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Enviado por   •  22 de Septiembre de 2015  •  Trabajos  •  2.464 Palabras (10 Páginas)  •  325 Visitas

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CASTILLO RAMÍREZ, DEMETRIO HUGO

                 VS.

GRAFICOS VERBLAN Y/O VARGAS FLORES JOSE

INICIAL:

C. PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN

Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL.

P R E S E N T E.

                            DEMETRIO HUGO CASTILLO RAMÍREZ, por mi propio derecho, autorizando al Profesionista PEDRO ZAVALETA FUENTES, en términos de lo dispuesto en la Carta Poder que se acompaña al presente escrito, otorgada de conformidad con los artículos 692 y 696 de la Ley Federal del Trabajo, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de Notificaciones y Documentos, aún los de carácter Personal, así como todo tipo de valores, en términos de lo dispuesto por el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo, el ubicado en Calle de Hernández y Dávalos, Número 86, en la Colonia Algarín, en el Perímetro de la Delegación Cuauhtémoc, en esta ciudad;  y autorizando para los mismos efectos a los C.C. LIC. Y P.D. JORGE ARNULFO GIL BAUTISTA, MARÍA ISABEL LÓPEZ OLMOS, JUAN MANUEL SIERRA CRUZ Y ALBERTO SANTIAGO RODRÍGUEZ, conjunta o indistintamente, ante usted con el debido respeto, comparezco y expongo:

                             Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 123 Fracción XXII Constitucional, 48, 50 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo, vengo a demandar de  GRAFICOS VERBLAN  y/o quienes resulte ser patrones o responsables o propietarios de la Negociación referida, Y JOSE VARGAS FLORES, mismos  quienes pueden ser debidamente emplazados en  Bioloso Martínez Máximo, Número 3600,  Calle Kelvin, Número 27 Primer Piso, en la Colonia Anzures, C.P. 11590, en la Delegación Miguel Hidalgo, en la ciudad de México, Distrito Federal;  la demanda se interpone por haber dado motivos al separar injustificadamente a la parte Actora,  cuando estaba en cumplimiento de la relación obrero patronal, sin motivo alguno y sin darle el aviso por escrito de las causas del despido y el mismo  otorga pleno derecho a reclamar  el pago y cumplimiento de las siguientes:

P   R   E   S   T   A   C   I   O   N   E   S

                        A).- El pago de la Indemnización Constitucional, consistente en Tres meses de salario integro percibido por mi al Servicio de los demandados, así como el pago de los salarios caídos que se generen a mi favor, originados  con motivo del despido injustificado de que fue objeto el actor por parte de los demandados, debiéndose cuantificar dichos Salarios desde la fecha del Injustificado despido y hasta que se cumplimente el laudo que esta H. Junta dicte, debiéndose asimismo tomar en cuenta los aumentos y/o mejoras que el referido salario llegará a sufrir en el periodo mencionado.

                        B).- La entrega del Contrato Individual de Trabajo que me corresponde, suscrito con los demandados en fecha Veintidós de Septiembre de Dos Mil Tres, con motivo de la relación de trabajo, de conformidad con el artículo 24 de la Ley Federal del Trabajo, que determina que deberá quedar un tanto en poder de cada parte.

                        C).- El pago de la prima de antigüedad que le corresponde al actor, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.

                        D).- El pago de las vacaciones y prima vacacional, en términos de lo dispuesto por los artículos 78, 80 y  demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo,  que no le fueron pagados cuando fue despedido el actor injustificadamente de su trabajo.

                        E).- El pago de aguinaldo, de conformidad con lo pactado y que al momento del injustificado despido de que fue objeto el actor, no se le cubrió.

                        F).- El pago de los días de descanso obligatorio que nunca le fueron pagados al actor.

                        G).- El pago de Veinte Días por año laborado, pactado en el contrato individual de trabajo, que firmo el actor a los demandados, para el momento en que dejara de laborar y terminara la relación de trabajo, por cualquier motivo.

                        H).- La entrega de la constancia escrita relativa a los servicios prestados  para los demandados, de conformidad con la Fracción VII del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

                        I).- La declaración de Nulidad que haga esta H. Junta, respecto a cualquier documento que la demandada exhiba en juicio y que contenga renuncia de mis derechos laborales, lo anterior en virtud de que los demandados tienen por costumbre hacer firmar hojas en blanco e incluso la renuncia anticipada a los trabajadores, condicionando la entrega y/o permanencia en el trabajo a la firma de estos documentos.    

                        J).- La entrega por parte de los demandados, de las constancias de mi inscripción ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, INFONAVIT, SAR y SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO, así como de las aportaciones a dichos organismos de seguridad social, correspondientes a todo el tiempo que duró la relación de trabajo, y para el caso de que los demandados hubieran omitido llevar acabo dichas inscripciones  y/o aportaciones ME RESERVO EL DERECHO a demandar el cumplimiento retroactivo de dichas prestaciones a partir de le fecha de inicio de la prestación de los servicios del hoy actor para los demandados, debiéndose llamar a juicio en tal situación a los Organismos Públicos antes mencionados, como Terceros interesados para que manifiesten lo que a su derecho convenga, quienes pueden ser debidamente citados en Paseo de la Reforma Número 476, Cuarto y Quinto Pisos, así como en todo el Edificio, en la Colonia Juárez, por cuanto hace al IMSS, por cuanto hace al INFONAVIT, dicho organismo puede ser citado  en Barranca del Muerto, Número 280 en todo el Edificio, en la Colonia Guadalupe Inn, en México, Distrito Federal, entre Insurgentes y Revolución, por cuanto hace a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, puede ser citado en Palacio Nacional S/N, C.P. 6000, en la Colonia Centro, en la Delegación Cuauhtémoc, en la ciudad de México, Distrito Federal.  

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