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LEY ORGANICA TURISMO -venezuela


Enviado por   •  14 de Marzo de 2013  •  11.069 Palabras (45 Páginas)  •  1.133 Visitas

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LEY ORGANICA DE TURISMO

EXPOSICION DE MOTIVOS

DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY ORGANICA DE TURISMO

La actividad turística en el país no ha tenido la trascendencia necesaria para

convertirse en un factor de desarrollo económico y social debido a que no se ha

considerado como una de las principales actividades económicas generadoras de

divisas, lo que le ha restado importancia porque no se ha tenido en cuenta que el

turismo puede crear una plataforma de desarrollo que puede convertirse en una de las

primeras fuentes generadoras de empleo y, en consecuencia, de armonía social;

además de coadyuvar al conocimiento y a la difusión de valores culturales, que debido

a diversos factores no están al alcance del venezolano.

No se ha tenido la oportunidad de conocer al país en forma integral, dado que la

demanda turística no se ha organizado de manera tal que la mayor parte de la

población pueda acceder al conocimiento de Venezuela ocupando así, de forma

positiva, sus vacaciones.

La Ley Orgánica de Turismo de 1998 otorgó a un solo ente un cúmulo de

responsabilidades que impidieron se desarrollara de manera concurrente y armónica la

actividad turística para que todos pudiéramos conocer al país. Por estas razones, se

decide suprimir el Instituto Autónomo Corporación de Turismo de Venezuela y liquidar

sus bienes con el fin de que el sector privado optimice la operatividad de los bienes

turísticos nacionales que hoy le pertenecen a dicho Instituto.

Por primera vez en la historia constitucional venezolana se le otorga al turismo el

carácter de actividad económica de interés nacional, prioritaria para el país en su

estrategia de diversificación y desarrollo sustentable. Por estas razones, el Ejecutivo

Nacional cumpliendo con el propósito de reorganizar el sistema socioeconómico de la

República creó el Despacho del Viceministro de Turismo y en desarrollo de las

disposiciones constitucionales, dicta el presente Decreto con fuerza de Ley Orgánica de

Turismo.

Este Decreto Ley tiene como norte regular y controlar la política nacional de turismo, lo

que constituye una ley marco del sector siendo su objeto regular la orientación, la

facilitación, el fomento, la coordinación y el control de la actividad turística como factor

de desarrollo económico y social del país, estableciendo los mec anismos de

participación y concertación de los sectores públicos y privados en esa actividad para

lograr el desarrollo humano integral, promoviendo a su vez el Estado, espacios para

que las personas interactúen como usuarios y consumidores de bienes turísticos o

como prestadores de servicios turísticos con el objeto de promover, apoyar y

desarrollar la cultura popular en todos sus aspectos. La finalidad de este Decreto Ley

es, además de establecer los lineamientos generales de acción de los organismos

públicos y privados y preservar y garantizar los intereses del Estado en una actividad

de importancia y trascendencia concreta en la transformación económica y social del

país, regular la organización y funcionamiento del sistema turístico nacional

Se trata de un Decreto Ley que regula la organización y funcionamiento del sector

turístico nacional; porque su ámbito de aplicación comprende los órganos e

instituciones que desarrollan actividades relacionadas con el sector y los prestadores

del servicio turístico; porque modifica la normativa relativa al Fondo Nacional de

Promoción y Capacitación Turística haciéndolo más operativo en su funcionamiento; y

porque establece los mecanismos de participación y concertación del sector público y

privado en el sector.

Igualmente protege la primacía de los valores patrios para contribuir a fortalecer la

identidad nacional; el fomento del respeto al derecho a la recreación; la reciprocidad y

equidad turística a fin de fortalecer la imagen del país en la comunidad internacional y

la solidaridad social; armonizando a su vez la rentabilidad y el progreso económico

sustentable con la conservación del ambiente, la seguridad jurídica y la justicia;

desarrollando normas claras y precisas para el cumplimiento de sus fines y objetivos.

Entre las innovaciones de este Decreto Ley, encontramos que el territorio nacional, en

su conjunto, se considera como una unidad de destino turístico, con tratamiento

integral, en su promoción, dentro y fuera del país y a la imagen de Venezuela, todo,

como destino turístico.

Igualmente, dado el carácter de actividad prioritaria del turismo en su estrategia de

diversificación y desarrollo sustentable, se dispone que los diferentes órganos y entes

de la Administración Central y Descentralizada, en el ámbito de sus competencias,

apoyen

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