ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Demanda


Enviado por   •  22 de Julio de 2013  •  1.479 Palabras (6 Páginas)  •  268 Visitas

Página 1 de 6

CAPITULO IV

 La Acción. El vocablo acción proviene del latín actio, que significa ejercer, realizar, efecto

de hacer, posibilidad de ejecutar alguna cosa. Para COUTURE, la acción es el poder jurídico que tiene todo sujeto de derecho, de acudir a los órganos jurisdiccionales para reclamarles la satisfacción de una pretensión; ya no es el derecho material del actor ni su pretensión a que ese derecho sea tutelado por la jurisdicción, sino el poder jurídico de acudir a los órganos jurisdiccionales. Para CHIOVENDA la acción es "el poder jurídico de dar vida a la condición para la actuación de la voluntad de la ley". Dice además: "La acción es un poder que corresponde frente al adversario, respecto del cual se produce el efecto jurídico de la actuación de la ley. El adversario no está obligado a ninguna cosa frente a este poder; esta simplemente sujeto a él. La acción se agota con su ejercicio, sin que el adversario pueda hacer nada para impedirla, ni para satisfacerla. Tiene naturaleza privada o pública, según que la voluntad de la ley cuya actuación produce tenga naturaleza privada o pública".

 Acción y Pretensión. La pretensión alude a lo que el sujeto quiere o solicita en relación a un

Derecho o una acción, en esta se involucran dos sujetos; activo el que se empeña en obtener algo y el pasivo quien debe realizar la prestación del activo. Para CARNELUTTI la pretensión es "la exigencia de la subordinación del interés ajeno al interés propio”. Pero no debe confundirse la pretensión con el derecho subjetivo ni con la acción. Por lo tanto:

Acción: Es el poder jurídico que tiene todo sujeto de derecho, de acudir a los órganos jurisdiccionales para reclamar la satisfacción de una pretensión.

Pretensión: Acto de declaración de voluntad exigiendo que un interés ajeno se subordine al propio, deducida ante juez.

Derecho Subjetivo: El derecho subjetivo son las facultades o potestades jurídicas inherentes al hombre por razón de naturaleza, contrato u otra causa admisible en derecho.

 Elementos de la Acción. Los elementos según señala Armando Porras López son

A) El titular de la acción, quien tiene derecho de acudir ante el órgano jurisdiccional a reclamar una pretensión.

B) El órgano jurisdiccional que será competente de resolver controversias

C) El Sujeto pasivo quien deberá someterse a la pretensión del actor.

 Clasificación de las Acciones.

En la actualidad las acciones se clasifican de la siguiente manera.

1. Acciones reales y personales: Las acciones reales tienen por objeto garantizar el

ejercicio de algún derecho real, es decir, aquellas que ejercita el demandante para reclamar o hacer valer un derecho sobre alguna cosa, con plena independencia de toda obligación personal por parte del demandado. Las acciones personales son las que tienen por objeto garantizar un derecho personal, es decir, se deducirán para exigir el cumplimiento de una obligación personal, ya sea de dar, de hacer o de no hacer determinado acto.

2. Acciones de condena, declarativas, constitutivas, cautelares y ejecutivas

Las acciones de condena son aquellas que pretenden del demandado una prestación de dar, hacer o no hacer, su fin esencial es la ejecución del fallo. Las acciones declarativas son aquellas en que el actor pretende terminar con una situación de incertidumbre que gira alrededor del derecho que le sirve de fundamento a la acción. estas acciones consisten en hacer cierto el derecho y no en exigir del demandado una prestación determinada. Las acciones constitutivas son aquellas que se dirigen a obtener la creación, modificación o la extinción de un derecho o una obligación, o una situación jurídica.

Las acciones cautelares, preservativas o preventivas son aquellas que tienen como objeto conservar la futura efectividad de una acción definitiva en la persona o en los bienes del demandado. Las acciones ejecutivas son aquellas que derivan de un documento con cualidades específicas que permite, desde que se ejercitan, antes de la sentencia definitiva, afectar provisionalmente el patrimonio del deudor.

3. Acciones nominadas e innominadas: Las acciones nominadas son aquellas en que

el actor podrá mencionar su denominación legal y le serán aplicables todas las disposiciones que rijan a ese tipo de acción, pues la denominación es útil para identificarla con todas sus consecuencias legales procedentes. Las acciones innominadas son aquellas que el legislador no les previó una denominación determinada pero, que intentada no habrá razón para no considerarla.

 Los Requisitos de la Acción son los siguientes: Existencia de un derecho, violación de un

derecho, capacidad para ejercitar la acción, el interés de actor para deducirla.

De las acciones reales: La reivindicatoria

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.5 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com