LA LEY N° 30364 “LEY PARA PREVENIR, SANCIONAR, ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR”
Magali Soledad Narro LeónMonografía17 de Noviembre de 2017
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INDICE
ANALISIS CRITICO DE LA LEY N° 30364 “LEY PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR” 2
I. INTRODUCCION 2
II. ARGUMENTACION 4
1. BREVE EVOLUCION HISTORICA DE LAS LEYES SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR 4
2. LA LEY N° 30364 “LEY PARA PREVENIR, SANCIONAR, ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR” 6
3. TEMAS CONTROVERTIDOS 15
4. POSTURA PERSONAL 17
III. CONCLUSIONES 18
BIBLIOGRAFIA 18
ANALISIS CRITICO DE LA LEY N° 30364 “LEY PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR”
INTRODUCCION
La Universidad Cesar Vallejo se ha propuesto la meta de Acreditar a todas sus facultades y nuestra Facultad de Derecho ya se encuentra a puertas de dicha acreditación, dentro de este proceso de acreditación es que se han incrementado los eventos académicos en beneficio de sus estudiantes, tal es el caso que el día sábado 19 de junio del presente año se llevó a cabo el seminario de actualización Profesional denominado “Tendencias Actuales del Derecho Civil, Procesal Civil, Penal, Laboral y la Jurisprudencia”- 2016, en el cual se disertaron temas muy importantes de las diversas ramas del Derecho, siendo que uno que llamó de manera especial la atención, fue el desarrollado por la Dra. Wilda Cárdenas Falcón, quien realizó un breve análisis a la ley N° 30364, ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, tema que me motiva para realizar el presente trabajo.
En nuestro país la Violencia Familiar es un tema que ha llegado a índices muy altos, de aquí que nazca el interés del Estado por crear dispositivos legales para prevenir las formas de violencia familiar contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar más vulnerables, como el caso de los niños, los ancianos y las personas con alguna discapacidad física o mental. Dentro de esta preocupación es que se emite una nueva ley que regula este proceso, que además es uno nuevo y de índole muy especial, tan especial que trae como novedades dos formas de violencia familiar que no estaban reguladas hasta el momento por ninguna ley nacional, otra novedad es que ahora puede calificar como delito, en fin una serie de temas que a lo largo del presente ensayo trataremos de desarrollar.
El problema que se plantea con la emisión de esta ley es el relativo a la forma como se sigue el proceso, o más específicamente la forma como termina, es en virtud a este punto que se desenvolverá el desarrollo de este trabajo, ya que existe una suerte de contradicción en la misma ley, pues esta estipula que el Juez de Familia es el competente para dictar Medidas de Prevención y Medidas Cautelares, pero en otro extremo señala que estas medidas quedan sin efecto al momento que el Juez penal emite sentencia absolutoria, por considerar que no existe delito o que este decide si las confirma o no, tema que aparentemente hace ver que el Juez Penal estaría actuando como una suerte de segunda instancia respecto del Juez de Familia, que dicho sea de paso, está obligado a dictar medidas de Prevención sin tener un Certificado Médico, una Pericia Psicológica a la vista, o cualquier otro medio de prueba que demuestre por lo menos que existen indicios que la Presunta Víctima ha sufrido Actos de Violencia Familiar.
Para cumplir con los objetivos plantados en el presente trabajo, se desarrollaran temas como una breve mención a las leyes de violencia familiar que han existido en el Perú, se definirá algunos conceptos implementados por la nueva ley de Violencia familiar, se desarrollara de manera clara y concisa el procedimiento a seguir en estos casos, así como también los temas relacionados con los derechos de la víctimas, las autoridades que están a cargo de vigilancia para que se cumplan las medidas de prevención impuestas por los jueces de Familia, para en última instancia plasmar un comentario personal en el cual se plasme la idea acerca de esta ley, asimismo, se arribará en cinco conclusiones que resuman el presente ensayo de manera clara y sin lugar a malas interpretaciones.
ARGUMENTACION
BREVE EVOLUCION HISTORICA DE LAS LEYES SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR
Este tema ha sido desde siempre un problema en la sociedad, y es que desde tiempos muy antiguos se evidenciaba el maltrato hacia la mujer, esto propiamente por el machismo que existía en ese entonces, la mujer era vista como un objeto, una cosa a la que el hombre bien podía manipular a su antojo, al extremo de llegar a pensar que las mujeres no tenían derechos, pero posteriormente con el paso del tiempo se fueron ganando sus propios derechos después de muchas luchas, derechos como ocupar cargos públicos, a ejercer su derecho al voto, a tener derecho a estudiar igual que los varones, en fin, un catálogo de derechos que ese entonces era imposible pensar que una mujer cuente con los mismos derechos que un hombre.
Es a partir de estos derechos ganados por la mujer que se emiten leyes para su protección, algo que hasta suena ilógico decirlo, ganar derechos y después implantar leyes que protejan esos derechos, algo que debería ser natural y no existir leyes que protegen otras leyes; temas que pasan por la falta de educación quizá, o porque sigue imperando una cultura de machismo en donde se sigue creyendo que el hombre tiene la razón.
Ahora, la Dra. Wilda Cárdenas Falcón explicaba que una de las leyes más antiguas que protegían a la mujer fue la Ley De Protección Contra La Violencia Domestica, que posteriormente esta ley se amplió como una ley netamente que regulaba la Violencia Familiar; luego se emite la ley Contra El Hostigamiento Y Acoso Sexual De La Mujer En El Trabajo (Ley N° 27942), que sanciona el hostigamiento y el acoso a todos los trabajadores, dentro del centro de trabajo, esto ya es un avance muy significativo en lo que se refiere al maltrato de la mujer en el trabajo; posteriormente se emite la ley De Igualdad De Oportunidades, la que regula derechos iguales tanto para los hombres como para las mujeres sin hacer distinción alguna; luego se emite la ley Contra El Feminicidio, esta ley sanciona con pena privativa de libertad al cónyuge o conviviente que mata a una mujer por la condición de su género, es decir aquí ya se brinda una protección más severa con respecto al maltrato contra las mujeres, es espíritu de esta ley se sostiene que fueron los casos en exceso que se daban en el país de hombres que asesinaban a sus esposas o convivientes, pero, que a nuestro parecer no ayudó en nada ya que el problema se debe tratar desde la raíz y no emitiendo leyes que sean con penas elevadas, pues si el agresor no capta el mensaje jamás va a cumplir esas leyes.
Más adelante se emite la Ley N° 30323, que extingue la Patria Potestad de los padres cuando cometan actos de violencia familiar contra la madre o los hijos mismos, otra forma de protección que al parecer tampoco dio muchos resultados, por lo menos no se hicieron notar a la luz de la sociedad; es así que se emite la Ley 30314, que sanciona La Violencia Contra La Mujer En Los Espacios En Público, esta ley no solo está referida a la violencia contra la mujer hacia cualquier persona vulnerable a posibles actos violentos.
Posteriormente se emite la ley N° 30403, que prohíbe El Uso Del Castigo Físico A Los Hijos Y El Trato Humillante, esta ley ha sido publicado el 30 de diciembre del año 2015; atreves de la promulgación de esta ley se crea una norma que reconoce un derecho en el artículo N° 3 - A del Código del Niño y el Adolescente esto es el derecho a vivir en un ambiente sano, el derecho al buen trato. En este punto la ponente expresa su disconformidad en la incorporación de dicho artículo, pues sostiene que fácilmente pudo haber sido incorporado en el artículo N° 3 de la Constitución Política del Estado que tiene que ver con la dignidad de la persona.
En fin, una serie de leyes que se dieron y que algunas siguen vigentes en aras de una protección integral hacia las mujeres y los grupos más vulnerables de nuestra sociedad; y aquí se preguntaran porque no hemos citado como norma histórica a la derogada ley 26260, ley de protección frente a la violencia familiar, esto porque creemos que merece un desarrollo aparte de su contenido ya que de manera histórica es la ley que antecede a la nueva regulación sobre este tema. Es en ese sentido, que la derogada ley ha quedado desfasada producto de los constantes avances de la sociedad, a tal punto que ya no protegía algunas realidades que reclamaban urgente regulación; en la antigua ley de violencia familiar, por ejemplo, no se regulaba la nueva tendencia actual que hoy en día rige en países más avanzados, como es el tipo de violencia familiar económica, es más, solo se concebía la idea de violencia familiar cuando era cometida entre personas que Vivian bajo el mismo techo o que hayan sido pareja o tengan hijos en común, entonces no regulaba en su totalidad la protección a todo el circulo femenino, ya que mujeres no solo son las esposas o las convivientes, son todas las personas que se encuentran en estado de desigualdad frente al varón y por lo tanto merecen de una protección especial para tratar de igualar esa desventaja que existe por el hecho de ser de sexo femenino.
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