Infraccion Fiscal
Justme8910 de Marzo de 2013
4.758 Palabras (20 Páginas)818 Visitas
INDICE
Concepto de infraccion fiscal
Clasificacion de infracciones fiscales
Clasificacion doctrinal
Por la manifestación de la voluntad las infracciones pueden ser
Por el momento de su cometimiento pueden ser
Por las disposiciones violadas pueden ser
Por sus consecuencias pueden ser
Clasificacion legal
Infracciones por caso fortuito o fuerza mayor
Infracciones que originan la omisión total o parcial de contribuciones
Infracciones por errores aritméticos
Infracciones relacionadas con el registro federal de contribuyentes
Infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones, así como de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedir constancias.
Infracciones relacionadas con la obligacion de llevar contabilidad, siemore que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobacion
Infracciones relacionadas con las obligaciones de instituciones de credito.
Infraciones relaciuonadas con los usuarios de los servicios y cuentahabientes de credito
Infracciones relacionadas con las obligaciones de las empresas de factoraje
Infracciones relaciuonadas con el ejercicio de las facultades de comprobacion
Infracciones relacionadas con la obligacion de adherir marbetes, a los envases que contengan bebidas alcoholicas
Infracciones relacionadas con la obligacion de garantizar el interes fiscal
Infracciones en que puedan incurrir los funcionarios o empleados publicos n el ejercicio de sus funciones
Infracciones cuya responsabilidad recae sobre terceros
Sanciones fiscales
Concepto de sancion
Clasificacion de las sanciones
Por la autoridad que la impone
Por su naturaleza
Conclusiones
Bibliografia
Kgf4550 o-78, kgf4589 c37, kgf4589r63
INTRODUCCIÓN
En derecho toda obligación impuesta por ley, debe tener aparejada una sanción en caso de incumplimiento que estimule el cumplimiento de la misma. En derecho fiscal hay obligaciones de dar, hacer o no hacer y esta provisto de los medios adecuados para exigir al contribuyente el debido y oportuno cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Si el contribuyente no cumple con alguna obligación tendrá una sanción o pena, haciendo esto que el cumplimiento de la obligación sea de carácter obligatorio para el particular.
El régimen sancionador que existe en mexico en materia tributaria, esta vinculada a los principios generales y particulares del derecho penal. Estos principios son para la doctrina científica los llamados principios tributarios constitucionales, así como los denominados principios constitucionales tributarios.
Este régimen sancionador para exigir las prestaciones patrimoniales coactivas denominadas tributos,tiene como fin vincular la rama penal con la rama tributaria, imponiendo sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales, que fueron vulneradas por el sujeto pasivo de la relación jurídico tributari, es decir, la ciencia penal es aplica a la rama tributaria, ya sea cromo alisando las infracciones o regulando acciones de disuasión o inhibición.
La función primordial que el fisco federal tiene por objeto es la de recaudar el tributo por la autodeterminación que debe llevar a cabo el contribuyente, sin embargo, cuando por el ejercicio de sus facultades de comprobación, la autoridad tiene que investigar, revisar y liquidar las contribuciones, tal situación conlleva un gasto adicional de la administración tributaria para lograr que el contribuyente cumpla con sus obligaciones tributarias tan formales como de fondo.
En el ramo de las liquidaciones, el fisco federal quien a través de sus facultades de comprobación, verifica el cumplimiento de las disposiciones fiscales, y es precisamente mediante una resolución definitiva que se materializa la omisión de contribuciones y sus accesorios.
Como requisito esencial de las resoluciones definitivas, es de todos sabido que deben contener de manera fundada y motivada, la descripción detallada del monto histórico de la contribución omitida, los indices y factores de actualización, las tasas de recargos y el porcentaje de la sanción por concepto de multas.
Se conoce también que la multa es un concepto cuya genealogía depende de la ciencia penal mas que de la rama tributaria, por ende, esta sujeta a los principios técnicos de la estructuración del tipo, de claridad y, en general, de todos los principios que exigen una adecuación exacta de la conducta al tipo normativo.
Concepto de infracción fiscal
Por infracción se entiende todo acto u omisión que trae como consecuencia dejar de hacer lo que las disposiciones fiscales ordenan o efectuar lo que las mismas prohiben.
Dentro de la infracción encontramos al infractor responsable este es la persona que realiza los supuestos en la comisión de las infracciones, así como los que omitan el cumplimiento de obligaciones previstas por las disposiciones fiscales, incluyendo a aquellas que los hagan fuera de los plazos establecidos.
Las consecuencias de los infractores son las siguientes:
1) pago de las contribuciones emitidas
2) a pagar el importe de la actualización correspondiente a las contribuciones omitidas
3) a cubrir los recargos que procedan por el tiempo transcurrido entre la omisión y el pago, sin que rebasen los causados en diez años
4) a liquidar las multas equivalentes hasta un 210 por ciento de lo omitido
5) al pago de honorarios por notificación del requerimiento de la contribución no pagada
6) al reembolso de los gastos de ejecución
7) a la pena corporal que corresponda, si la conducta también constituye un delito fiscal, y se ejercita la acción penal correspondiente.
Clasificación de las infracciones fiscales
Para hablar sobre la clasificación de las infracciones fiscales voy a tomar en cuenta la clasificación doctrinal y la legal.
2.1 Clasificación doctrinal
2.1.1Por la manifestación de la voluntad las infracciones pueden ser:
1) infracción de omisión: son aquellas que originan la violación de la norma fiscal, por dejar de hacer lo que ordena o hacer lo que prohibe, sin el animo de evadir contribuciones, denominadas también contravenciones.
2) infracciones de comisión: son aquellas que se cometen con pleno conocimiento, o deliberado propósito de evadir el cumplimiento de las prestaciones fiscales, se les causa perjuicio al fisco.
2.1.2 Por el momento de su cometimiento pueden ser:
1) infracciones instantáneas: aquellas que se realizan o se agotan en el momento que se cometen. Ej. No presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta cuando se tenga obligación d hacerlo.
2) infracciones continuas: son las que no se agotan en el momento que se cometen, sino que persisten,hasta que el contribuyente deja de ejecutar los actos violatorios de las disposiciones fiscales, osea que se realizan dia tras dia, hasta que el infractor cesa en sus actos.
3) infracciones continuadas: su cometimiento es de forma escalonada, o sea, se comete la infraccn, se deja de hacerlo, para cometerla posteriormente. Ej. Declarar en un ejercicio fiscal ingresos menores a los realmente percibidos, en otro ejercicio declarar su ingresos correctamente, para volver a declarar posteriormente en otro ejercicio, ingresos menores a los percibidos y así sucesivamente.
2.1.3 Por las disposiciones violadas pueden ser:
1) infracciones simples: aquellas con un solo acto u omisión en particular, se viola una disposición fiscal. Ej. No efectuar el pago provisional del impuesto al valor agregado.
2) infracciones complejas: aquellas que con un acto u omisión se infringen diversas disposiciones fiscales, y a cada infracción le corresponde una sanción.
2.1.4 Por sus consecuencias pueden ser:
1) infracciones leves: aquellas que no traen como consecuencia la evasión de créditos fiscales
2) infracciones graves: son las que traen como consecuencia la evasión de créditos fiscales
Por la naturaleza de disposiciones violadas pueden ser:
1) infracciones administrativas fiscales: son las que califica y sanciona la autoridad hacendaría o fiscal, por la violación de disposiciones de carácter fiscal.
2) infracciones administrativas no fiscales: son las que califica y sanciona cualquier autoridad administrativa que no se hacendaría o fiscal, por la violación de disposiciones administrativas no fiscales. Ej. Las impuestas por la secretaria de comercio y fomento industrial, por la violación de precios oficiales.
3) infracciones judiciales: son las que califica y sanciona la autoridad judicial.
2.2 Clasificación legal de las infracciones
2.2.1 Infracciones por caso fortuito o fuerza mayor
Son las que se cometen, con motivo de acontecimientos que están fuera del dominio de la voluntad del contribuyente, pues no pueden preverse o evitar, e impiden que el contribuyente no puecontemplar con la obligación impuesta por ley, originando con ello perjuicios al fisco.
...