en el mercado, formularios diseñados.

b) Nómina Computarizada: Se elabora a través de un computador, el cual permite, generalmente por medio de codificaciones, calcular automáticamente, tanto los aportes como los descuentos efectuados en el período a pagar. Para operar este tipo de nómina se debe crear el siguiente tipo de información:

- Formularios de entrada y codificación.

- Reportes del sistema.

- Operación del sistema.

- Archivos del sistema.

- Programas del sistema.

- Diseños de perforación o tabulación.

2) Según la Forma de Pago:

a) Semanal: Para obreros o personal de nomina diaria, cuyo lapso de pago está establecido en ese tiempo.

b) Quincenal: Para empleados cuyo lapso de pago está establecido en ese tiempo.

3) Según el Tipo de Personal:

a) Nómina Ejecutiva o Mayor: Para directivos y alta gerencia. (nómina confidencial).

b) Nómina de Empleados: Para el resto del personal empleado.

c) Nómina de Obreros: Para personal operativo; a su vez puede ser dividida, para efectos de costo, en personal de producción y personal de mantenimiento.

D. Partes de la Nómina

Según lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo las partes que deben considerarse en una nómina son:

Asignaciones: sueldo o salario, bono por asistencia, horas extraordinarias, vacaciones, comisiones, retroactivo, día de descanso, bono nocturno, día compensatorio, días feriados, tiempo de viaje, permiso remunerado, prima por matrimonio, prima por hijos.

Deducciones: seguro social, seguro de paro forzoso, impuesto sobre la renta, sindicato, caja de ahorro, FAOV, seguro de hospitalización, Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (I.N.C.E.S.), comedor, préstamo personal, Otros.

E. Estructura general de la Nómina:

La estructura de la nómina debe contener la siguiente información:

 Identificación de la empresa.

Debe estar muy bien definido el nombre, dirección y capital social de la empresa

 Tipo de nómina.

1. Diaria.

2. Semanal.

3. Quincenal.

4. Mensual.

 Clase de nómina.

1. Ejecutiva, Nómina Mayor.

2. Mandos Medios, Nómina Menor.

3. Empleados.

4. Obreros.

 Periodo que se cancela.

Debe indicarse de manera precisa el período que se cancela.

 Fecha de pago.

Debe indicarse de manera precisa la fecha en que se realiza el pago.

 Datos generales del trabajador.

Debe indicarse de manera precisa: Nombres y Apellidos, cédula de identidad, número de expediente, la fecha de ingreso, cargo, dependencia y salario básico.

F. ¿Cómo elaborar la Nómina?

El proceso de elaboración de la nómina comienza cada vez que se inicia un período de pago, Y este proceso puede variar de una empresa a otra, tomando en consideración el movimiento de la misma.

G. Normas del Control Interno para la Nómina

Las normas de control interno que se citarán a continuación, representan la garantía para la empresa, que los recursos monetarios destinados a la administración de personal, están siendo adecuadamente distribuidos.

1. Deben ser aprobadas por personas autorizadas:

2. Deben ser utilizados relojes marcadores u otros medios que permitan controlar el tiempo de trabajo.

3. En caso de trabajo a destajo, deben ser establecidos controles, de forma que la producción del trabajador pueda ser determinada.

4. Debe existir separación de funciones:

- Entre el personal que controla el tiempo trabajado, elabora la nómina y paga la nómina.

- Entre el personal que contrata o despide y el que elabora la nómina.

6. Las contrataciones o despidos deben ser inmediatamente notificados al departamento de nómina.

7. El tiempo a pagar a cada trabajador debe ser aprobado por el jefe del departamento respectivo.

8. Los cálculos hechos en la nómina deben ser revisados antes de pagar a los trabajadores.

9. El pago de la nómina debe ser aprobado por un funcionario responsable.

10. Cuando la nómina sea pagada con cheque:

- Debe existir una cuenta bancaria que se utilice sólo con ese objetivo.

- La cuenta bancaria de nómina debe ser conciliada mensualmente por una persona diferente de la que prepara la nómina y de la que paga.

- La persona que realiza la conciliación, debe recibir directamente el estado de cuenta bancario.

11. Cuando la nómina se paga en efectivo:

- Debe hacerse un retiro del banco exactamente por el neto a pagar.

- Deben ser tomadas las medidas necesarias para evitar el robo por parte de empleados o extraños.

12. Cada trabajador, al recibir su remuneración debe firmar un recibo en el que aparezcan detallados los diferentes conceptos que han intervenido en el cálculo.

13. El pago de la nómina debe ser periódicamente supervisado por un funcionario independiente del departamento de nómina.

14. Los sueldos no reclamados, deben ser custodiados por una persona diferente a la que elabora la nómina o hecho los pagos, y debe enviar una relación de los mismos al departamento de contabilidad.

15. Los sueldos no reclamados, deben ser depositados en el banco después de un tiempo prudencial, registrado el correspondiente pasivo por ese concepto.

16. El pago posterior de sueldos no reclamados, debe ser aprobado por un funcionario diferente al que prepara la nómina.

17. Los funcionarios que pagan la nómina deben ser rotados periódicamente.

18. La distribución contable de la nómina debe ser revisada por una persona que no pertenezca al departamento de nómina.

H. EL RECIBO DE PAGO

El patrono o patrona otorgará un recibo de pago a los trabajadores y trabajadoras, cada vez que pague las remuneraciones y beneficios indicando el monto del salario y, detalladamente, lo correspondiente a comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, bonificación de fin de año, sobresueldos, bono vacacional, recargos por días feriados, horas extraordinarias, trabajo nocturno y demás conceptos salariales, así como las deducciones correspondientes. El incumplimiento de esta obligación hará presumir, salvo prueba en contrario el salario alegado por el trabajador o

trabajadora sin menoscabo de la sanciones establecidas en esta Ley.

EL SALARIO

A. Que es el Salario.

Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador o trabajadora por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extraordinarias o trabajo nocturno, alimentación y vivienda. Los subsidios o facilidades que el patrono o patrona otorgue al trabajador o trabajadora, con el propósito de que éste o ésta obtengan bienes y servicios que le permitan mejorar su calidad de vida y la de su familia tienen carácter salarial.

A los fines de esta Ley se entiende por salario normal, la remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestaciones sociales y las que esta Ley considere que no tienen carácter salarial. Para la estimación del salario normal ninguno de los conceptos que lo conforman producirá efectos sobre sí mismo..

B. Tipos de Salario.

 Salario Mínimo: es el fijado por el Ejecutivo nacional. El cual sirve como referencia para la cancelación del beneficio de la Ley de Alimentación, Guarderías.

 Salario Básico: Es el fijado por la empresa en el momento del ingreso del personal, el cual no necesariamente va a ser igual al salario básico, sino que viene dado por el cargo, la preparación del trabajador o los montos del mercado. Este salario nos va a servir de base para todos los cálculos salariales del trabajador.

 Salario Normal: Es el devengado por el trabajador de forma regular y permanente. Se utiliza para el pago de Vacaciones y Bono Vacacional.

 Salario integral: Es todo lo devengado por el trabajador como remuneración por el trabajo realizado, junto con las cuotas partes (alícuotas) de bono vacacional y utilidades. Se utiliza para el cálculo de la antigüedad del trabajador.

C. Forma de Pago del Salario.

Todo trabajador tiene derecho al pago de un

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