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Legislaciòn Penal Df


Enviado por   •  11 de Junio de 2014  •  1.186 Palabras (5 Páginas)  •  278 Visitas

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Ofrecimiento de prueba; modelo de escrito

ARTICULO 347 (CODIGO PROCESAL CIVIL D.F.)

EXP. 00X/2012.

C. JUEZ DECIMO TERCERO DE DISTRITO EN

MATERIA CIVIL EL DISTRITO FEDERAL.

______________________________, promoviendo en mi carácter de endosatario en procuración del Sr. _________________________, personalidad que tengo reconocida en los autos del juicio civil al rubro indicado, ante usted, C. Juez, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente ocurso, vengo a desahogar en tiempo y forma la vista ordenada en auto de fecha ________ en los siguientes términos:

En virtud de que el demandado niega haber suscrito los pagares base de la acción ofreciendo LA PRUEBA PERICIAL, en materia de Grafoscopía, en este acto nombro como perito de la parte actora al C. RICARDO URIEL OLIVA AGUIRRE, quien tiene su domicilio en Paseo Hacienda de Echegaray #3 Despacho 303 Col. Bosques de Echegaray en Naucalpan Estado de México.

Dicho auxiliar de la administración de justicia acredita su calidad de perito y conocimientos en Grafoscopía con la documentación librada a su favor por la Academia Internacional de Formación en Ciencias Forenses, S.C., con No. de Registro AIF-010823-NA6-0013 ante la Secretaria de Trabajo y Previsión Social, documentación consistente en: Credencial de acreditación como Perito en Grafoscopía Documentoscopía y Dactiloscopía, Matrícula AIFCF:10865 y su correspondiente Certificado de estudios.

No se menciona cedula profesional toda vez que la Criminalística y su rama Grafoscopía no son ciencias legalmente reglamentadas por la Ley Reglamentaria del Artículo quinto Constitucional, sirven de apoyo los siguientes criterios federales:

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Abril de 2002; Pág. 1318

PRUEBA PERICIAL EN GRAFOSCOPÍA. NO SE REQUIERE PARA SU ADMISIÓN INDICAR EL NÚMERO DE LA CÉDULA PROFESIONAL DEL PERITO EN ESA MATERIA.

Si bien la fracción I del artículo 1253 del Código de Comercio vigente, establece como uno de los requisitos que deben cubrir las partes al ofrecer la prueba pericial, el de señalar la cédula profesional del perito que propongan, sin embargo, ese requisito no opera tratándose de la pericial en grafoscopía, ya que ésta no es una profesión reglamentada, como la arquitectura, medicina o química, sino una disciplina cognoscitiva auxiliar de la criminalística, relativa a una de las ramas de la ciencia jurídica como es el derecho penal.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Septiembre de 2003; Pág. 1240

PERITOS EN MATERIA DE GRAFOSCOPÍA Y DOCUMENTOSCOPÍA. NO ESTÁN OBLIGADOS A JUSTIFICAR ESTAR AUTORIZADOS PARA EJERCER ESA FUNCIÓN.

El artículo 822 de la Ley Federal del Trabajo prevé dos hipótesis, la primera relativa a que los peritos deben tener conocimiento en la ciencia, técnica o arte sobre la cual debe versar su dictamen, y la segunda referente a que si la profesión o el arte estuvieran legalmente reglamentados, los peritos deberán justificar estar autorizados conforme a la ley. Por lo cual, la hipótesis primeramente citada de ninguna manera alude a la exigencia de que el perito acredite dentro del procedimiento tener autorización para ejercer dicha función, circunstancia que sí prevé el segundo supuesto, pues establece que si la profesión o el arte estuvieran legalmente reglamentados, los peritos deberán justificar estar autorizados conforme a la ley. En consecuencia, si la grafoscopía y documentoscopía no pertenecen a una materia reglamentada, como la arquitectura, medicina o química, el dictaminador en tal rama no tiene la obligación de probar estar autorizado para ejercer el oficio o función de perito.

LA PRUEBA PERICIAL EN GRAFOSCOPÍA VERSARA SOBRE LOS SIGUIENTES PUNTOS:

1.- Que diga el perito si las firmas contenidas en los títulos de crédito base de la acción proceden o no del mismo origen gráfico que las firmas señaladas como indubitables estampadas por el demandado C.________________

2.- Que diga el perito si las firmas contenidas en los títulos de crédito base de la acción corresponden al puño y letra del C. ___________________

3.- El perito determinara si la firma contenida en los títulos de crédito base de la acción es la misma que la que el demandado ______________________, plasma

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