Legislación. Concepto de derecho
Juan Diego CabreraApuntes15 de Diciembre de 2020
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a. Concepto de derecho
Es el conjunto de normas que regulan la convivencia del ser humano en sociedad y permiten resolver los conflictos interpersonales.
c. Fuentes del Derecho
LOS PROCESOS HISTÓRICOS. • Son fuente de creación o elaboración del derecho.
LOS PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS • Son del conocimiento del derecho.
A veces coinciden las fuentes de creación con las de conocimiento v. gr. La ley
• Las fuentes del derecho positivo pueden ser:
DIRECTAS.- La ley y los tratados.
INDIRECTAS.- Doctrina.
Existen otras fuentes que no podemos ubicarlas de modo absoluto en ninguno de los anteriores grupos: • Costumbre, jurisprudencia.
La fuente más importante es la LEY
LEY.- Es una norma de carácter obligatorio emanada de la función legislativa. •
El Art. 1 C. C. “La ley es la declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la constitución, manda, prohíbe o permite.”
TRATADOS.- Son convenios bilaterales y/o multilaterales entre Estados –vinculantes- •
COSTUMBRE.- Una conducta uniformemente realizada y constantemente vivida con contenido jurídico. (Su fuerza depende la rama del derecho) •
DOCTRINA.- Opinión de los estudiosos del derecho. •
JURISPRUDENCIA.- Los fallos emanados de quienes administran justicia (Jueces)
Tratados internacionales
d. Clasificación del Derecho
Derecho público: Se encarga de las relaciones que surgen entre el Estado, los demás Estados, los Órganos del Estado y los particulares con aquellos.
Derecho privado: Regula las relaciones entre particulares
Derecho social: Regula el trabajo como obligación social y las relaciones jurídicas que nacen del trabajo.
e. Referencia Especial al Derecho Público: Derecho Público.- Concepto.- Ramas importantes que integran el Derecho Público.- Principio rector del derecho público.- Diferencia entre el Derecho Público y el Derecho Privado.
Derecho público: D. Constitucional: Normas que organizan el Estado y regulan los derechos fundamentales.
D. Internacional Público: Se refiere a las relaciones entre los Estados, Org. Intern. Y los demás sujetos de Derecho Internacional.
D. Administrativo.- Regula la prestación de Servicios Públicos y el funcionamiento de los Organos del Estado.
D. Penal.- Se ocupa de la teoría gnrl del delito, y de los delitos en especial (trilogía D-D-CD)
D. Tributario.- regula la obtención y recaudación de tributos.
D. Procesal.- Estudia la naturaleza, desenvolvimiento y la eficacia del proceso; (el proceso es un conjunto de actos ordenados destinado a la Satisfacción de pretensiones)
Diferencia: El derecho público se encarga entre las relaciones entre el estado, los órganos del estado y los particulares con los anteriores mencionados. Mientras que el privado se encarga solo de las relaciones entre particulares, no incluyen al estado.
a. Sociedades preestatales: Concepto.- Enumeración y estudio (La horda, el clan, la tribu, la confederación de tribus y la nación)
Sociedades anteriores a los estados que hoy en día hay.
Horda: Primera forma de asociación humana. Son varios individuos agrupados en el que había un líder que era el más fuerte pero no existía alguna normativa o régimen. Necesidad de defensa y de alimentación en un ambiente hostil.
Clan: Grupo de personas con un vínculo sanguíneo. Su jefe seguía siendo el más fuerte y era todo en el grupo. Eran más sedentarios por la domesticación de animales y por la agricultura.
Tribu: Unión de dos o más clanes. Ya definían su territorio y eran sedentarios. Había un consejo que lo conformaban los líderes de cada clan y daban sus opiniones. La costumbre se convierte en norma.
Confederación de tribus: Hay alianzas matrimoniales entre individuos de diferentes tribus, lo que debilita el vínculo sanguíneo y da paso a un factor de cohesión social. Hay un incremento poblacional.
Nación: Es un grupo de personas que se encuentran vinculadas de forma natural.
Cuyos miembros se vinculan entre si por un intenso sentimiento de nacionalidad
b. El Estado.- Concepto.
c. Elementos Estructurales del Estado: Territorio, Población y Soberanía.
Soberanía: La representación de la sociedad a través de los órganos estatales. A través de unas elecciones.
d. El Estado como fin y como medio.
a. El Estado Constitucional de Derechos.
1. NACIONALIDAD
a. Por Nacimiento
Vinculo sanguíneo, por nacer en el territorio.
b. Por Natiralización
b. Análisis del Art. 1 de la Constitución del Ecuador.
El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución. Los recursos naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible.
Contenido de la Constitución: Parte dogmática y orgánica prologo de la constitucion, la supremacía constitucional
a. Principios de aplicación de los derechos
a. Las garantías constitucionales. Legales y Jurisdiccionales. La acción de protección. El hábeas corpus. La Acción de acceso a la información pública. El hábeas data. Análisis práctico de estas garantías.
Habeas corpus:
b. Los derechos.- Buen vivir. Grupos de atención prioritaria. Comunidades, pueblos y nacionalidades
c. Derechos de participación
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