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Parcial 1 De Introduccion Al Derecho Empresario UBP


Enviado por   •  18 de Octubre de 2013  •  3.427 Palabras (14 Páginas)  •  1.368 Visitas

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Los métodos de evaluación tratan de adaptarse a la modalidad y particularidades de la enseñanza a distancia.

El proceso consta de dos evaluaciones parciales. Como la asignatura está dividida en dos partes, cada una tendrá lugar al finalizar el desarrollo de cada una de estas dos partes en forma integradora.

Se exigirá a los alumnos la solución de casos y problemas con la utilización de todos los materiales pertinentes, es decir, legislación, doctrina, notas de cátedra, etcétera.

Se evaluará principalmente el método de análisis y la aptitud demostrada por el alumno para encarar el caso, detectar sus principales problemas, advertir las carencias de información que el caso pueda presentar y señalar cómo influyen según las alternativas en que pueda presentarse, razonar, etcétera.

La coincidencia o no del docente con la solución del caso propuesta por el alumno no es un elemento determinante de la evaluación, sino que lo será la aptitud demostrada para razonar y encarar el problema, tanto en su faz teórica como práctica.

En este tipo de evaluación y en atención a que el alumno dispone durante el examen de todo el material, el criterio de evaluación tendrá asimismo en cuenta:

1°) Habilidad en la selección de principios jurídicos que sean aplicables a cada situación.

2°) Organización y coherencia en los argumentos que sostiene.

3°) Utilización adecuada de las expresiones y lenguaje jurídico acorde al perfil profesional.

Tenga presente las siguientes cuestiones importantes:

1°) La mayor gravedad que supone la no aplicación de una norma o principio jurídico pertinente, en función de que cuenta con la información apropiada y no requiere realizar esfuerzo mnemotécnico alguno.

2°) La carencia de validez, a los efectos de la nota o calificación, de la mera repetición de normas o principios que se encuentran en los libros cuyo contenido tiene a su disposición.

Los principales caracteres de las evaluaciones parciales son los siguientes:

1°) No presencial.

2°) A cargo del tutor.

3°) Calificación de 60 puntos sobre 100 para acceder a la evaluación final.

4°) Obligatorias. Para regularizar la asignatura y poder rendir el examen final Ud. deberá tener aprobado el 100% de les evaluaciones parciales.

Después de la fecha fijada para recibir las evaluaciones parciales se remitirá a los alumnos una plantilla de correcciones y sugerencias para que pueda hacer una auto evaluación y la calificación correspondiente.

Evaluación final presencial:

Se trata de una evaluación integral que se hará por escrito, en forma presencial, ante un equipo de docentes, en función de los temas y actividades centrales de la asignatura.

No se permitirá a los alumnos la utilización de los materiales de legislación, doctrina, apuntes, etcétera, por lo que el criterio de evaluación tendrá en cuenta:

1°) Identificación de los principios jurídicos aplicables a los casos planteados.

2°) Fundamentación de la selección de los principios aplicados.

3°) Descripción de conceptos mediante la adecuada utilización del lenguaje jurídico.

Téngase presente que no se requiere la memorización de artículos, leyes, etcétera, ni de sus números.

El examen consiste en la solución de casos y problemas similares a los que son motivos de las evaluaciones parciales y los ejercicios y actividades que se trabajan durante el curso. En la medida que resulte necesario para la solución de casos, se deberá apelar al desarrollo de temas teóricos o conceptuales identificando los principios legales aplicables y explicándolos.

Para aprobar el examen deberá lograr una calificación mínima de 50 puntos en la escala de 0 a 100.

Por tratarse de una evaluación final que promueve al alumno a una asignatura correlativa del plan de estudios, esta evaluación es integral de la asignatura.

Caso 1 (20 puntos):

El señor Juan López, productor agropecuario, tiene problemas con una compra que realizó de una máquina que quiere usar en su explotación agropecuaria. Le exhibe un recibo firmado por el vendedor, señor José Domínguez, en el que consta el pago por parte de la empresa, de la suma de pesos dos mil “en concepto de seña por la compra de una máquina de enfardar usada marca ... motor ... Saldo: de pesos 18.000 a los diez días contra entrega”. Asimismo, le comenta que ha transcurrido con exceso el plazo de diez días y no consigue la entrega de la máquina. Responda en forma fundada: 1°) En qué posición se encuentra y qué facultades tiene el señor Juan López. 2°) En qué posición se encontraría López, si en lugar de entregar sólo una seña hubiera pagado la totalidad del precio y Domínguez no le entrega la máquina. 3ª ¿Qué significa que la máquina pueda tener vicios redhibitorios?

1. En el presente caso tenemos una contrato de compra – venta por una maquina de enfardar, con un recibo firmado por el Sr Jose Dominguez (vendedor). El Sr. Juan Lopez (comprador) tiene dos opciones por el cual reclamar, una de las cuales es reclamar el cumplimiento del contrato, ya que posee la facultad de emplear los medios legales que obliga al deudor a cumplir su parte del contrato, y la otra es mediante el pacto comisorio tácito, que es una cláusula que autoriza a la parte cumplidora a seguir vía resolutoria en caso de incumplimiento de la otra. No ejecutada la prestación, el acreedor podrá requerir al incumplidor el cumplimiento de su obligación en un plazo no inferior a quince días, salvo que los usos o un pacto expreso establecieron uno menor, con los daños y perjuicios derivados de la demora, transcurrido el plazo sin que la prestación haya sido cumplida, quedarán resueltas, sin más, las obligaciones emergentes del contrato con derecho para el acreedor al resarcimiento de los daños y perjuicios. La parte que haya cumplido podrá optar por exigir a la incumplidora la ejecución de sus obligaciones con daños y perjuicios. La resolución podrá pedirse aunque se hubiese demandado el cumplimiento del contrato, pero no podrá solicitarse el cumplimiento cuando se hubiese demandado por resolución (Art 1204 Código Civil y Art 216 Código de Comercio)

2. El Sr. Juan López se encuentra en la misma posición de reclamar

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