Juicio de amparo. Objeto del juicio de amparo
Alonso SanchezApuntes14 de Mayo de 2016
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El amparo es un juicio no un recurso ya que este último busca controvertir la sentencia y el amparo busca alguna violacion a los derecho humanos
Juicio de amparo
Es un juicio constitucional extraordinario que se inicia por una acción que ejercita cualquier persona en lo individual o colectivamente ante los tribunales de la federación (poder judicial federal) en contra de normas generales actos de autoridad o particulares en los casos expresamente señalados por la ley cuando se considere que han sido violentados sus derechos humanos o sus garantías o un tratado internacional (de la cual México sea parte)
Objeto del juicio de amparo
El objeto es la declaración de inconstitucionalidad de los actos o normas generales que han sido reclamados invalidando o nulificando la situación de hecho restituyendo en favor del quejoso el goce de los derechos o garantías que le fueron violados
Diferencia entre un acto de autoridad y un acto de particular
Acto de autoridad: se considera acto de autoridad cuando existe un acto intencional, voluntario, positivo, negativo, omisivo emitido por un órgano del estado y de derecho con facultades de decisión o de ejecución que produce una afectación a una situación general y concreta teniendo como característica el ser imperativo, unilateral y generalmente coercitivo.
Acto particular: A) Es un acto emitido por un particular (lo hace en un acto de decisión o de ejecución)
B) Que el acto sea imperativo para el ofendido
C) Que sea de tipo unilateral
El juicio de amparo solo procede contra actos de autoridad y en casos de particulares únicamente cuando estos actúen como autoridad. (Como ejemplo un cobro excesivo de CFE)
Del control de la constitucionalidad
Consiste en la tutela de la constitución que ejerce el poder judicial federal para conocer de las violaciones de cualquier órgano del estado (legislativo, ejecutivo, judicial, estatal etc.) por medio de una norma general o acto de autoridad que vulnere en forma directa la ley fundamental
Del control de la convencionalidad
Se refiere a que como los tratados están elevados a nivel constitucional ninguna autoridad puede contravenir a los mismos
Juzgados de distrito
Existen 32 circuitos y Jalisco es el 3 circuito
Tenemos en Jalisco juzgados de distrito en:
procedimientos penales solo se dedican a procedimientos penales federales (no amparo)
amparo penal solo se dedican a amparo indirecto (primera instancia) este solo se promueve sobre resoluciones que no tienen el carácter de definitiva y que no dan termino al proceso como ejemplo una orden de aprensión, orden de cateo, orden de extradición etc
Materia civil (y familiar)se dedican a dos funciones, a juicios civiles federales como por ejemplo el incumplimiento de un contrato con un particular y a juicios de amparo indirecto en materia civil como por ejemplo cuando no eres emplazado de manera correcta o no hecho, o pasó del término que señala la ley para dictar una sentencia.
Materia administrativa se dedican a dos funciones una sección de procesos como ejemplo una expropiación federal una de amparos como ejemplo cuando se hace un registro en el registro público de la propiedad y esta no aparece, cuando te dan una negativa en cuestión de uso de suelo, siempre que no exista recurso previo al amparo de ser así se debe agotar primero el recurso
Materia administrativa y del trabajo solo conocen juicios de amparo indirecto en materia laboral en resoluciones que no pongan fin al proceso
Materia mercantil de cuantía menor no conocen de amparo solo de procedimientos mercantiles ordinarios (no ejecutivos) orales
(juzgados especializados que solo se encuentran en la Ciudad de México en materia de telecomunicaciones solo amparo indirecto, en ejecución de penas, en procedimiento penal acusatorio )
Tribunal unitario de circuito
Su competencia natural es la segunda instancia de los procesos federales y por excepción pueden ver algunos casos de amparo indirecto
Cuando el acto reclamado emane de un tribunal unitario otro tribunal unitario puede conocer el amparo
Tribunales colegiados de circuito
Tienen dos funciones: son los encargados de la segunda instancia de amparo indirecto en nuestro circuito existe penal, civil, administrativa y del trabajo y como segunda función son la primera instancia de amparo directo
Consejo de la judicatura federal
(Básicamente son solo actividades administrativas)
Vigila la disciplina del poder judicial de la federación
Nombra a los magistrados y su lugar donde ejercerán sus funciones
Revisa los tribunales de circuito unitario, colegiados y juzgados de distrito
Aprueba el plan de egresos
Tribunales auxiliares
Solo sirven para dictar la resolución en auxilio del tribunal que está conociendo el trámite
La capacidad
Es la aptitud de ser titular de derechos y obligaciones y ejercerlos por sí mismo la cual vamos a subdividir en dos:
capacidad de goce: es la que posee cualquier persona y la obtiene por solo hecho de serlo y se expresa como la aptitud de ser titular de derechos y de obligaciones
Capacidad de ejercicio: no la poseen todas las personas ya que se entiende como la aptitud para ejecutar por sí mismo los derechos y las obligaciones de que se es titular
C) capacidad del quejoso: para la interposición del juicio de amparo es necesario poseer la capacidad de ejercicio (lo que significa haber cumplido la mayoría de edad)
D) capacidad del tercero interesado: requiere poseer la capacidad de ejercicio
Personas que carecen de capacidad para interponer un amparo
el estado: cuando actúan como autoridad
El ministerio público federal: por que por ley es parte de todos los juicios de amparo
Representación en el juicio de amparo
Consiste en actuar en nombre de otro, hay varias especies de representación
legal: es la que surge directamente de la ley ya que la norma previene que una persona (representante) puede actuar en nombre de otro. La autoridad responsable podrá ser representada en juicio por un delegado (artículos 9, 11, y 12 de la ley de amparo)
- de los reos sean quejosos o terceros interesados: el defensor del oficio también está facultado para interponer el juicio de amparo
La de los mejores de edad o sujetos de interdiccion: en estos casos el mejor sea el quejoso o este re interesado el menor de edad puede promover juicio de amparo s través de su representante legal (padres)y a falta de este será el tutor o tutris debidamente autorizados y en los sujetos en estado de interdcciicion personas con discapacidad sea quejoso o tercero interesado lo promoverá el tutor acreditándolo con las copias del juicio de ínter dicción
Voluntaria: es la que surge de un contrato o negocio jurídico, acta constitutiva, poder
Común: cuando dos o más quejosos promuevan una misma demanda de amparo deberán designar un representante común en términos del artículo 13
Partes del juicio de amparo
quejoso: es quien aduce ser el titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo el cual alega que una norma general, acto u omisión viola sus derechos fundamentales afectando con ello su esfera jurídica.
Tipos de quejoso:
quejoso ( cuando reclame un acto de autoridad jurisdiccional (todos los tribunales de fuero común y federal, justas de conciliación, tribunales unitarios agrarios, tribunales fiscales)
Tratándose de actos o resoluciones provenientes de tribunales judiciales, administrativos,agrarios o del trabajo el quejoso será el titular del derecho que se vea afectado de manera personal o directa con la resolución emitida.
2) quejoso (cuando existe un menor de edad, persona con discapacidad o personas mayor en estado de interdiccion)
-En el caso de los menores de edad se puede pedir el juicio de amparo sin la intervención de su legítimo representante cuando estese encuentre ausente, se ignore quien sea, está impedido jurídicamente o se negare a promoverlo. En estos casos el órgano jurisdiccional le nombrara un representante especial para que intervenga en el juicio, de preferencia un familiar cercano cuidando que no hubiere conflicto de intereses, si el menor tiene 14 años o más él podrá designar a su representante especial en el escrito de demanda inicial
-En el caso de las personas con una discapacidad declarada o estado de interdiccion los tutores serían los facultados para las acciones del amparo, en caso de no existir el tutor el órgano jurisdiccional le nombrara un representante especial
-ante un quejoso que se encuentre incomunicado la demanda la puede firmar cualquier persona
3) quejoso personas morales y extranjeras
-hablando de personas morales se requiere que de manera expresa a alguien se le den las facultades de interponer amparos y desistirse del juicio debiendo estar debidamente registrada la persona moral
4)quejoso personas morales del derecho público
Son aquellas comprendidas por la nación los estados, los municipios, las secretarías de estado, la procuraduría general de la republica es decir aquellos entes de gobierno que no tienen el carácter de gobernados.
Los
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