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La Demanda


Enviado por   •  25 de Enero de 2015  •  1.289 Palabras (6 Páginas)  •  132 Visitas

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La demanda es el acto de inicio de un proceso judicial, en el cual una persona exige de otra(s) el pago o cumplimiento de una obligación. Generalmente la demanda se presenta por escrito, aunque hay casos en materia Familiar en que se puede recibir la demanda de manera verbal.

REDACCIÓN DE DEMANDA:

Se conoce como el escrito que inicia el litigio y tiene por objeto determinar las pretensiones del actor, mediante relato de los hechos que dan lugar a la acción, invocando el derecho que le fundamenta y petición clara de lo que se reclama.

Es un acto de iniciación procesal que se diferencia de la pretensión procesal en que aquella se configura con motivo de la petición formulada ante un órgano judicial para que disponga la iniciación y el trámite del proceso. No obstante, en la mayor parte de los casos demanda y pretensión se presentan fundidos en un sólo acto. En él el demandante o petición antes solicita la apertura del proceso y formula la pretensión que constituirá objeto de éste. Pero tal simultaneidad no es forzosa como se observa en los casos en que las normas permiten integrar posteriormente la causa de la demanda.

PARTES DE UNA DEMANDA:

Partes de una Demanda:

1.- Rubro

2.- Proemio

3.-Demanda

4.- Capítulo de Prestaciones

5.- Capítulo de Hechos

6.- Capítulo de Pruebas **

7.- Capítulo de Derecho.

8.- Puntos Petitorios.

9.- Firma

** El cual se recomienda siempre presentarlo con el escrito inicial, por que existen ya muchos tipos de juicio que lo exigen y algunos pocos no. Así que para evitar descalabros se sugiere incluirlo desde la primera promoción.

La estructura de la demanda no se establece en el Código, pero implica la existencia de cuatro partes que son:

1.-EL PREÁMBULO:

2.-PRESTACIONES.

Se especifica que es lo que se reclama del demandado

3.-LA EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS.

Es una narración histórica, detallada, su cinta y clara de los hechos

4.-LA INVOCACIÓN DEL DERECHO.

Se refiere a que deben de señalar de manera específica los precep .

ARTICULO 322.- La demanda expresará:

I.- El tribunal ante el cual se promueva;

II.- El nombre del actor y el del demandado.

Si se ejercita acción real, o de vacancia, o sobre demolición de obra peligrosa o suspensión y demolición de obra nueva, o sobre daños y perjuicios ocasionados por una propiedad sobre otra, y se ignora quién sea la persona contra la que deba enderezarse la demanda, no será necesario indicar su nombre, sino que bastará con la designación inconfundible del inmueble, para que se tenga por señalado al demandado. Lo mismo se observará en casos análogos, y el emplazamiento se hará como lo manda el artículo 315;

III.- Los hechos en que el actor funde su petición, narrándolos sucintamente, con claridad y precisión, de tal manera que el demandado pueda producir su contestación y defensa;

IV.- Los fundamentos de derecho, y

V.- Lo que se pida, designándolo con toda exactitud, en términos claros y precisos.

* Litigante: Aquél que se presenta a dirimir un derecho. (No es el abogado, sino el interesado)

Nota: La ley de Amparo sí establece requisitos de fondo y forma que deben cumplirse para que proceda la admisión de la demanda.

En este mismo espacio iremos analizando cada una de las partes de la demanda.

EL RUBRO: Desde un punto de vista meramente práctico, se llama rubro a los datos de identificación de un juicio o asunto. Es decir, el NUMERO DE EXPEDIENTE y el AÑO DEL EXPEDIENTE. El nombre de la parte actora, el nombre del demandado. La clase de Juicio. También ocasionalmente

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