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Importancia del mar

capeletiApuntes24 de Junio de 2018

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 UNIVERSIDAD TECNICA DE         COMERCIALIZACION Y DESARROLLO-EDUCACION A DISTANCIA

                                                     

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DOCENTE: ABOG. HUGO SANABRIA DEPPS

ESTUDIANTE: GABRIELA ANAHI RIVEROS DELVALLE

FECHA: 17-06-2018

TEMA: IMPORTANCIA DEL MAR

CONTENIDO: Investigar y Desarrollar sobre los siguientes temas:

  • Evolución del concepto del Mar Territorial y Plataforma Continental
  • Factores de la Evolución. Dificultad de Codificación. Doctrinas.
  • Problemas del Mar Territorial. Situación Actual.
  • Derecho del Mar Territorial. Actos Unilaterales. Posición de la Mayoría de los Países del área.
  • Las doscientas millas. Relación geográfica y económica. Factores de Seguridad.
  • Criterios de las Legislaciones nacionales latinoamericanas.
  • Objeciones de la tesis de las doscientas millas.
  • Significado de la Libertad de Navegación.
  • El paso inocente y los intereses estratégicos.
  • Régimen de pesca en Alta Mar.
  • Convención de Ginebra de 1958.
  • Posibilidades del Paraguay el Alta Mar de acuerdo al Nuevo Derecho del Mar.
  • 10 hojas tamaño oficio
  • Caratula, introducción y conclusión.
  • Tipo de letra TIMES NEW ROMAN-TAMAÑO 12
  • Fecha de Entrega 17/06/2018

INTRODUCCION

La presente investigación sobre la importancia del mar trata de expandir nuestros conocimientos conceptuales básicos, la evolución jurídica referente a la misma como así también  el estado actual de ellas. El transporte marítimo es uno de los medios comerciales más antiguos y unos de los más importantes en la actualidad, también fue utilizado como estrategia bélica, en consecuencia de esos acontecimientos fue evolucionando la normativa jurídica del transporte marítimo, territorio marítimo y la preservación de la vida marina.

Evolución del Concepto de Mar Territorial, Mar Patrimonial y Plataforma Continental.

En la época de los grandes imperios este concepto no se conocía, porque el dominio de los mares por parte del emperador era indiscutido en Roma, el mar Mediterráneo recibió el nombre de MARE NOSTRUM (Mar nuestro). En la Edad Media con la aparición de las grandes ciudades independientes se empieza a determinar la soberanía de cada ciudad sobre su mar, para así poder luchar contra la piratería, prevenir las pestes, cobrar impuestos etc. En los siglos XV y XVI se realizan los grandes descubrimientos geográficos y la edición del mar a reglamentar por razones de seguridad. En la convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar se estableció que en el mar territorial se ejerce la jurisdicción y soberanía del estado.

Mar territorial es el concepto que se emplea para designar a aquella parte del océano, ubicada adyacente a la costa y que se extiende por 12 millas marinas, que es lo mismo a decir 22,2 kilómetros cuadrados y sobre la cual un estado ejerce absoluta soberanía, así como sucede respecto de las aguas que se hallan en el interior de su territorio. Parte de un océano que está situado a 22 km. de la costa correspondiente a una nación y por tanto integra su territorio. Debemos decir que esos más de 22 km. se cuentan a partir de las líneas de base desde las cuales se toma la medida de su ancho. Las mencionadas líneas de base son las que permiten delimitar el mar territorial, en tanto, pueden ser normales, rectas o archipelágicas. Alcances de la soberanía sobre el mar territorial. Por caso, es que la nación en cuestión tendrá todo el derecho del mundo a ejercer su autoridad en ese espacio acuático, es decir, podrá amparar o prohibir la realización de determinadas acciones, especialmente suspender aquellas que lo perjudiquen. Cabe destacar, que la principal razón y argumento a la hora de reconocer la soberanía del estado en cuestión sobre el mar lindante radica en que ese control es indispensable para garantizar su seguridad y la defensa de sus intereses. De todas maneras, existen algunas limitaciones a ese poder estatal sobre el mar territorial y tiene que ver con el permiso que se le otorga a los barcos de otros estados, en tanto y en cuanto, el mismo, no implique ningún tipo de afrenta que atente contra la seguridad de la nación.

Mar patrimonial es una franja marítima que se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta una distancia de 200 Millas náuticas (370,4 km) contadas a partir de la línea de base desde la que se mide la anchura de éste. Teniendo en cuenta los parámetros científicos más fidedignos de que disponga, cada Estado asegurará, mediante medidas adecuadas de conservación y administración, que la preservación de los recursos vivos de su zona económica exclusiva no se vea amenazada por un exceso de explotación. Cuando el Estado ribereño no tenga capacidad para explotar toda la captura permisible, podrá dar acceso a otros Estados al excedente de la captura permisible, mediante acuerdos u otros arreglos. También conocido como Zona Económica Exclusiva (ZEE) Es el Derecho del Estado ribereño para la exploración y exportación de los recursos naturales, con limitación por el "libre derecho a la navegación", "tendido de cables y tuberías submarinas" (con consentimiento del país ribereño). Se extiende a 200 millas a partir de las líneas de base y hacia el Alta Mar. Se ejerce el control fiscal por el Estado ribereño.

La plataforma continental es la superficie de un fondo submarino próximo a la costa y con profundidades inferiores a 200 metros. Su amplitud desde la costa es variable, desde escasos metros hasta cientos de kilómetros. Es la continuación submarina de los continentes, es decir, su basamento geológico está constituido por corteza continental. En ella abunda la vida animal y vegetal por lo que es de gran importancia económica. El Convenio de Ginebra de 1958 sobre plataforma continental, en su artículo 1, entendía por plataforma continental:

La plataforma continental circunda a los continentes hasta una profundidad media de 200 m, lo cual, dada su escasa pendiente, representa una anchura de cerca de 90 km en promedio. Su límite exterior se caracteriza precisamente por un cambio brusco de esta pendiente: el fondo se inclina en forma de talud continental, en cuya base se halla el fondo del océano. Este concepto, a efectos de derecho internacional, fue modificado por la Convención sobre el Derecho del Mar de 1982, que estableció:

La plataforma continental de un Estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, en los casos en que el borde exterior del margen continental no llegue a esa distancia. El margen continental comprende la prolongación sumergida de la masa continental del Estado ribereño y está constituido por el lecho y el subsuelo de la plataforma, el talud y la emersión continental. No comprende el fondo oceánico profundo con sus crestas oceánicas ni su subsuelo. Los puntos fijos que constituyen la línea del límite exterior de la plataforma continental en el lecho del mar, deben estar situados a una distancia que no exceda de 350 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial o de 100 millas marinas contadas desde la isobata de 2500 metros, que es una línea que une profundidades de 2500 metros. El agua que la cubre suele contener vida marina en abundancia y la mayor parte de la pesca se realiza en esta zona. Aquí se encuentra la cuarta parte de la producción mundial de petróleo y gas procedente de las rocas que se encuentran debajo de estas plataformas.

Factores de la evolución. Dificultad de codificación. Doctrinas.

Fueron factores de evolución:

a)  la demanda de alimentos,

b)  infraestructura,

c) Combustible, y otros recursos.

Existe dificultad en relación al derecho sobre el mar para su codificación. El Prof. José León Suarez sostuvo la tesis de que el estado adyacente a la plataforma continental debía ejercer en las aguas de ésta, la vigilancia y explotación exclusiva de pescar y la caza marina.

Problemas del Mar Territorial. Situación Actual

La delimitación de los espacios marítimos que se deriva del Derecho del Mar clásico y muy especialmente a partir de la denominada revolución jurídica que dio lugar a la Convención de 1982,  particularmente los factores de la nueva articulación de los espacios marítimos en torno al mar territorial de las 12 millas, la Zona Económica Exclusiva y la Plataforma Continental, la Alta Mar y Zona internacional de los fondos marinos y oceánicos, para finalmente estudiar la problemática de la delimitación en los Estados archipiélagos.

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