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Legislación De La Prevención De Riesgos


Enviado por   •  1 de Junio de 2015  •  816 Palabras (4 Páginas)  •  158 Visitas

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Desarrollo

Definición accidente laboral

Para los efectos de esta ley se entiende por accidente de trabajo toda lesión que sufra una persona a causa o por ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

Son también accidentes de trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida y regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores. En este último caso, se considerara que el que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro.

Se considera también accidentes del trabajo los sufridos por dirigentes de instituciones sindicales a causa con ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales.

Exceptuándose los accidentes debido a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo administrador.

NOTA:

El artículo 14 de la ley 19303, publicada el 13.04.1994, incorporo como accidentes del trabajo los daños físicos o psíquicos que sufran los trabajadores de las empresas, entidades o establecimientos que sean objeto de robo, asalto u otra forma de violencia delictual, a causa o con ocasión del trabajo.

NOTA 1:

El artículo 33 de la ley 19518, publicado el 14.10.1997, con vigencia a contar del 1° del mes subsiguiente al de su publicación; así como el artículo 181 del código del trabajo, contenido en el DFL 1, publicado el 16.01.2003, incorpora como accidente del trabajo aquel sufrido con ocasión de actividades de capacitación.

NOTA 2 :

El artículo 2 de la ley 20101, publicada el 28.04.2006, dispuso que la modificación introducida en el presente artículo regirá a contar del 1° del mes subsiguiente al de su publicación

Excepciones al concepto de accidentes de trabajo

Son aquellos siniestros producidos por fuerza mayor extraña al trabajo y aquellas provocadas intencionalmente por la víctima. (Autolesión)

Se entiende por ¨fuerza mayor extraña¨ aquel echo imprevisto que no es posible evitar, como por ejemplo, un huracán, maremoto aluviones etc. Sin embargo para que la fuerza mayor extraña configure una excepción al concepto de accidente de trabajo debe tratarse de una fuerza mayor extraña al trabajo, esto es, un echo imprevisto e irresistible originado en una causa exterior totalmente ajena al trabajo (ejemplo: terremotos aluviones maremotos y cualquier otro fenómeno extraordinario).

Asi también la mutual

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