Las Normas de Auditoria Gubernamental
jguadiamusDocumentos de Investigación15 de Abril de 2013
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NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL (NAGU)
Las Normas de Auditoria Gubernamental son de cumplimiento obligatorio, bajo responsabilidad, por los auditores de la Contraloría General de la República, de los Órganos de Auditoría Interna de las entidades sujetas al Sistema y de las Sociedades de Auditoría designadas por el organismo superior de control. Asimismo, son de observancia, por los profesionales y/o especialistas de otras disciplinas que participen en el proceso de la auditoria gubernamental.
CLASIFICACION
NAGU.1 - NORMAS GENERALES: CUALIDADES, CALIFICACIÓN Y CALIDAD DEL TRABAJO DEL AUDITOR.
NAGU. 1.10 ENTRENAMIENTO TECNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL:
El entrenamiento técnico constituye la preparación en las técnicas de auditoria y la constante actualización profesional, así como el desarrollo de habilidades necesarias para asegurar la calidad del trabajo de auditoria. La competencia profesional es la cualidad que caracteriza al auditor por el nivel de idoneidad y habilidad profesional, para efectuar su labor.
NAGU. 1.20 INDEPENDENCIA:
El auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la entidad examinada y se mantendrá libre de cualquier situación que pudiera señalarse como incompatible con su integridad y objetividad.
NAGU. 1.30 CUIDADO Y ESMERO PROFESIONAL:
El debido cuidado y esmero profesional significa emplear correctamente el criterio para determinar el alcance de la auditoría y para seleccionar los métodos, técnicas y procedimientos de auditoría que habrán de aplicarse en ella.
NAGU. 1.40 CONFIDENCIALIDAD
El auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la información que conozca en el transcurso de su trabajo.
Sólo podrá acceder a la información relacionada con el examen, el personal vinculado directamente con la dirección y ejecución del trabajo de auditoría. Esta obligación subsistirá aún después de cesar en sus funciones.
NAGU. 1.50 PARTICIPACIÓN DE PROFESIONALES Y/O ESPECIALISTAS
Los profesionales y/o especialistas, son personas naturales o jurídicas, que poseen idoneidad, conocimiento y experiencia en determinado campo técnico distinto al ejercicio de la Auditoría gubernamental.
Integrarán el equipo de auditoría, en calidad de apoyo, cuando sus servicios se consideren necesarios para el desarrollo del examen. Al término de su trabajo deberán alcanzar un Informe documentado, que incluya las respectivas conclusiones, observaciones y recomendaciones, en concordancia con los objetivos del examen y la normativa vigente.
NAGU 1.60 CONTROL DE CALIDAD
Los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control y las Sociedades de Auditoría designadas, que ejecuten Auditoría Gubernamental de acuerdo con estas normas, deben establecer y mantener un adecuado sistema de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable que la Auditoría se ejecuta en concordancia con las NAGU, el Manual de Auditoría Gubernamental y las Guías de Auditoría.
• CONTROL DE CALIDAD INTERNO, La CGR, los Órganos de Auditoría Interna, conformantes del Sistema Nacional de Control, y las Sociedades de Auditoría designadas, deben establecer un apropiado sistema de control sobre:
a) Controles antes de la auditoria que conlleva: selección, capacitación y entrenamiento de los auditores; y cualidades personales.
b) Controles durante el desarrollo de la Auditoría
c) Controles después de culminada la Auditoría.
• CONTROL DE CALIDAD EXTERNO, La Contraloría General de la República, adoptará las políticas y procedimientos que permitan efectuar periódicamente el control de calidad externo de los Órganos de Auditoría Interna y de las Sociedades de Auditoría designadas. Debe incluir entre otros, la revisión de los informes de auditoría y los correspondientes papeles de trabajo, así como, la idoneidad de los programas de capacitación y entrenamiento.
NAGU.2 - NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL
NAGU. 2.10 PLANIFICACION GENERAL
La Contraloría General de la República y los Órganos de Auditoría Interna conformantes del Sistema Nacional de Control, planificarán sus actividades de auditoría a través de sus Planes Anuales. Aplicando criterios de materialidad, economía objetividad y oportunidad, y evaluarán periódicamente la ejecución de sus planes.
El citado Plan es de naturaleza reservada. La Contraloría General y los Órganos de Auditoría Interna conformantes del Sistema evaluarán periódicamente la ejecución de los Planes Anuales de Auditoría, formulando el correspondiente Informe.
NAGU 2.20 PLANEAMIENTO DE LA AUDITORIA
El trabajo del auditor debe ser adecuadamente planeado a fin de asegurar la realización de una auditoría de calidad, debe estar basado en el conocimiento de las actividades que ejecuta la entidad a examinar, así como el análisis del entorno en que se desarrolla, el tipo de auditoría a efectuarse y las disposiciones legales vigentes y aplicables.
El planeamiento se inicia a partir de la evaluación de la información del archivo permanente a fin de que permita completar la información necesaria para la mejor comprensión y conocimiento de sus principales objetivos, funciones, etc. de la entidad.
Durante la ejecución, al terminar la recolección y estudio de la información de la auditoria, el auditor documentara su trabajo mediante: La actualización del Archivo Permanente y la Emisión del plan y programas de Auditoría para ejecutar el trabajo de campo.
NAGU 2.30 PROGRAMAS DE AUDITORIA
Incluyen los objetivos, procedimientos que deben aplicarse, naturaleza, alcance y oportunidad de su ejecución, así como el personal encargado de su desarrollo. Los programas de auditoría comprenden una relación lógica, secuencial y ordenada de los procedimientos a ejecutarse, su alcance, el personal y el momento en que deberán ser aplicados, a efectos de obtener evidencia competente, suficiente y relevante, necesaria para alcanzar el logro de los objetivos de auditoría.
Son flexibles con el fin de modificarse durante el proceso de la auditoría. Los programas de auditoría guían la acción del auditor, sustentan la determinación de los recursos necesarios para efectuar la auditoría, su costo y los plazos que demanda su ejecución.
Estos debe ser lo suficientemente detallado suficientemente detallados. La responsabilidad de la elaboración y modificación recae sobre el auditor supervisor y al nivel jerárquico superior.
NAGU 2.40 ARCHIVO PERMANENTE
Es la información básica de la entidad o área a auditar, sobre la cual se deberá mantener un conocimiento actualizado de las actividades que se llevan a cabo, su estructura organizacional, el marco legislativo que le es aplicable, así como, las áreas criticas, los componentes sujetos a examen y el cumplimiento de sus logros y metas; a fin de efectuar un planeamiento y programación de auditoría efectiva.
Excepción: En las Sociedades de Auditoría esta norma no es aplicable debido a que sus exámenes, se supeditan a la designación de la Contraloría General, debiendo limitarse a mantener el archivo correspondiente a las auditorías que hayan realizado en armonía con la normativa vigente.
NAGU.3 - NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL
Este grupo está integrado esencialmente por normas utilizadas en la realización de la auditoría, tienen el propósito que las pruebas y demás procedimientos que se seleccionen, según el criterio profesional del auditor sean apropiados en las circunstancias para cumplir los objetivos de cada auditoría.
3.10 EVALUACIÓN DE LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO
La estructura del control interno es el conjunto de planes, métodos, procedimientos y otras medidas, incluyendo la actitud de la dirección de una entidad, para ofrecer seguridad razonable, respecto a que están lográndose los objetivos del Control Interno. Se debe efectuar una apropiada evaluación para formarse una opinión sobre la efectividad de los controles internos implementados, determinar el riesgo de control, identificar las áreas críticas e informar al titular de la entidad de las debilidades detectadas recomendando las medidas que correspondan para el mejoramiento de las actividades institucionales.
La Estructura de Control Interno:
a) Ambiente de Control: Los órganos de dirección y de la administración de una organización estimulan e influyen en su personal para crear conciencia sobre los beneficios de un adecuado control.
b) Evaluación del Riesgo Consiste en la forma como la entidad identifica, analiza y administra los riesgos que afectan el cumplimiento de sus objetivos.
c) Actividades de Control Gerencial: Son las políticas y procedimientos de control que imparte la dirección, gerencia y los niveles ejecutivos competentes, en relación con las funciones asignadas al personal, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos de la entidad.
d) Sistema de Información y Comunicación: Son los métodos y procedimientos establecidos por la administración para procesar apropiadamente la información y dar cuenta de las operaciones de la entidad para fines de toma de decisiones.
e) Actividades de Monitoreo: La administración es responsable de implementar y mantener el control interno para lo cual evalúa la calidad del mismo en el tiempo, a fin de promover su reforzamiento de ser necesario.
NAGU. 3.20 EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS
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