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Jurisdiccion Y Competencia


Enviado por   •  20 de Julio de 2014  •  5.453 Palabras (22 Páginas)  •  274 Visitas

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Aspectos Generales:

Según Calamandrei, el Derecho Procesal se basa en el estudio de tres conceptos fundamentales:

La jurisdicción: que es la actividad que se realiza por el juez, como un tercero imparcial, para los efectos de dirimir a través del proceso, el conflicto que las partes han sometido a su decisión.

La acción: que es el derecho que se reconoce a los sujetos para los efectos de poner en movimiento la actividad jurisdiccional en orden a que se resuelva a través del proceso el conflicto que se ha sometido a su decisión.

La jurisdicción como facultad de administrar justicia:

La función jurisdiccional concebida como la facultad de administrar justicia, obedece a un resabio histórico. Durante mucho tiempo se concibió la función jurisdiccional como una parte de la administración del Estado y por tanto, regida por el Derecho Administrativo. Por consiguiente la facultad judicial se ejercía a través de una función administrativa, la administrar justicia; utilizándose la expresión administración de justicia como sinónimo de Poder Judicial.

Concepto de Chiovenda

La jurisdicción es: “la función del Estado que consiste en la actuación de la ley mediante la sustitución de la actividad de los órganos a la actividad ajena, ya sea afirmando la existencia de una voluntad de ley, ya poniéndola posteriormente en práctica”.

Son elementos de su definición:

a) La jurisdicción es una función pública.

b) El objeto de la jurisdicción es la actuación de la voluntad de la ley al caso

concreto.

c) La jurisdicción se concibe como la sustitución de la voluntad de las partes

en conflicto por la actividad pública del juez.

d) La sustitución de la actividad pública del juez a la voluntad de las partes

Se hace en dos planos:

i) sustitución intelectiva: se realiza dentro del proceso al momento de juzgar, decisión que va a sustituir la voluntad de las partes para la solución del conflicto, la que regirá no sólo para ellas sino que para los demás miembros de la comunidad, en cuanto a cual es la voluntad concreta de la ley respecto del litigio;

ii) sustitución material: el juez realiza materialmente la actividad que ha debido ejercer la parte vencida para dar cumplimiento del fallo, o las apercibe con multas o arrestos para que la parte vencida de cumplimiento al fallo.

c. Francisco Carnelutti

La jurisdicción es: “la actividad desarrollada para obtener la justa composición de la litis”.

Son elementos de su definición:

a) La jurisdicción es una función pública.

b) Requiere ser ejercida en el proceso.

c) Importa una garantía de la norma jurídica.

d) Es la función del Estado destinada a garantizar la observancia práctica del derecho.

Eduardo Couture:

La jurisdicción es: “la función pública, realizada por los órganos competentes del Estado, con las formas requeridas en la ley, en virtud de la cual, por acto de juicio, se determina el derecho de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos o controversias de relevancia jurídica, mediante decisiones con autoridad de cosa juzgada, eventualmente factibles de ejecución”.

Son elementos de su definición:

a) La jurisdicción es una función: n porque no sólo importa un conjunto de facultades, sino que también de deberes.

b) Es una función pública realizada por los órganos competentes.

c) Se cumple mediante el adecuado proceso.

d) Asegura la vigencia del proceso.

e) Su cometido inmediato es decidir conflictos y controversias de relevancia jurídica.

f) La decisión del conflicto se logra mediante una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

g) La sentencia que se dicte es eventualmente factible de ejecución, por parte del triunfador.

Es necesario al efecto establecer la diferenciación entre el alcance conceptual de la Jurisdicción y la competencia por la materia establecido por la ley, la Jurisprudencia y la doctrina.

La jurisdicción, como señala el insigne Arístides Rengel Romberg, en su obra “Tratado de Derecho Civil Venezolano”, tomo 1, Pág. 105, La Jurisdicción es ante todo una función, un conjunto de facultades y deberes del órgano que la ejerce, cuya omisión está sancionada como denegación de justicia. La Jurisdicción es una función estatal, vale decir pública o del estado; manifestación de la soberanía en referencia a la justicia, la cual se administra en nombre de la República y por autoridad de la Ley, sustitutiva de la justicia privada o autodefensa, … hay falta de jurisdicción, cuando el asunto sometido a la consideración del juez, no corresponde en absoluto a la esfera de poderes y deberes que idealmente están comprendidos en la función genérica de administrar justicia, atribuida a los órganos del Poder Judicial, sino a la esfera de atribuciones que asignan la Constitución y las leyes a otros órganos del Poder Público, como son los órganos administrativos o los órganos legislativos. En estos casos, no solamente el juez ante el cual se ha propuesto la demanda, no puede conocer de ella, sino que ningún juez u órgano del Poder Judicial tiene poder para hacerlo, y se dice entonces que hay falta de jurisdicción”.

De tal forma que siendo este Tribunal, un órgano del estado facultado para a través del juez “decir el derecho (juris-dicción)” y por ende para impartir justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, desde el momento de su creación se tiene la facultad jurisdiccional, independientemente que no pueda pronunciarse sobre ciertas cuantías, materias o fuera de su ámbito territorial, este Tribunal considera que respecto al poder, función, potestad, deber y facultad, obstentada para pronunciar el derecho en la impartición de justicia, mantiene jurisdicción , y Así se decide.

Ahora bien, la competencia está

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