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Internacional Publido

ruliyo_modafacke20 de Abril de 2014

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GUIA DE DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

1ER PARCIAL

1.- Definición de Derecho Internacional Público.

Es el conjunto normativo destinado a reglamentar las relaciones entre sujetos internacionales.

2.- Mencione las Fuentes del Derecho Internacional. Se dividen en Fundamentales y Subsidiarias.

A) Fundamentales. Son los tratados y la Costumbre Internacional.

B) Subsidiarias. Principios Generales del Derecho, Jurisprudencia y Doctrina.

3.- Explica brevemente las Fuentes Fundamentales del Derecho Internacional.

I. Tratados: Es todo acuerdo concluido entre 2 o más sujetos de Derecho Internacional con la intención de regular una o varias materias como: Economía, política, cultura, etc., con el cual se contraen derechos y obligaciones. Es la fuente más importante del Derecho Internacional Público, ya que en ellos obra el consentimiento expreso de los estados que intervienen en su carácter de Altas Partes contratantes.

II. Costumbre Internacional: Se considera como prueba de una practica generalmente aceptada como siendo de Derecho.

Elementos.

1. Inveterata Consuetudo, es una práctica (Precedente) de los Estados, la actuación en un determinado sentido; mas no es suficiente que los Estados en una ocasión hayan observado una determinada conducta, se requiere también que esta conducta tenga cierta estabilidad, que se manifiesta por la repetición de los actos tanto en el campo internacional como nacional.

2. Opinio Juris Sive Necessitatis. No es suficiente que los Estados actúen en un determinado sentido para afirmar la existencia de la costumbre; es necesario también que, al actuar asi, tengan conciencia de que lo hacen con arreglo a una norma de derecho.

(Procedente + Opinio Juris Sue Necessitatis = Costumbre Internacional)

Caracteristicas.

Generalidad. La actuación de algunos Estados no es suficiente para crear una costumbre; es necesario que la mayoría de ellos participe en su formación, de manera expresa o tácitamente al aceptarla sin adoptar una disposición contraria.

Flexibilidad. Se refiere a que por no ser una fuente escrita, carece de rigidez y puede evolucionar con la realidad, adaptándose a las nuevas situaciones.

*Naturaleza Juridica:

Posicion de Savigny.- Para el, el fundamento de la costumbre hay que encontrarlo en una conciencia jurídica colectiva, en una conciencia universal sobre lo que debe ser el derecho, eliminando asi el elemento voluntarista en la formación de la costumbre.

Según Triepel: Fundaba en el derecho internacional la acción concertada de los Estados para el la costumbre era una especie de acuerdo tacito entre los Estados.

Teorias Sociologicas Modernas: La costumbre surge de la vida en sociedad, es un hecho social y se impone a los Estados, sin que estos puedan hacer otra cosa que comprobar su existencia.

4.- Explica brevemente las Fuentes Subsidiarias del Derecho Internacional.

I.- Principios Generales del Derecho: Máximas ideológicas, aceptadas en el derecho interno de cada Estado, y que son susceptibles de aplicación internacional.

El artículo 38, frac I c) Establece que la Corte deberá aplicar los principios generales del Derecho, reconocidos por las naciones civilizadas, y que estos principios son distintos a la costumbre, y es difícil determinar su contenido exacto, ya que no pueden considerarse que sean principios de derecho natural, porque establecen “que sean reconocidos por las naciones civilizadas.”

Principios de Derecho Internacional: Son aquellos que son propios del Derecho Internacional y que se manifiestan porque son invocados por los Estados o el juez internacional, sin mencionar expresamente su fuente.

Verdross distingue ambos principios: Los principios del derecho de gentes, son reglas aceptadas directamente en la práctica internacional como siendo de Derecho, mientras que los principios generales del Derecho han sido primero reconocidos por los Estados en su Derecho interno.

II. Jurisprudencia: Las decisiones judiciales, más que fuente autónoma de D Internacional, deben considerarse como medio auxiliar para la determinación de las reglas de D.

II. Doctrina: Tampoco es fuente de Derecho Internacional en sentido propio, sino un medio auxiliar al igual que la jurisprudencia.

5.- Explique brevemente las resoluciones de órganos Internacionales.

La voluntad conjunta de los Estados puede establecer la subordinación de la voluntad individual de cada estado a la voluntad colectiva entregada a un órgano del Organismo Internacional. Para que esto sea posible se requiere de la aceptación de ese Estado del Documento constitutivo dicho Organismo Internacional.

6.- Explique la Equidad (Ex aequo et bono) como fuente del Derecho Internacional Público.

La palabra equidad proviene del griego “Equitas”, procediendo de “Equus-a-um” que significa llano, igual, expresando así la idea de rectitud y justicia. La equidad en el campo internacional solo tiene lugar cuando las partes así lo convinieran, en este último párrafo del art.38, la corte afirma que la aplicación de la equidad es a discreción de las partes en el Derecho Internacional.

7.- Explique brevemente las Clases de Equidad.

I. Infra Legem. Sirve para completar el D, cuando una situación particular no puede resolverse con ayuda de las NJ, llenando así las lagunas del D.

II. Extra Legem. Se aplica cuando, por las circunstancias particulares del caso, que el derecho estricto no puede tomar en consideración, se produjera cierta injusticia.

III. Contra Legem. La equidad puede servir como medio derogatorio del D. En la realidad solo es posible cuando las partes así lo acuerden.

8.- Que es un tratado?

Es todo acuerdo concluido entre dos o más sujetos del Derecho Internacional, refiriéndose a los sujetos y que produce efectos jurídicos con el fin de incluir a las organizaciones internacionales.

9.- Mencione y explique la clasificación de los tratados.

A) En cuanto al fondo.

1. Tratados-Contratos: De finalidad limitada a crear una obligación jurídica que extingue con el cumplimiento del tratado. Ej. Si los estados celebran un tratado para fijar su frontera común, una vez que este objetivo se haya logrado se agota el contenido del tratado.

2. Tratados-Leyes: Destinados a crear una reglamentación jurídica permanentemente obligatoria. Ej. Convención de Viena de Abril de 1961, sobre privilegios e inmunidades de los agentes diplomáticos.

B) En cuanto al número de participantes.

1. Tratados Bilaterales o Bipartitos: Cuando solo son 2 partes las que intervienen.

2. Tratados Multilaterales o Multipartitos: Cuando participan más de 2 Estados.

10.- Mencione y explique los principios del Derecho de los Tratados.

I. Principio Pacta Sunt Servanda.

De origen consuetudinario, recogido por la Convención de Viena de 1969 en su Art. 26, afirma la obligatoriedad de los tratados respecto a las partes, añadiendo, la necesidad de su cumplimiento de acuerdo con la buena fe. Ya que la seguridad de las relaciones internacionales estaría comprometida si se dejase a la voluntad de las partes el cumplimiento o incumplimiento de los pactos.

II. Principio Res Inter Alios Acta.

Este principio se refiere a que los tratados solo crean obligaciones entre las partes que lo forman, ya que la obligación nace con la voluntad expresada. Excepción. En ocasiones se puede aplicar el tratado aun cuando las partes no formen parte de él, en el caso de que el interés de la población mundial sea mayor que el interés propio del estado. Ej. Asunto de desmilitarización de las Islas Aland.

III. Principio Ex Consensu Advenit Vinculum.

El consentimiento es la base de la obligación jurídica, es resultado de la estructura de la sociedad internacional, principalmente formado por Estados, formalmente considerados iguales. Al no haber un ente jurídico superior a ellos y capaz de imponerles una determinada conducta, se supone que deben dar su consentimiento para que nazcan las obligaciones jurídicas de carácter contractual.

IV. Principio de respeto a las normas del Jus Cogens (Derecho forzoso, derecho cogente).

Este principio indica que un tratado sería nulo cuando fuera contrario a una norma imperativa del derecho internacional; una de ese tipo es la prohibición de agresión.

11.- En qué consiste la Unión Personal, Real y la Sucesión de Estados.

La sucesión de estados consiste en la posibilidad de que los Estados llegaren a unirse. Ej. Anexión de Texas a E.U.A.

12.- Explique la Unión Personal de los Estados.

Surge cuando el juego de las leyes de sucesión lleva al mismo tiempo monarca a ocupar el trono de 2 países. Los Estados conservan su personalidad independientemente, sin que pueda hablarse de la unión como sujeto propio del derecho internacional. De tal manera que cuando el monarca actúa lo hace en nombre de uno o de otro de los Estados únicamente. Características: 1. Tiene el mismo jefe de Estado. 2. Ser de carácter occidental. 3. Ser temporal.

13.- Explique en qué consiste la Unión Real: Es la unión de 2 Estados soberanos que se unen bajo el mismo monarca, para dar lugar al nacimiento de una sola persona internacional. Se caracteriza por el abandono que hacen los Estado soberanos que la forman, de una parte de sus prerrogativas a la unión, que se encarga de la gestión de los asuntos comunes, permaneciendo las otras dentro del dominio de los estados miembros,

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