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LA EDUCACION SUPERIOR Y LAS LEYES QUE LA RIGEN

Yenizada7315 de Agosto de 2013

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INTRODUCCION

Con este trabajo se pretende hacer un recorrido por las diferentes normas Colombianas Vigentes que reglamentan la educación superior en nuestro país teniendo como base la Constitución Nacional y el derecho fundamental consagrado en su artículo 26.

Es así como una vez consultada la norma, podemos tener un concepto claro de los derechos y deberes que nos asisten como estudiantes y futuros profesionales, dejando claro los objetivos, principios que rigen la educación superior.

De igual manera, nos adentra en temas como: programas académicos, sus campos de acción, modalidades y condiciones, tipos de instituciones, autonomía, condiciones.

Por otro lado miraremos la educación desde los diferentes ámbitos sociales, teniendo como base los grupos a los cuales se puede dirigir.

OBJETIVOS

GENERAL

 Conocer las diferentes normas que regulan la educación superior en nuestro país.

ESPECIFICOS

 Saber en qué artículos constitucionales se reglamenta la educación superior.

 Describir los aspectos más importantes de la Ley 30 de 1992, por medio de la cual se regula el servicio público de la educación superior.

 Detallar los aspectos relevantes de la Ley 115 de 1994, por medio de la cual se expide la Ley General de Educación.

 Analizar le Ley 749 de 2002, Por la cual se organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica profesional y tecnológica, y se dictan otras disposiciones.

 Examinar la Ley 1188, por la cual se regula el registro calificado de programas de educación superior y se dictan otras disposiciones.

JUSTIFICACION

A través de este trabajo se pretende, conocer los criterios que fundamentan la educación en el territorio colombiano, debido a lo cual, nosotros en calidad de estudiantes de derecho de una universidad, sabremos los retos a los cuales nos estamos enfrentando, conociendo desde primer plano los derechos que tenemos, las reglas que rigen nuestra formación como futuros profesionales.

De ahí que las consecuencias, van a ser exigencias de parte y parte (universidad – alumno) respetando los derechos y deberes; nociones claras de qué y cuáles son los establecimientos de educación superior, su objetivos, condiciones tanto de estos como de los programas que ofrecen, la autonomía etc.

LA CONSTITUCIÓN Y LA EDUCACIÓN

Constitucionalmente la educación es un derecho al cual pueden y deben tener acceso todos los individuos del territorio nacional y el estado está en la obligación de suministrar dicho servicio, así como de realizar las gestiones necesarias para que todos los menores la reciban, suministrando medios y mecanismo para el ingreso a las instituciones educativas.

Es así como entre las obligaciones del gobierno sobre el derecho a la educación están: generar educación disponible, accesible, aceptable, y adaptable; a continuación los artículos constitucionales que amparan dicho derecho:

ART. 67. “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.

La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.

Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley.”

ART. 68. “Los particulares podrán fundar establecimientos educativos. La ley establecerá las condiciones para su creación y gestión.

La comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación.

La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. La Ley garantiza la profesionalización y dignificación de la actividad docente.

Los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de educación para sus hijos menores. En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa.

Las integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural.

La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.”

También se encarga la constitución de velar por el aspecto profesional de los individuos que componen la sociedad:

ART. 26. “Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.

Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles.”

ART. 69. “Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley.

La ley establecerá un régimen especial para las universidades del Estado.

El Estado fortalecerá la investigación científica en las universidades oficiales y privadas y ofrecerá las condiciones especiales para su desarrollo.

El Estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior.”

PRINCIPALES NORMAS QUE RIGEN LA EDUCACION SU PERIOR EN COLOMBIA.

Las principales leyes o normas que reglamentan la educación superior en Colombia son:

 Ley 30 de 1992, por medio de la cual se regula el servicio público de la educación superior.

 Ley 115 de 1994, por medio de la cual se expide la Ley General de Educación.

 Ley 749 de 2002, Por la cual se organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica profesional y tecnológica, y se dictan otras disposiciones.

 Ley 1188, por la cual se regula el registro calificado de programas de educación superior y se dictan otras disposiciones.

A la luz de la Ley 30 de 1.992, por medio de la cual se regula el servicio público de la educación superior, contamos con aspectos relevantes tales como:

Artículos 1° al 5° - Principios que rigen la Educación Superior en el país.

Artículo 6° - enumera los objetivos de la Educación Superior y de sus instituciones

Artículo 7° - Los campos de acción de la Educación Superior.

Artículo 8° - Los programas de pregrado y de postgrado.

Artículo 9° - Los programas de pregrado

Artículo 10 al 13 - programas de postgrado, las especializaciones, las maestrías los doctorados y los postdoctorados.

Artículo 14 - Requisitos para el ingreso a los diferentes programas de Educación Superior

Parágrafo. Podrán igualmente ingresar a los programas de formación técnica profesional en las instituciones de Educación Superior facultadas para adelantar programas de formación en ocupaciones de carácter operativo e instrumental, quienes reúnan los siguientes requisitos:

a) Haber cursado y aprobado la Educación Básica Secundaria en su totalidad.

b) Haber obtenido el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje

(SENA), y

c) Haber laborado en el campo específico de

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