Jurisdiccion Y Competencia
raquel_herco0713 de Febrero de 2015
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JURISDICCION Y COMPETENCIA
1. Aspectos Generales
Según Calamandrei, el Derecho Procesal se basa en el estudio de tres
conceptos fundamentales:
La jurisdicción: que es la actividad que se realiza por el juez, como un tercero
imparcial, para los efectos de dirimir a través del proceso, el conflicto que las
partes han sometido a su decisión.
La acción: que es el derecho que se reconoce a los sujetos para los efectos de
poner en movimiento la actividad jurisdiccional en orden a que se resuelva a
través del proceso el conflicto que se ha sometido a su decisión.
El proceso: que es el medio que el sujeto activo tiene para obtener la
declaración jurisdiccional acerca de la pretensión que ha hecho valer mediante
el ejercicio de la acción; donde el sujeto pasivo tiene el derecho a defenderse; y
el tribunal la obligación de dictar sentencia conforme a los alegado y probado.
2. Etimología
Proviene del latín iurisdictio – nis, que significa acción de decir o de indicar el
derecho.
La acepción etimológica no ha sido aceptada por la doctrina para
conceptualizar el concepto de jurisdicción por las siguientes razones:
a) Se trataría de un concepto de gran multivocidad: no sólo sería el juez
quien dice el derecho sino que también otros órganos en el Estado de
Derecho Democrático.
b) No se comprende la equidad: porque si bien es cierto que en la gran
mayoría de los Estados existe la Jurisdicción de Derecho, no es menos
cierto que a falta de norma que resuelva el conflicto debe el juez aplicar la
equidad, art. 73 CPR, 10 inc.2 COT, 170 nº 5 CPC.
c) Se restringe la jurisdicción a las sentencias declarativas: deja de lado
las sentencias constitutivas, las cuales tiene por objeto crear, modificar o
extinguir un estado o situación jurídica y que tienen efectos para futuro.
3. Diversas acepciones de la voz jurisdicción
a) Como ámbito territorial: debe ser descartada, ya que se aparta claramente de
lo que constituye la jurisdicción.
b) Como competencia: diversos preceptos legales confunden la jurisdicción con
la competencia, en circunstancias que se trata de conceptos distintos, si bien
existe respecto de ellos una relación de totalidad a parte.
c) Como poder: para referirse al conjunto de atribuciones del cual se
encuentran dotados los diferentes órganos del poder público. Pero, tratándose
de los órganos jurisdiccionales la sola noción de poder no permite delimitar el
concepto de jurisdicción. En efecto, la jurisdicción no sólo implica poder, sino
que también deber que requiere ser ejercido por el órgano para resolver los
conflictos que le promuevan las partes.
d) Como función: la jurisdicción es una función que debe ser ejercida para
resolver los conflictos de relevancia jurídica que se promuevan en el orden
promuevan en el orden temporal.
Por otro lado, el legislador puedeencomendar asuntos jurisdiccionales a
órganos que no forman parte del Poder Judicial como es el caso del Senado, la
Contraloría General de la República o el Director del SII.Los límites de la jurisdicción
Concepto
Se entiende por límites de la jurisdicción: “los diversos factores que delimitan
el ejercicio de la función jurisdiccional”.
Clases de límites
a) En atención al tiempo: en general el ejercicio de la jurisdicción es
perpetua. La excepción lo constituyen los árbitros y los tribunales
unipersonales de excepción.
Debe tenerse también presente que en la actualidad rige respecto
de las personas designadas para ejercer la
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