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La Sancion


Enviado por   •  26 de Junio de 2014  •  1.754 Palabras (8 Páginas)  •  3.506 Visitas

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SANCION DIRECTA

En el presente modelo de sación directa, el orden de las diligencias está dada de la siguiente manera:

1°) descargo del imputado “acta in voce” - 2°) sanción directa - 3°) notificación de la sanción - 4°) escrito de reconsideración - 5°) confirmación de la sanción impuesta - 6°) notificación de la confirmación de la sanción - 7°) escrito de apelación al superior inmediato del que sanciona.

Dejo como tarea para el lector, redactar el proveído mediante el cual se resuelve la apelación planteada por el infractor.

1°) descargo del imputado “in voce”

2°) sanción directa

3°) notificación de la sanción

4°) escrito de reconsideración

5°) confirmación de la sanción impuesta

6°) notificación de la confirmación de la sanción

7°) escrito de apelación al superior inmediato del que sanciona

ACTA DE DESCARGO “IN VOCE”

En la localidad de Pereyra Iraola, partido de Berazategui, provincia de Buenos Aires, República Argentina, a los 21 días del mes de abril de 2010, en el asiento de la seccional decimoquinta de Policía, siendo las 21.20 horas el suscripto Oficial Principal Cristian VERACRUZ secundado por la oficial subayudante Valentina ZABALA en carácter de secretario de actuaciones, en el marco de lo estipulado en el artículo 217 del Decreto 1050/09, a los fines de recepcionar descargo “in voce”, sobre la conducta constatada por el suscripto en oportunidad que se desempeñara como oficial de servicio en esta dependencia publica con fecha 28 de abril de 2010, donde escuchó decir al compareciente Oficial de Policía (E.G.) Gerardo LUZ, legajo N° 199.999 de este numerario, y en presencia de otros subordinados, que “no iría porque siempre lo designan a él”; refiriéndose cuando el encargado de tercio teniente 1° Julio RAMOS lo comisionó para que lleve una I.P.P. a la fiscalía. Habiendo tomado razón de lo antes expuesto, manifiesta en carácter de Descargo: “que no fue mi intención faltarle el respeto al teniente 1° Julio RAMOS. Me expresé de esa manera porque estaba cansado y sin dormir dado que la noche anterior había estado cubriendo un servicio polad, pero lo peor de todo fue que el encargado de tercio la guardia anterior me había dado permiso para retirarme a horario parta asistir a la fiesta de cumpleaños sorpresa que con mis hermanos le preparamos hoy a mi madre, a la cual ya no voy a llegar. Estoy cansado, ya no quiero seguir siendo disponible”. El suscripto le informa que lo primero que debe aprender es el respeto, ya que con su actitud deshonró el uniforme policial, instándolo a observar en todo momento las pautas disciplinarias correspondientes, máxime cuando se trata de sus superiores, y que ante todo primero está el servicio. Habiendo finalizado la audiencia de descargo, a las 21.40 horas se procede a labrar la presente acta la que leída a viva voz y firmada por sus intervinientes es ratificada y firmada por los mismos para legal constancia.

VISTO: que en el día de la fecha, siendo las 17 horas, el suscripto en circunstancias que se desempeñaba como oficial de servicio, constató que el teniente 1° Julio RAMOS quien se desempeña como encargado de tercio, le ordenó al oficial de policía Gerardo LUZ, el cual cumple funciones de disponible en el horario de 8 a 20 horas, que lleve las actuaciones judiciales correspondiente a una investigación penal preparatoria N° 123.333 caratulada “RODOLFO PEREZ Víctima de Homicidio” al juzgado de garantías N° 3 del Departamento Judicial de la Plata, en razón que el funcionario interviniente estaba requiriendo con urgencia dicha elevación. Cuando el oficial LUZ recibe la orden de llevar a cabo dicha tarea, le manifiesta al encargado de tercio que “estaba cansado de ir siempre a todos lados, acaso no hay otros disponibles, no quiero ser mas disponible”, debiendo de intervenir el suscripto en la situación, procediendo el causante a dar cumplimiento a la diligencia ordenada. Y ...

CONSIDERANDO: que la actitud puesta de manifiesto por el oficial Gerardo LUZ no es la esperada por parte de un efectivo de esta Institución, encuadrando dicha conducta en una transgresión a prima facie a lo normado por el artículo 193 inciso f, del decreto reglamentario 1050/09, cuyo texto reza: “...Hacer observaciones, quejarse, reprochar, o discutir por medios no autorizados, de palabra o por escrito, actos u órdenes del superior”.

Que merituándose los atenuantes y agravantes conforme a lo normado en el artículo 178 y 179 del decreto reglamentario 1050/09, se considera como atenuante el inciso c) del artículo 178 que establece:…“Que la trasgresión no haya producido consecuencias graves para la Institución, o la integridad física de las personas o sus bienes….” y como agravante lo establecido en el artículo 179 inciso a) que expresa: “….la participación en los eventos de personas ajenas a la Institución, especialmente menores de edad y subalternos, o en presencia de estos últimos….”, ello en atención a la presencia de subordinados que observaron la situación al momento de los hechos.

Que atento a lo dispuesto en el artículo 217 del Decreto 1050/09, se ha llevado a cabo la entrevista “in voce”, para que el encartado produzca su descargo, conforme

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