La Propiedad Privada
anacamargo5 de Julio de 2014
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PFG ESTUDIOS JURÍDICOS
ALDEA UNIVERSITARIA IUT
SAN CRISTOBAL ESTADO TACHIRA
BASICO CURRICULAR.
PROPIEDAD Y DERECHO
ASESOR.
ABG. ANDREINA ZAMBRANO
DECIMO SEMESTRE ESTUDIO JURIDICO
PARTICIPANTE.
ANA CAMARGO
SAN CRISTOBAL, ABRIL DE 2014
INDICE
INTRIODUCCION
1.- ESTUDIO SOBRE EL ORIGEN DE LA PROPIEDAD. LECTURA DEL CAPITULO IX “BARBARIE Y CIVILIZACIÓN” DEL LIBRO “EL ORIGEN DE LA FAMILIA LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO”. AUTOR: FEDERICO ENGELS. …………………………………………………….. PAG 3
2.- ANÁLISIS CRÍTICO DEL ARTÍCULO: “UN ESCAMOTEO DE LOS JURISTAS, EL CONCEPTO DE PROPIEDAD”, CAPITULO IV DEL LIBRO DERECHO, POLÍTICA Y DEMOCRACIA ……………………………… PAG 5
3.- LA PROPIEDAD SEGÚN LA LEY APROBATORIA DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS “PACTO DE SAN JOSÉ”. ………………………………………………………………………………….PAG 7
INTRODUCCION
Como ya hemos visto, la propiedad, según los doctrinarios, la han clasificado en tres etapas, el salvajismo, la edad media y la edad contemporánea´, a través de las cuales, los seres humanos provistos de una capacidad para crear y discernir cualquier tipo de controversia, con el pasar de los siglos, comienza a agruparse para tomar posesión de lo que considera que es suyo, y consolidar las bases necesarias para garantizar ese derecho. Es decir, a medida que el ser humano siente este derecho, comienza a crear y darle utilidad a los objetos, implanta el sentido de pertenencia, y es a partir de este momento que se comienza a experimentar la necesidad de crear leyes que le permitan regular la titularidad y la tenencia de la cosa. Pero es a partir de la era moderna, que comienza a observarse, el carácter individualista de la propiedad por una parte, y por la otra, la colectividad de la misma por causa de utilidad pública o social. En nuestra Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, específicamente, en su artículo 115, está garantizado el derecho de propiedad, no obstante, este derecho queda limitado en la misma medida que pueda requerirse para un fin publico o social por parte del estado. Razón por la cual es definido el derecho de propiedad como el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se le atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley. Teniendo que clasificarse la misma por su objeto y su naturaleza. Podemos observar, que aun cuando se respete el derecho que tiene un ciudadano sobre la cosa, tal como se dijo con anterioridad, este puede ser expropiado por utilidad pública.
En el mundo y en especial en el continente Americano, la propiedad privada (individual), la han convertido en la única propiedad que tiene validez y eficacia jurídica, en menosprecio de la propiedad colectiva, la cual también es reconocida y garantizada en la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, adoptada y proclamada por la asamblea de las naciones Unidas en su resolución 217 del 10 de diciembre 1948 y que al ser ratificada por Venezuela, adquiere rango constitucional de acuerdo a lo establecido en el art 23 de nuestra constitución .
La constitución vigente, aprobada en 1999, establece aún de manera más clara el derecho-garantía, al no sólo proteger la propiedad sino mencionar de manera explícita sus atributos (uso, goce, disfrute y disposición). Pero con la salvedad de que la vigente Carta Magna fundió dentro del derecho de propiedad, la particularidad de las restricciones y el necesario procedimiento expropiatorio con fines de utilidad pública en una misma disposición.
Por otro lado, en Nuestro Código Civil, establece el derecho sobre la propiedad en su artículo 545, donde me indica el poder que tiene el propietario de disponer, enajenar, trasladar, vender o ceder el bien, siempre y cuando, todo esté dentro del marco legal. Podemos establecer entonces que este derecho es el más completo que se puede tener sobre una cosa, y que el bien queda sometido a la acción y voluntad exclusiva de su propietario, sin más límites que los que marca la Ley
ESTUDIO SOBRE EL ORIGEN DE LA PROPIEDAD. LECTURA DEL CAPITULO IX “BARBARIE Y CIVILIZACIÓN” DEL LIBRO “EL ORIGEN DE LA FAMILIA LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO”. AUTOR: FEDERICO ENGELS.
La civilización es el estadio de desarrollo de la sociedad en que la división del trabajo, el cambio entre individuos que de ella deriva y la producción mercantil, que abarca a una y otra, alcanzan su pleno desarrollo y ocasionan una revolución en toda la sociedad anterior
Según el juicio de Morgan, la civilización nace y subsiste gracias a la propiedad privada, la acumulación de riquezas y como acrecentarlas, proceso que se inicia desde la barbarie.
Engels, hace un análisis del origen y evolución del estado, con motivaciones siempre económicas, y su desaparición en el futuro. Muestra como fue surgiendo el estado y el papel fundamental que tiene este último en la lucha de clases como efecto de las contradicciones de los métodos y medios de producción, y que por ello, el estado es un instrumento de las clases opresoras y por ello debe desaparecer con toda su maquinaria. Asimismo lo dice el propio Engels:
“con la desaparición de las clases, desaparecerá el estado. La sociedad, reorganizando la producción sobre la base de una libre asociación de iguales, enviara toda la maquinaria del estado al lugar que le corresponde; el museo de antigüedades con el hacha de bronce”
Así, se realiza una autentica historia del desarrollo de la familia y las instituciones familiares a lo largo de la historia y las diferentes culturas y sociedades (tribus endogamias-exogámicas, poliandria en los indios iroqueses norteamericanos según el sistema de parentesco..) introduciéndose un orden de evolución cronológica de la humanidad prehistórica, en función de las condiciones de producción de bienes materiales, que serian; salvajismo, barbarie y civilización;
En el salvajismo estamos en el estadio mas básico de la evolución humana en bosques y árboles desarrollando el lenguaje, la pesca y caza, el uso del fuego, la aparición de las primeras viviendas ..
En la barbarie estamos en un estadio intermedio, donde se introduce la alfarería, domesticación y cría de animales, cultivo de plantas, hortalizas y adobes para los hogares. No obstante hace una interpretación un tanto libre de el nivel de desarrollo y coloca en primaria a los asirios con respecto a los americanos al comer los primeros carne y considerarles como mas evolucionados. Sabemos por el desarrollo histórico que ello no fue siempre así y que se equivoco en sus interpretaciones. También aparece la fundición de metales de hierro, el arado y la escritura.
En la civilización es cuando se produce un desarrollo cada vez mayor de elaboración de productos y donde nacen la familia, la propiedad y el estado.
En lo referido a la familia, Engels caracteriza su paso por diferentes etapas y periodos (matriarcado, patriarcado, poligamia, monogamia, poliandria...) y las diferentes formas de familia en función de la relación de esta entre si (consanguínea, sindiasmica, monogámica).
En lo referido a la propiedad privada, mientras que en América no existía, esta si se da en Europa, inicialmente como gens o conjunto de familias, donde el hombre era propietario de animales y esclavos, dominando medios y métodos de producción en una sola mano individual fomentando el nacimiento de la propiedad individual. Para perpetuar esta división social de unos que se apoderan de los medios, nace una institución, que es el estado.
En lo referido al estado, nace como juez y método para asegurar la propiedad privada sobre la producción de unos pocos, y como método de control por parte de los gobiernos, lo cual puede conllevar, como en el imperio romano a una gran concentración de poder. Así, el estado lo inventan los poderosos para dominar a los siervos y esclavos, lo que luego según el cambio de métodos de producción, serán los obreros y proletarios asalariados.
ANÁLISIS CRÍTICO DEL ARTÍCULO: “UN ESCAMOTEO DE LOS JURISTAS, EL CONCEPTO DE PROPIEDAD”, CAPITULO IV DEL LIBRO DERECHO, POLÍTICA Y DEMOCRACIA
El libro contiene una teoría dialéctica: intereses, ideologías y derecho. Los derechos fundamentales del hombre como límite de la ley. Crítica del contenido de la enseñanza del derecho. Un escamoteo de los juristas: el concepto de propiedad. Bases para una auténtica democracia. Una experiencia desoladora: las circunstancia políticas en Chile. El difícil camino de la legalidad. Desestabilización, caída e involución.
Eduardo Novoa Monreal es uno de los personajes más apasionantes de la historia reciente de nuestro país. Un inteligente jurista, profesor de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, iusnaturalista en un principio, que se constituye en el principal artífice de la estrategia jurídica de la Unidad Popular, aquélla de los resquicios legales. Consistía
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