La palabra ciencia deriva de la palabra del latín scientia que significa conocimiento
TatjanaTarea5 de Noviembre de 2015
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CONCEPTO DE CIENCIA Y CIENCIA JURÍDICA
- Conceptos de ciencia, teoría y filosofía.
La palabra ciencia deriva de la palabra del latín scientia que significa conocimiento, misma que está compuesta por scire (saber), nte (aquel que hace la acción) y el sufijo ia (cualidad, como la inteligencia). De acuerdo a la Real Academia de la Lengua Española, ciencia es un conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento sistemáticamente estructurados y de los que se deducen principios y leyes generales. La ciencia se centra en el deseo de encontrar explicaciones que sean al mismo tiempo sistemáticas y controlables por elementos de juicio. La ciencia busca resolver hechos o problemas que así lo requieran mediante respuestas adecuadas a través de la observación, la hipótesis y la prueba.
Según Mario Bunge, filósofo argentino, la ciencia es un conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento, de los que se deducen principios y leyes generales. En su sentido más amplio, se emplea para referirse al conocimiento en cualquier campo, pero que suele aplicarse sobre todo a la organización de un proceso experimental verificable. El conocimiento científico es verificable por medio de la investigación, a través de la cual el hombre ha alcanzado una reconstrucción conceptual del mundo que es cada vez más amplia, profunda y exacta.
Por otra parte, palabra teoría, deriva de la palabra griega θεωρία y se refiere a un pensamiento especulativo. Según la RAE, la teoría es un conocimiento especulativo considerado con independencia de toda aplicación, además de ser una serie de leyes que sirven para relacionar determinado orden de fenómenos así como hipótesis cuyas consecuencias se aplican a toda una ciencia o a parte muy importante de ella.
La filosofía, es una palabra de origen griego del latín philosophĭa, y del griego antiguo φιλοσοφία, que quiere decir “amor por la sabiduría”, misma que la RAE define como un conjunto de saberes que busca establecer, de manera racional, los principios más generales que organizan y orientan el conocimiento de la realidad, así el sentido del obrar humano.
2.1.1. Relación entre ciencia, teoría, filosofía y praxis.
De acuerdo a las definiciones expuestas anteriormente, es importante mencionar que de facto existe una relación directa entre la ciencia y la teoría, pues al ser la ciencia un conjunto de conocimientos que se derivan de razonamientos, se vuelve necesario que exista “detrás” de ella un método que explore las diferentes alternativas que se tienen para llegar al conocimiento deseado. Para ello, es imperante que existan teorías, mismas que son el punto de partida al llevar a cabo una investigación mediante el método científico.
No puede llevarse a cabo un experimento o estudio, si no se tiene un idea, al menos especulativa, del por qué se generaron algunos fenómenos, o de lo que podría ser la cura para un enfermedad, el origen de un suceso, el primer lugar en donde se suscitó un evento importante, el movimiento o curso de algún objeto si se mueve de cierta forma, la fuerza que tendrá, o la dirección que llevará, etc.
Para poder llegar a una respuesta y posteriormente empezar con el experimento o estudio, es importante, como mencionamos anteriormente, contar con una teoría; de esta forma, tendremos una idea más clara de dónde estamos y hacia donde queremos llegar.
Ahora bien, si una teoría nos lleva a poner en acción algo que creemos que puede ser el origen del conocimiento, entonces estamos hablando de la praxis,
palabra que tiene un origen griego, y que quiere decir práctica, o que se opone a la teoría.
En pocas palabras, la praxis es la etapa de la investigación científica en que las ideas o teorías se llevan a una etapa experimental o física.
Según Alberto F. Senior, cuando el conocimiento no restringe su ámbito o campo, sino que se extiende a la totalidad de las cosas de la existencia, entonces se llama filosofía.
En este sentido, podríamos decir que mientras que la ciencia se enfoca siempre en un campo de conocimiento específico, la filosofía busca el saber absoluto y universal.
2.1.2. Identificar los niveles de conocimiento en el Derecho.
Antes de abordar los niveles de conocimiento del Derecho, nos parece importante definir la palabra “conocimiento”, según Leoncio Lara Sáenz, “el conocimiento puede ser considerado como el pensamiento resultante de la relación que se establece entre un sujeto que conoce y un objeto por conocer.
De acuerdo con Aníbal Bascuñán Valdez, “la relación de conocimiento que se establece entre un agente y el mundo exterior, puede ser el producto de la apreciación subjetiva y sensorial del objeto que se conoce, en cuyo caso el nivel de conocimiento es llamado primario o vulgar; o bien la relación de dicho objeto puede ser explicada, descrita y valorada, en cuyo caso se ejerce el raciocinio, para obtener conclusiones y referencias del objeto de conocimiento, este nivel de conocimiento es denominado racional o crítico.
Puede haber distintos tipos de conocimiento racional o crítico, dentro de ellos se encuentran la ciencia, la filosofía y el conocimiento empírico-técnico.
Ahora bien en lo que respecta a los niveles de conocimiento en el derecho, de acuerdo a Antonio M. García, el conocimiento jurídico se divide en cuatro según el grado de abstracción utilizado en los razonamientos. Dichos niveles son el filosófico, el científico, el técnico y el prudencial.
El nivel filosófico: Es el de mayor abstracción pues se interroga qué es el Derecho, qué es la Justicia, cuál es el fundamento de la ciencia jurídica, cuál es su lugar en el sistema de las ciencias y por tanto su método.
Se trata pues, de la filosofía del derecho, que consiste en una reflexión filosófica sobre el Derecho y por tanto no es Derecho sino Filosofía, y a este nivel, se encuentran la ética y la política.
El nivel científico: A este nivel se han acumulado conocimientos en torno a la dogmática jurídica, que es el conjunto de saberes científicos sobre el Derecho que son independientes del Derecho positivo de los Estados. Se ha ido formando a lo largo del tiempo mediante un proceso mental de parte de los juristas del Derecho. Como toda ciencia utiliza un método analítico.
El nivel técnico: Consiste en el desarrollo más práctico y concreto de los contenidos del nivel científico, se trata de la técnica jurídica.
Son instrumentos o mecanismos que se han ideado para hacer efectivos los postulados científicos y filosóficos del Derecho. En el conocimiento jurídico, el nivel científico y el técnico se diferencian en la menor abstracción de la técnica, ya que toda técnica busca la efectividad y el saber práctico, su fin es la eficacia.
El nivel prudencial: Es en pocas palabras, la aplicación del Derecho a la vida real. Es inmediatamente práctico y sintético. En el cabe incluir desde el acto de legislar, el acto de dictar sentencia propia de un juez, o el acto de ejercitar un derecho o cumplir una obligación, todos ellos actos de la prudencia jurídica.
Derecho, Estado y Constitución. García Cuadrado, Antonio M.
2.2 CLASIFICACION Y CARACTERISTICAS DE LA CIENCIA
Características de la Ciencia
La ciencia se caracteriza porque es:
- Descriptiva, explicativa y predictiva: porque describe los fenómenos que estudia, explica su funcionamiento y anticipa cómo se comportarán en el futuro.
- Metódica y sistemática: porque utiliza métodos para dar cuenta de sus investigaciones y se articula dentro de un sistema de teorías que le sirven de fundamento.
- Contrastable: ya que sus teorías y sus métodos son públicos.
- Clara y precisa: porque sus explicaciones evitan ser ambiguas.
- Objetiva: porque procura descubrir la verdad sin admitir elementos que vicien los resultados como pueden ser las apreciaciones subjetivas del investigador.
- Provisoria: porque da cabida a que el conocimiento probado hoy pueda ser refutado mañana.
- Crítica: permite el cuestionamiento permanentemente el saber provisorio que aún no ha sido refutado.
Clasificación de la ciencia
Existen varias formas de clasificar a la ciencia, dependiendo de los autores, de los criterios y del ámbito de aplicación de la ciencia.
Se habla de una clasificación entre ciencias formales y ciencias fácticas, tomando en cuenta para esta división tanto el objeto de estudio, El tipo de enunciados así como el método utilizado para validar las hipótesis. En general, se puede decir quelas ciencias formales se encargan de estudiar aspectos reales que no tienen existencia real, mientras que las ciencias fácticas se ocupan del estudio de los hechos, los procesos, los objetos y las cosas, que son fenómenos que podemos observar y manipular, en algunos casos. Rubén Pardo define los elementos que se han de tomar en cuenta como parte de una disciplina científica, en los que se puede distinguir las diferencias: “Al hablar de objeto de estudio, se hace referencia al ámbito de la realidad que se pretende estudiar, por ejemplo: los seres vivos para la biología, o el movimiento de los cuerpos celestes para la astronomía. El método se relaciona con el procedimiento a seguir para el logro de conocimientos, para su justificación y comprobación. El tipo de enunciados hace referencia al tipo de proposiciones ya sean analíticas o formales, es decir, aquellas vacías de contenido y materia, y sintéticas, que son las que hacen referencia de alguna manera a fenómenos, sucesos o procesos fácticos.”
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