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Jurisdicción Y Competencia


Enviado por   •  3 de Marzo de 2014  •  16.152 Palabras (65 Páginas)  •  295 Visitas

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TEMA 2

JURISDICCION Y COMPETENCIA

1. Aspectos Generales

Según Calamandrei, el Derecho Procesal se basa en el estudio de tres

conceptos fundamentales:

La jurisdicción: que es la actividad que se realiza por el juez, como un tercero

imparcial, para los efectos de dirimir a través del proceso, el conflicto que las

partes han sometido a su decisión.

La acción: que es el derecho que se reconoce a los sujetos para los efectos de

poner en movimiento la actividad jurisdiccional en orden a que se resuelva a

través del proceso el conflicto que se ha sometido a su decisión.

El proceso: que es el medio que el sujeto activo tiene para obtener la

declaración jurisdiccional acerca de la pretensión que ha hecho valer mediante

el ejercicio de la acción; donde el sujeto pasivo tiene el derecho a defenderse; y

el tribunal la obligación de dictar sentencia conforme a los alegado y probado.

2. Etimología

Proviene del latín iurisdictio – nis, que significa acción de decir o de indicar el

derecho.

La acepción etimológica no ha sido aceptada por la doctrina para

conceptualizar el concepto de jurisdicción por las siguientes razones:

a) Se trataría de un concepto de gran multivocidad: no sólo sería el juez

quien dice el derecho sino que también otros órganos en el Estado de

Derecho Democrático.

b) No se comprende la equidad: porque si bien es cierto que en la gran

mayoría de los Estados existe la Jurisdicción de Derecho, no es menos

cierto que a falta de norma que resuelva el conflicto debe el juez aplicar la

equidad, art. 73 CPR, 10 inc.2 COT, 170 nº 5 CPC.

c) Se restringe la jurisdicción a las sentencias declarativas: deja de lado

las sentencias constitutivas, las cuales tiene por objeto crear, modificar o

extinguir un estado o situación jurídica y que tienen efectos para futuro.

3. Diversas acepciones de la voz jurisdicción

a) Como ámbito territorial: debe ser descartada, ya que se aparta claramente de

lo que constituye la jurisdicción.

b) Como competencia: diversos preceptos legales confunden la jurisdicción con

la competencia, en circunstancias que se trata de conceptos distintos, si bien

existe respecto de ellos una relación de totalidad a parte.

c) Como poder: para referirse al conjunto de atribuciones del cual se

encuentran dotados los diferentes órganos del poder público. Pero, tratándose

de los órganos jurisdiccionales la sola noción de poder no permite delimitar el

concepto de jurisdicción. En efecto, la jurisdicción no sólo implica poder, sino

que también deber que requiere ser ejercido por el órgano para resolver los

conflictos que le promuevan las partes.

d) Como función: la jurisdicción es una función que debe ser ejercida para

resolver los conflictos de relevancia jurídica que se promuevan en el orden

promuevan en el orden temporal.

Por otro lado, el legislador puede encomendar asuntos jurisdiccionales a

órganos que no forman parte del Poder Judicial como es el caso del Senado, la

Contraloría General de la República o el Director del SII.

4. La jurisdicción como facultad de administrar justicia

La función jurisdiccional concebida como la facultad de administrar justicia,

obedece a un resabio histórico. Durante mucho tiempo se concibió la función

jurisdiccional como una parte de la administración del Estado y por tanto, regida

por el Derecho Administrativo. Por consiguiente la facultad judicial se ejercía a

través de una función administrativa, la administrar justicia.

Respecto de esta concepción todavía existen resabios en nuestro COT,

utilizándose la expresión administración de justicia como sinónimo de Poder

Judicial.

5. Definiciones doctrinarias de jurisdicción

Definiciones doctrinarias extranjeras

a. Teoría organicista. Son jurisdiccionales todos los actos emanados del poder

judicial

La primera teoría acerca de la jurisdicción es de carácter organicista. De

acuerdo con esta teoría, “serían jurisdiccionales todos los actos emanados

del poder judicial” (Carré de Malberg)

Esta se encuentra actualmente superada y no puede ser aceptada en atención

a las siguientes razones:

a) No todos los actos que emanan del Poder Judicial son jurisdiccionales,

lo que se desprende de la sola lectura de los arts. 1, 2 y 3 COT.

b) La simplicidad de esta teoría hace imposible distinguir entre actos

jurisdiccionales de los administrativos y legislativos.

b.

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