JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO
Enviado por Erik_Marin • 18 de Diciembre de 2015 • Ensayo • 6.572 Palabras (27 Páginas) • 1.910 Visitas
XXXXX
VS
XXXXXX
JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO
DISTRITO JUDICIAL DE PACHUCA, HIDALGO.
P R E S E N T E.
La que suscribe XXXXXXX, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Artículo 3º, número 97, Torre Coby, 2º piso, Fraccionamiento Constitución, de esta ciudad, autorizando para oír y recibir notificaciones, recoger documentos e imponerse de los autos de manera indistinta a los Licenciados EVIGAEL CORTEZ MENDOZA y BERTHA IVONE HERNANDEZ LAVALLE, ante usted comparezco y con respeto expongo:
Que en la vía ESPECIAL HIPOTECARIA y con fundamento en los artículos 12, 457, 458, 461 parrafo primero, primera parte y demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Hidalgo y en ejercicio de la acción real hipotecaria vengo a demandar de la señorita XXXXXX, quien pueden ser emplazada en el domicilio ubicado en el Departamento 303, edificio H, entrada “A”, Fraccionamiento Aquiles Serdán, Municipio de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo; el pago y cumplimiento incondicional de las siguientes:
P R E S T A C I O N E S
I.- El vencimiento anticipado para el plazo del crédito a que se refiere el documento base de la acción.
II.- La declaración de hacerse efectiva la garantía hipotecaria materia del documento base, para el caso de ser condenada y que no paguen en el término de ley.
III.- El pago de la cantidad de $132,624.58 (CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS, CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), equivalente a 75.925 veces el salario mínimo mensual (VSMM), correspondiente al importe dispuesto y no pagado del crédito otorgado en el contrato base de la acción, misma que deberá actualizarse en la misma proporción que aumente el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cantidad vigente al 30 de noviembre de 2010, fecha del estado de cuenta.
IV.- El pago de intereses ordinarios generados y que se generen, prestación que será liquidada en ejecución de sentencia.
V.- El pago de la cantidad de $55,702.32 M.N. (CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DOS PESO, TREINTA Y DOS CENTAVOS MONEDA NACIONAL), equivalente a 31.889 VSMM TREINTA Y UN PUNTO OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE VECES EL SALARIO MÍNIMO MESUAL en el Distrito Federal, por concepto de intereses moratorios generados al 30 de noviembre de 2010.
VI.- El pago de los intereses moratorios devengados y que se devenguen con posterioridad al 30 de noviembre de 2010, fecha de corte del estado de cuenta, prestación que será liquidada en ejecución de sentencia.
VII.- El pago de los gastos y costas que origine el presente juicio, prestación que será liquidada en ejecución de sentencia.
H E C H O S
1).- Que mediante instrumento público número 08-64916-2, de fecha 21 de mayo de 1991, ratificado ante el Registrador Público de la Propiedad y del Comercio de este Distrito Judicial de Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo, que quedó inscrito en esa dependencia bajo el número XXXX del Tomo 2 dos, del Libro I Primero, de la Sección I Primera, de fecha XXXXXX, con fundamento en el artículo 42 de la Ley del INFONAVIT, se celebró CONTRATO DE OTORGAMIENTO DE CREDITO Y CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA entre el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES y la señorita XXXXXXX, otorgándole a esta última el crédito número XXXXX (XXXXXX), hasta por la cantidad de 87.0000 VSMM OCHENTA Y SIETE VECES EL SALARIO MINIMO MESUAL EN EL DISTRITO FEDERAL, respecto del inmueble identificado como el DEPARTAMENTO 303, EDIFICIO H, ENTRADA “A”, FRACCIONAMIENTO AQUILES SERDÁN, MUNICIPIO DE PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO, mismo que se anexa a la presente demanda como documento base de la acción con la letra “A”.
2).- Así mismo en la cláusula ÚNICA del capítulo denominado HIPOTECA, del documento base de la acción, se convino en garantizar el pago del crédito constituyendo hipoteca en primer lugar a favor del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES sobre el inmueble descrito en el inciso anterior.
3).- En las declaraciones del instrumento antes mencionado, así como en las prestaciones de la presente demanda se hace alusión al SALARIO MINIMO MENSUAL ó VSMM término por el cual debe entenderse el Salario mínimo general diario del Distrito Federal multiplicado por 30.4 misma significación que en la presente demanda se le deberá dar a la citada expresión, lo anterior de conformidad con la décima octava de las reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, que literalmente establece:
“DECIMA OCTAVA…
Se entiende por salario mínimo mensual el que resulte de multiplicar por 30.4 el salario mínimo diario general que rija en el Distrito Federal”
El salario mínimo general en el 2010 es de $57.46 pesos
4).- En la cláusula primera del contrato de otorgamiento de crédito, el INFONAVIT, otorgó al TRABAJADOR un crédito por un monto equivalente a 87.0000 OCHENTA Y SIETE VECES EL SALARIO MINIMO MENSUAL, crédito que el TRABAJADOR ejerció y destino para la compraventa del inmueble identificado como el DEPARTAMENTO 303, EDIFICIO H, ENTRADA “A”, FRACCIONAMIENTO AQUILES SERDÁN, MUNICIPIO DE PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO.
El INFONAVIT otorgó y el TRABAJADOR ejerció el total del crédito concedido, tal como se acredita con el estado de cuenta certificado que se exhibe como anexo “B” de la presente demanda.
El TRABAJADOR reconoció deber y se obligo a pagar al INFONAVIT el monto del crédito que se le otorgó en los términos y condiciones pactadas en la CLAÚSULA TERCERA del contrato de otorgamiento de crédito, aceptando que el saldo del crédito se ajustaría cada vez que se modificaran los salarios mínimos, incrementándose en la misma proporción en que se incrementara el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
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