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Las Autoridades Fiscales Y Su Competencia


Enviado por   •  15 de Agosto de 2014  •  2.320 Palabras (10 Páginas)  •  4.663 Visitas

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1. LAS AUTORIDADES FISCALES Y SU COMPETENCIA

El reglamento interno de la servicio de administración tributaria en su artículo primero nos habla de la competencia y organización de este público y nos dice que el servicio de administración tributaria, como órgano desconcentrado de la secretaría de hacienda y crédito público tiene a su cargo el ejerció de las facultades y el despacho de los asuntos que le encomienda la ley del servicio de administración tributaria y los distintos ordenamientos legales aplicables, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y ordenes del Presidente de la Republica y los programas especiales y asuntos que al secretario de hacienda y crédito público le encomienda ejecutar.

Las administraciones generales estarán integradas por sus titulares y por administradores centrales, coordinadores, administradores, subadministradores, jefes de departamento, enlaces, supervisores, auditores, ayudante de auditor, inspectores, abogados tributarios, ejecutores, notificadores, verificadores, oficiales de comercio exterior y aduanera.

La Competencia de las Autoridades Administrativas en Materia Fiscal: Es el conjunto de atribuciones o facultades que les incumben a cada una de ellas, las cuales se encuentran establecidas en disposiciones legales que delimitan su campo de acción y generan certeza a los gobernados sobre los órganos del Estado que pueden, válidamente, afectar su esfera jurídica. En materia fiscal las encontramos en (las leyes fiscales, leyes fiscales especiales, reglamentos, decretos, acuerdos y demás normas fiscales). En los que se especifican con claridad y precisión las facultades que a cada autoridad le corresponden.

2. LAS FACULTADES DEL EJECUTIVO FEDERAL EN MATERIA FISCAL

El artículo 39, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, establece que el Ejecutivo Federal, mediante resoluciones de Carácter general, podrá dictar las medidas relacionadas con la administración, control, forma de pago y procedimientos señalados en las leyes fiscales, sin variar las disposiciones. Relacionadas con el sujeto, el objeto, la base, la cuota, la tasa o tarifa de los gravámenes, las Infracciones o las sanciones de los mismos, a fin de facilitar el cumplimiento de las Obligaciones de los contribuyentes. Ahora bien, es inexacto que este precepto permita al Ejecutivo Federal variar las disposiciones de las leyes fiscales cuando no se relacionan con el sujeto, el objeto, base, cuota, tasa o tarifa de los gravámenes, infracciones o sanciones de los mismos, pues el propio precepto debe interpretarse en consonancia con el artículo 89, fracción I, de la Constitución Federal, de manera que si de acuerdo a este último precepto, la facultad reglamentaria del Presidente de la República consiste en proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de las leyes, es evidente que en ningún caso está facultado para modificar o variar sus disposiciones a título de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, ni aun en el supuesto de que esas disposiciones no guarden relación con el sujeto, objeto, base, cuota, tasa o tarifa de los gravámenes, o con dichas infracciones o sanciones.

3. EL ESTABLECIMIENTO DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA Y LAS TÉCNICAS LEGALES PARA ATRIBUIRLES COMPETENCIA

La creación de la autoridad administrativa puede realizase de dos formas:

a) Que la misma ley de existencia jurídica

b) Mediante la facultad reglamentaria que tiene el ejecutivo federal con fundamento el articulo 89, fracc I de la Constitucion que le permite llevar a la a ley a su debida observancia, lo cual se puede realizar por decreto o acuerdo.

c) La técnica legal para atribuir competencia ala autoridad administrativa consiste en delimitar con exactitud la materia y atribuciones que van a otorgarse a la autoridad a la cual se da existencia jurídica; por ejemplo, en el ámbito fiscal pueden ser:

En consecuencia, técnicamente acorde con las situaciones peculiares de cada caso, la creación de las autoridades impositivas se puede realizar por: ley, reglamento, decreto y acuerdo.

4. LA ADMINISTRACIÓN FISCAL DE LA FEDERACIÓN, DE LOS ESTADOS, DEL DISTRITO FEDERAL Y DE LOS MUNICIPIOS.

En esta parte, únicamente se hará mención a las autoridades competentes en el ámbito impositivo, que son:

Federal

• Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

• Servicio de administración tributaria.

Estatal

• Secretaria de Finanzas o su homóloga.

• Tesorería.

Distrito Federal

• Secretaria de Finanzas.

• Tesorería.

Municipales

• Tesorería municipal.

Dichas autoridades están en interrelación constante y dinámica, por lo que adquieren importancia los convenios o acuerdos de coordinación que deben celebrar para que aquéllas tengan mejor eficacia y consistencia con su actividad hacendaria.

5. LOS ORGANISMOS AUTORIDADES FISCALES Y LAS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPALES

Organismos autónomos de la administración centralizada con competencia en materia fiscal

Los organismos autónomos son fundamentalmente:

• El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

• El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social)

Entre las obligaciones que tienen los patrones según la Ley del Instituto Mexicano del Seguro

Social están:

a) Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás , datos, dentro de los plazos no mayores de cinco días hábiles, conforme a las disposiciones de dicha ley y sus reglamentos.

b) Determinar las cuotas obrero-patronales a su cargo y enterar su importe al instituto.

c) Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el instituto, las cuales se

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