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Introduccion Al Derecho 1


Enviado por   •  5 de Marzo de 2014  •  4.331 Palabras (18 Páginas)  •  5.545 Visitas

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Tema

Leonel Mayorga

INTRODUCCION

El presente trabajo, es un resumen Basado en el libro INTRODUCCION AL DERECHO 1, del autor Leonel Armando López Mayorga.

El fin del presente, es darnos a conocer la realidad jurídica que es tan diferente en cada Estado, explicando así la ayuda que los libros de texto nos dan es información para desarrollar capacidades interpretativas y que nos lleva a críticas y consientes.

OBJETIVO GENERAL

Introducirnos a la preparación de Derecho, por medio de la información que contiene el libro de texto del autor Leonel Armando López Mayorga.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Objetivo 1

Definir los elementos fundamentales de las concepciones sobre el origen y la esencia del Estado y del Derecho

Entender de manera intelectual y jurídica las relaciones que tienen el hombre, sociedad, estado y derecho entre sí.

Objetivo 2

Obtener y razonar como el conocimiento del conjunto de leyes, a que está sometida toda sociedad civil.

Objetivo 3

Analizar las fuentes históricas de derecho, referentes a las costumbres en generalidades y clasificación de orígenes racionales.

CONTENIDO

1. Hombre, sociedad, estado y derecho.

2. Origen del derecho.

3. Derecho consuetudinario.

4. Las fuentes del derecho.

CONCLUSION

La lectura llevada en libro de texto del autor López Mayorga, donde él nos da a conocer como atreves de diversidad de personajes de diferentes lugares del mundo, como las leyes nacionales, leyes extranjeras, convenios internacionales, códigos civiles, son basadas fundamental desde hace muchos años.

RECOMENDACIÓN

El escaso tiempo que se dedica a los estudios, no es eficiente para un desarrollo intelectual y académico. Por eso el docente no es más que el facilitador para que se construya por sí mismo nuestro conocimiento. Podemos agregar aparte de la enseñanza de catedráticos, información más actualizada con la facilidad de internet con su infinita gama de facilidades.

La lectura de este libro es la evidencia de la acción de la filosofía que defiera de la pura especulación de relaciones jurídicas.

BIBLIOGRAFIA

Introducción al Derecho 1

Décima edición

Autor: Leonel Armando López Mayorga

Págs. 11 a la 118.

Hombre, sociedad, estado y derecho

Capítulo 1

El hombre

Biológico, filosófico, axiológico, social jurídico, con forma de vida natural; como ser pensante y racional, con principios y valores sujeto a derechos y obligaciones

El hombre como ser biológico

Procesos de hominización. Actualmente pertenece a la especie Homo sapiens, como el chimpancé, el origen del hombre estuvo durante mucho tiempo envuelto en el misterio, no todos los científicos han logrado ponerse de acuerdo.

Entendemos por hominización El conjunto de fenómenos evolutivos que condujeron a la aparición el hombre consistente en un proceso de cerebralización, de liberación de las manos, adquisición de la postura erecta, regresión de la cola y adquisición de caracteres sociales, teorética y práctica.

El hombre como ser fisiológico

Se interroga, se admira y se pregunta qué es la vida. Procura encontrar una respuesta, en ese momento está siendo filosofía, la filosofía es la actividad más natural del hombre

El hombre un ser axiológico

Valores humanos que impulsan a los individuos a respetarse a sí mismos y por lo tanto a los otros seres con los que se relaciona.

El hombre un ser social

• Aristóteles (el Estado esta naturalmente sobre la familia y sobre cada individuo).

• Thomas Hobbes (la lucha de todos contra todos).

• Jean - Jacques Rousseau (consideraba que el ser humano era bondadoso).

• Sain-Simon (El hombre se diferencia del reino animal)

• Karl Marx (l hombre como ser social, para el hombre ser es hacer)

En suma, el hombre, es el único ser viviente, que voluntariamente incide en el cambio de sí mismo, de sus congéneres y transforma la naturaleza, la sociedad y el pensamiento.

El pensamiento de Luis Recaséns Siches

El hombre es un ser histórico que transforma la naturaleza. El hombre siempre es heredero: el de hoy, generación anterior y el hombre de mañana.

El hombre una visión jurídica: en la antigüedad no todo hombre era persona. La palabra persona significaba desempeñar en el drama alguno de los papeles de este. Es decir aquí: posición, función, cualidad. Posteriormente las personas fueron clasificadas en individuales. Peo la moderna doctrina ha reconocido que tan jurídica es la personalidad individual como la colectiva.

El artículo 1º de la Constitución Política de la Republica establece “El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común”.

La Sociedad

Es un hecho necesario natural, Darwin aplica al hombre la sociabilidad, es una de las condiciones de su vida. Recaséns “la sociedad es la condición que hace posible el progreso, pero el agente el autor, el productor del progreso es siempre el individuo”.

En todos los hombres hay, pues por naturaleza una tendencia a formar asociaciones.

El Estado

 Aristóteles, por su parte, es más enfático y declara que el Estado existe por naturaleza, y por tanto, es anterior al hombre.

 Kant define al Estado, como la reunión de una multitud de hombres, que viven bajo leyes jurídicas.

 Duguit se refiere al Estado como una agrupación humana, fijada sobre un territorio determinado, donde los más fuertes imponen su voluntad a los más débiles.

El estado se encuentra caracterizado porque contiene un elemento fundamental que es el poder ejercido atreves de los órganos armados; la esencia del estado es: el aparato de la dictadura de una u otra clase dominante.

Es inconcebible un estado sin (ejército, policía civil).

El Estado de la Constitución Política

La Constitución Política establece en el artículo 140 “Guatemala es un Estado libre, independiente y soberano, organizado para garantizar a sus habitantes el goce de sus derecho y de sus libertades. Su sistema de Gobierno es republicano, democrático y representativo”.

El Estado se encuentra obligado a orientar la economía nacional. En este mismo orden, nuestra carta magna en el artículo 119 estatuye que son obligaciones del estado.

a) Promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando la iniciativa en actividades agrícolas, pecuarias, industriales, turísticas y de otra naturaleza;

b) Promover en forma sistemática la descentralización económica administrativa, para lograr un adecuado desarrollo regional del país;

c) Adoptar las medidas que sean necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente;

d) Velar por la elevación del nivel de vida de todos los habitantes del país, procurando el bienestar de la familia;

e) Fomentar y proteger la creación y funcionamiento de cooperativas proporcionándoles la ayuda técnica y financiera necesaria;

f) Otorgar incentivos de conformidad con la ley, a las empresas industriales que se establezcan en el interior de la Republica y contribuyan a la descentralización;

g) Fomentar con prioridad la construcción de viviendas populares mediante sistemas de financiamiento adecuado a efecto de que el mayor número de familias guatemaltecas las disfruten en propiedad. Cuando se trate de viviendas emergentes o en cooperativa, el sistema de tendencia podría ser diferente;

h) Impedir el funcionamiento de prácticas excesivas que conduzcan a la concentración de bienes y medios de producción en detrimento de la colectividad;

i) La defensa de consumidores usuarios en cuanto s a la preservación de la calidad de los productos de consumo interno y de exportación para garantizarles sus salud, seguridad y legítimos intereses económicos;

j) Impulsar activamente programas de desarrollo rural que tiendan a incrementar y diversificar la producción nacional con base en el principio de la propiedad privada y de la protección al patrimonio familiar. Debe darse al campesino y al artesano ayuda técnica y económica;

k) Proteger la formación de capital al ahorro y la inversión;

l) Promover el desarrollo ordenado y eficiente del comercio interior y exterior del país, fomentando mercados para los productos nacionales;

m) Mantener dentro de la política económica una relación congruente entre el gasto público y la producción nacional y;

n) Crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros.

Elementos que contribuyen el Estado

-Población. (Elemento personal)

-Territorio. (Elemento material)

-Poder. (Elemento político)

Población

Conjunto y totalidad de seres humanos que conviven sin importar sus diferencias jurídicas o sociales. Cuando nos referimos a pueblo estamos hablando de población. Asimismo en la Constitución al referirse a la persona humana como sujeto de protección y elemento personal del estado en el articulo1o, artículo 2do, artículo 3ro.

Territorio

Considerado como el ámbito espacial dentro del cual el Estado ejerce su soberanía. El territorio aunque parezca insólito tiene dos funciones: la negativa (la llamada frontera), la positiva (bienestar social del que vive dentro del Estado). Del vecchio al referirse al territorio dice: por territorio se entiende una superficie de tierra habitable. Con respecto a la división política del territorio la constitución establece: el artículo 224- división administrativa.

Poder

Es el conjunto de instituciones que garantizan que los ciudadanos se sometan a un Estado determinado. El poder según Weber es el dominio sobre otro, unos mandan otros obedecen. El Estado no puede subsistir ni alcanzar sus fines sin la existencia en el mismo un poder, es decir, una autoridad. La constitución política estipula en su artículo 152 al respecto del poder público. “El poder viene del pueblo.

Soberanía

En términos generales puede definirse soberanía como la potestad suprema que tiene el Estado para realizar sus fines y, por ende, para regir la comunidad.

Características de la Soberanía

Única (no puede ser tal sino mantiene su unidad)

Inalienable (no es objeto de negociación)

Indivisible (No puede aumentarse ni disminuirse, la soberanía no admite división)

Imprescindible (debe entenderse aquellos derechos o acciones que no se extinguen por el transcurso del tiempo sin ejercerlos)

Indelegable (reside en el pueblo; en la nación entera y no en persona u organismo individualmente considerados)

Soberanía en el contexto constitucional

El Estado es soberano mientras no se encuentre subordinado a las órdenes de otro Estrado y con independencia de cualquier otro poder. Art5iculo 153 de nuestra carta magna “El imperio de la ley se extiende a todas las personas que se encuentren en el territorio de la Republica”

Derecho

Es un conjunto de normas jurídicas, impero atributivas, impuestas por el Estado, regulan la conducta externa del hombre en sociedad y que de no cumplirse voluntariamente con sus mandatos, puede hacerse efectivo su cumplimiento por la fuerza.

Estado y Derecho

El Derecho se encuentra subordinado al Estado por lo tanto el Estado es superior al Derecho. Toda definición del Estado es a la vez definición de Derecho. Todo estado, según Kelsen, tiene que ser Estado de Derecho.

ORIGEN DEL DERECHO

Capítulo 2

CONCEPCION IDEALISTA

Derecho natural

Como opuesto al derecho positivo pero, pero existe una fuerte corriente que propugna no constituye un derecho como tal. Derecho ideal.

Villatoro Toranzo “conjunto de principio fundamentales de carácter moral que sirve de principio a las instituciones de todo Derecho positivo. Máximo Pacheco consideramos que el

a) Derecho Natural tiene por fundamento inmediato la naturaleza del hombre.

b) Cognoscibilidad. Por muy compleja que sea la vida humana, el derecho Natural siempre será aplicable igualmente a todos los hombres.

c) Inmutabilidad Debe ser entendida en el sentido de que algo que ha pertenecido al Derecho Natural no puede dejar de serlo.

Derecho Natural Antiguo

Wesler y Truyo se refieren como un derecho natural cosmológico, los primeros pueblos consideraron sus leyes políticas como inspiradas y protegidas por los dioses nacionales.

Los griegos

Los griegos (los verdaderos iniciadores) Heráclito, Los Sofistas (no admiten que exista una justicia absoluta), Sófocles (derecho que debería sujetarse a una justicia que viene de más arriba). Sócrates (conócete a ti mismo), Platón (convicción ya que pertenece al mundo sensible), Aristóteles (la abstracción permite al entendimiento humano descubrir en la realidad sensible, la realidad inteligible).

Los romanos

Roma no tuvo una filosofía original; pero así como en el oriente el objeto supremo de la actividad espiritual fue la religión y en Grecia la filosofía.

En Roma lo fue el Derecho; y en este, la sabiduría romana fue excelsa. La naturalis ratio es el método para formular principios jurídicos mediante un cálculo basado en la naturaleza de las cosas. Los romanos tenían 2 palabras diferentes para designar el Derecho (jus) y la justicia (justicia).

El Cristianismo

Fue un principio elaborado exclusivamente por la civilización israelita, que la consideraba verdad exclusiva y revelada directamente por dios. Posteriormente Roma alcanzo el cristianismo fue difundiendo.

La religión y el poder político quedaron separados, “Dar al Cesar lo que es del Cesar y a DIOS lo que es de DIOS” se afirmaba indirectamente la obligación que tiene todo cristiano de obedecer el Estado y de cumplir el derecho

La patrística

La filosofía del cristianismo se fue desarrollando por obra de los padre de la iglesia, con lo expuesto en el Nuevo Testamento Testamento alcanzo su máxima expresión San Agustín en su obra “La verdad De Dios” afirma la existencia de un doble Derecho Natural. El primario es un derecho Natural absoluto, el derecho Natural secundario es el único es al que puede aspirar una persona después de la caída.

La Escolástica

Trato de desarrollar los dogmas religiosos mediante un análisis racional, dentro de los límites impuestos por la fe.. Ley Eterna. Ley Natural, Ley divina, Ley Humana.

Escuela racionalista del derecho natural

El racionalismo como empirismo jurídico son producto del esfuerzo de pensadores que pretendieron adaptar el derecho al rigor metodológico de las ciencias de la naturaleza

Empirismo

Propugna que el origen del conocimiento es la experiencia lo que implica la negación de las ideas del racionalismo. Es pues el empirismo una corriente filosófica basada a la experiencia como única fuente del conocimiento.

Escuela Histórica.

Rechaza las propuestas doctrinales sobre los que pretendía asentarse la labor codificadora que no eran otros que aquellos que habían formado.

Fundamentos de la Escuela Histórica

1. Niega la historia del derecho natural.

2. Sostiene que el Derecho nace y se desarrolla espontáneamente como el lenguaje y el arte.

3. Considera al Derecho así como el Estado producto de la evolución histórica.

Positivismo

Consiste esencialmente en un método opuesto al metafísico, el rechazo a los juicios de valor, el empirismo, el fenomenalismo.

El positivismo Jurídico aparece al igual que la escuela histórica como una reacción en contra del derecho Natural. El positivismo jurídico a través de su estudio ha sido presentado históricamente bajo diversos aspectos.

Teoría del Derecho

Constituye una teoría sobre el derecho positivo. Al caracterizarse como un adoctrina “pura” con respecto al derecho, lo hace porque quiere obtener solamente un conocimiento orientado hacia el derecho. Kelsen Define la Ciencia como el conocimiento de normas.

Realismo jurídico

Una escuela critica de las tradicionales concepciones formalistas del derecho. Sus principales aportes, como fundamento teórico se encuentran:

1) La falsedad de la idea de una total autonomía dl derecho

2) La indeterminación de las normas jurídicas

3) Su posible manipulación política

4) La impotencia del derecho para alcanzar cambios estructurales en la sociedad

5) La imposibilidad de aprehender la complejidad social.

En consecuencia se llega al reconocimiento de ciertas reglas por parte de los aplicadores del Derecho parece inexorable y que en consecuencia, no habría mayor inconveniente de dominar “jurídicas” a aquellas que son efectivamente utilizadas por esos funcionarios. Esta es la idea que establece la noción de “Derecho vigente”.

Concepción materialista

La sociedad humana es parte del mundo material único que nos rodea.

El Materialismo histórico: estudia las leyes más generales del desarrollo de la sociedad y nos marca el camino, el método para el conocimiento de los fenómenos de la vida social y permite que nos orientemos certeramente en medio de la marcha de los acontecimientos.

Comunidad primitiva

Los hombres Vivian esencialmente de la recolección de frutas silvestres, raíces, frutos, y se dedicaban a la caza en forma primitiva. La gens “es la forma primitiva de la organización social propia del régimen avanzado de la comunidad primitiva”. Estos cambios como el aprendizaje el hombre a domesticar, el amaestrar algunos animales, la elaboración de mejores materiales ,el empleo de los útiles de hierro influyó decisivamente en todos los aspectos de la actividad humana del hombre, aparecen los artesanos. De este modo nace la producción mercantil para venderlas en el mercado.

Esclavismo

“Los esclavistas y los esclavos son la primera gran división de la sociedad en las clase.”

Feudalismo

Las clase antagónicas de la sociedad feudal, fueron integradas por los señores feudales y los campesinos siervos de la gleba. El señor feudal era el dueño de la tierra de alguna manera ya no tenía el absoluto dominio de lo que fue esclavo, es decir jurídicamente la nueva clase de dominó ante ya no podía disponer totalmente de la clase dominada, ya que los esclavos, producto de su lucha alcanzaron algunos derechos y el señor feudal, ya solo tenía derecho al trabajo de los siervos y a ciertas causas.

Capitalismo

Es el régimen también conocido como burgués se origina en las luchas internas del feudalismo, por alcanzar el poder de la burguesía contra los privilegios de los señores feudales y sus aliados. De manera de que el siervo se convierte en asalariado, campesino obrero o proletariado y desaparecen las castas aliadas a la clase dominante feudal transformándose progresivamente en la nueva clase burguesa. La sociedad capitalista se basa en el poder del capital.

Socialismo

El estado socialista es la organización política de los trabajadores que reviste amalgama indisoluble de obreros y campesinos en la que el poder le corresponde a la clase obrera, por su esencia. El Estado socialista es el instrumento llamado a terminar con la explotación.

Comunismo

En suma el comunismo será la época en que el hombre viva en una sociedad sin clase, en la que por lo tanto no existirá el estado; en su lugar habrá no un gobierno de los hombres, sino una administración de las cosas.

DERECHO COSUETUDINARIO

Capítulo 3

Generalidades

Aquel que aplica justicia con base en las costumbres de una comunidad las cuales adquieren valor jurídico y cuyos legisladores y sancionadores son los miembros de la propia comunidad o colectividad donde se le dan los casos.

Derecho consuetudinario indígena en américa latina

1. Según Stavenhagen Normas generales de comportamiento público.

2. Mantenimiento del orden integro

3. Definición de derechos y obligaciones de los miembros

4. Acceso a, y a la distribución de recursos escasos(agua, tierras)

5. Reglamentación sobre transmisión e intercambio de bienes y servicios.

6. Definición y tipificación de delitos.

7. Sanción a la conducta delictiva de los individuos.

8. Manejo, control y soluciones de conflictos y disputas.

9. Definición de los cargos y las funciones de la autoridad pública.

Derecho consuetudinario indígena en Guatemala

A partir de 1945, se desarrolló un importante marco jurídico a favor de los trabajadores, campesinos e indígenas guatemaltecos; destacan el Código de trabajo y la Ley de reforma Agraria, decreto 900.

Época actual

Los indígenas guatemaltecos, habitaban actualmente todo el territorio de la Republica, pero principalmente la zona del altiplano.

El derecho civil

El matrimonio es concertado por representantes de los novios tomando los del varón iniciativa. El novio costea la fiesta de compromiso o casamiento si media pago, este corre por su cuenta.

Derecho Penal

Un estudio que data de más de hace una década, pero cuyos resultados continúan siendo válidos, demostró la alta incidencia de procesos de sentencias penales por la comisión de delitos.

Marco constitucional y comunidades indígenas

La constitución política de la República de Guatemala en lo relativo a los derechos sociales estipula una sección para fundamentar la protección a las comunidades indígenas. Por otra parte el estado se obliga a promover la tierra a las comunidades indígenas que las necesiten para su desarrollo.

Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas y el derecho Consuetudinario.

Dentro de los diversos instrumentos suscritos y reconocidos dentro de los Acuerdos de Paz se encuentra el “Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas”

Convenio169 de la organización internacional del trabajo relativo a los pueblos indígenas

Este convenio fue ratificado por Guatemala en junio de 1996, cuya implementación requiere de la participación activa y propositiva por parte de las organizaciones de los pueblos indígenas. Estas propuestas requieren de dos condiciones. La primera, relativa al diseño y ejecución de un programa de divulgación de información y consulta. La segunda relacionada a la elaboración de propuestas.

Al ratificar el convenio69, el estado de Guatemala se comprometió que al año siguiente adecuaría su legislación a los principios, normas y mecanismos que ordena dicho convenio. Los artículos relativos a los pueblos indígenas del convenio 169. Son artículo 1, articulo 2, Articulo 3, articulo 4, articulo 5, articulo 6, articulo 7, articulo 8, articulo 9, articulo 10, articulo11, articulo 12.

Derecho alternativo en américa latina

Es importante destacar que se refieren al Derecho Alternativo, no como una teoría sino mas bien como un movimiento cuya filosofía central es la lucha que parte de las premisas. Herrera Sánchez “Derecho alternativo en sentido alternativo en sentido estricto, también denominado Derecho insurgente, paralelo, emergente. Seria aquel conjunto de normas no estatales, situadas en el plano de lo instituyente que pretenden coexistir con el Derecho positivo.”

El estado no otorga los derechos, es la sociedad la que los crea. El Estado se encarga de analizar un modo, entre otros, de hacerlos efectivos

Por ello, solo reconocerá como Derecho alternativo aquel conjunto de normas que respetan al ser humano,, que posean unos efectos plenamente democráticos y que realmente se propongan terminar con las relaciones de opresión/dominación humanas.

Las fuentes del derecho

Capítulo 4

Generalidades

El Derecho es un conjunto de normas sistematizadas u ordenadas en un todo unitario. Las normas sobre producción jurídica determinan a que actos corresponde el particular tipo de efectos jurídico.

Las teorías aparecen con el derecho moderno, con la idea de la ley como norma única o máxima, atada a tres conceptos fundacionales: el de soberanía de Estado, el de monopolio de uso de la fuerza, el de autosuficiencia del derecho.

La ley del organismo Judicial en su artículo 2do dice: “La ley es la fuente del ordenamiento jurídico. La jurisprudencia la complementara.”

Clasificación

Carlos Santiago Nino sugiere la distinción entre fuentes deliberadas de creación de Derecho y fuentes espontaneas. Cuando estamos frente a actos que no se realizan con la intensión de establecer normas, pero producen ese efecto, se trata del segundo caso. La ley es el arquetipo de la forma deliberada o consiente de creación del derecho. La forma espontánea más común de creación de normas jurídicas es la costumbre

Fuentes reales

Los factores y elementos que determinen el contenido de las normas jurídicas. Acontecimientos sociales, políticos y económicos. Factores históricos, Factores políticos, Factores sociales, Factores económicos, Factores culturales, Factores éticos, Factores religiosos

Fuentes formales. Son los procedimientos o modos establecidos por una determinada sociedad para crear su propio derecho.

Clasificación tradicional de las fuentes formales:

La legislación

Es la más rica e importante de las fuentes formales, el proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se da el nombre especifico de leyes.

Iniciativa: es la potestad señalada por la ley fundamental que tienen determinados órganos estatales.

Comisiones de trabajo

El congreso de la Republica integra comisiones ordinarias, extraordinarias y específicas.

Comisiones Ordinarias, Comisiones extraordinarias

Discusión o debate: es el ejercicio político por excelencia que realiza el Organismo Legislativo y constituye la parte fundamental, evitar la monopolización.

Definición: es le conjunto de actuaciones de las cuales se debate y delibere}a sobre el proyecto de ley.

Aprobación. Es el acto por el cual la Asamblea legislativa o congreso de la republica acepta un proyecto de Ley.

Sistemas de Votación: actualmente solamente existen dos sistemas de votación, que son el de votación nominal por medio de sistema electrónico y la votación nominal a viva voz.

Sanción: se denomina así a la adaptación de un proyecto de la ley por el poder ejecutivo. Es el visto bueno que el ejecutivo realiza de un proyecto de ley..

Casos de excepción a la sanción por parte del Ejecutivo VETO es la facultad conferida al presidente de la Republica de rechazar un proyecto de ley********

Primicia Legislativa: es el caso en el que el Congreso no acéptelas observaciones realizadas por el ejecutivo. Deberá necesariamente sancionar y promulgar el decreto dentro de los ocho días siguientes de haberes recibidos.

Publicación, es el acto por el cual la ley aprobada y sancionada se hace del conocimiento a quienes deben cumplirla.

Iniciación de la vigencia: es el momento por el cual la ley adquiere obligatoriedad y es por lo tanto de cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional.

Vigencia: es el periodo por el cual se adquiere obligatoriamente una ley.

Vacatio legis: es el periodo de tiempo en que transcurre entre la publicación y la entrada en vigencia de una ley.

Fin de la vigencia de una ley: existe diferencia ente abrogación (suspensión o anulación total de la ley) y derogación(es la anulación parcial de la ley, se conoce como reforma de la ley).

La ley

En la actualidad su acepción meramente gramatical es la de precepto dictado por la suprema autoridad.

Elementos de la ley

Elemento formal: lo constituye en si todo el proceso de creación de la ley.

Elemento material: lo constituye la materia, asunto o contenido jurídico

Costumbre

Es la fuente formal, más antigua de las fuentes, como una fuente productora de normas jurídicas, no es por lo tanto un deber.

Los elementos de la costumbre son, El elemento subjetivo, el elemento objetivo.

Clases de costumbre: Delegante, Delegada, derogatoria.

La jurisprudencia o doctrina legal: también es conocida como doctrina legal y se entiende por jurisprudencia. En el derecho procesal civil se encuentra contemplada en el artículo 627.

Asimismo la ley de amparo, exhibición personal y de Constitucionalidad en su artículo 43.-

El artículo 190 del referido ordenamiento fundamental.

La doctrina o doctrina científica: La doctrina representa el resultado de una actividad especulativa de los particulares, sus conclusiones carecen de fuerzas obligatoria..

El contrato: el acuerdo de voluntades entre dos o más personas que lasa crean obligaciones y derechos entre ellas

Pacto colectivo de condiciones de trabajo

El acuerdo, escrito y concluido entre representante de los trabajadores y de los patronos que tiene por objeto regular las condiciones del trabajo, y para evitar que por ello el contenido del contrato quede al único arbitrio de quien posee el poder económico.

De conformidad con el artículo 49 del código de trabajo Guatemalteco, pacto colectivo de condiciones de trabajo, es “el que se celebra entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patronos, o uno o varios sindicatos de patronos, con el objeto de reglamentar las condiciones en que el trabajo deba prestarse y las demás materias relativas a este……..

El artículo 50 de referido código regula el mismo respecto. “las estipulaciones del pacto colectivo de condiciones de trabajo tienen fuerza de la ley…………

Derecho comparado

Es fuente importante en la creación de toda legislación, siempre que se tenga el cuidado de adecuarlo a la realidad de cada sociedad.

Derecho internacional

Regula las relaciones privadas entre personas de diferentes estados cuando estas entran en conflicto o voluntariamente se someten a su jurisdicción, y tiene por objeto la determinación de la ley aplicable.

El precedente como fuente del derecho Guatemalteco

Procedente. Se le llama así a la resolución de un organismo estatal respecto a un asunto concreto que adopta como norma para la resolución de otros asuntos análogos.

Fuentes históricas

Los hechos humanos es sociedad en sus distintos periodos, ha reglado los principios y reglas de conducta entre los hombres.

Las fuentes históricas: son las disposiciones normativas o regulaciones que en su momento, fueron vigentes y que constituyen los antecedentes evolutivos de las normas jurídicas actuales.

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