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Ley 14744


Enviado por   •  9 de Julio de 2014  •  1.237 Palabras (5 Páginas)  •  330 Visitas

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Ley 16.744

DEFINICION:

Sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

Seguro social obligatorio de cargo del empleador que regula y cubre los accidentes por causa o con ocasión del trabajo; a si mismo, cobre las enfermedades provocadas por una manera directa por el ejercicio de la profesión o trabajo (enfermedades profesionales)

OBJETIVO:

Esta ley establece los siguientes objetivos:

• Prevenir: Con el propósito de evitar que ocurra el accidente o se contraiga la Enfermedad Profesional.

• Otorgar la Atención Médica: para restituir al trabajador en lo posible, TODA su capacidad de trabajo.

• Otorgar las Prestaciones Económicas: para Repara la pérdida de lacapacidad de GANANCIA del trabajador y sus derecho-habitantes.

• Rehabilitar: al trabajador para devolver en todo o en parte su capacidad de ganancia.

• Reducar: al afectado para darle posibilidades de desempeñar un nuevo oficio o profesión, considerando su capacidad residual de trabajo.

PERSONAS PROTEGIDAS

* Trabajadores por Cuenta Ajena;

Cualesquiera sean las labores que ejecuten, o cualquiera sea la naturaleza de la empresa, institución, servicio o persona para quien trabaje.

Trabajador por cuenta ajena es aquel cuyas relaciones laborales con la entidad empleadora se rigen por las disposiciones del CODIGO DEL TRABAJO.

* Funcionarios de la Administración Civil del Estado, municipalidades y de instituciones descentralizadas del estado.

* Estudiantes de establecimientos fiscales o particulares, que se ACCIDENTEN a causa o con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional.

* Trabajadores Independientes.

* Trabajadores Familiares

CONTINGENCIAS CUBIERTAS

Esta Ley cubre las siguientes contingencias:

Accidente del Trabajo:

Es toda LESIÓN que sufra un persona a CAUSA o con OCASIÓN del trabajo y que le produzca INCAPACIDAD o muerte.

Accidentes de Trayecto:

Son los ocurridos en el trayecto directo entre la habitación y el lugar de trabajo y viceversa.

También se consideran ACCIDENTES DEL TRABAJO:

* Los sufridos por DIRIGENTES SINDICALES a causa o con ocasión de su cometido gremial;

* El experimentado por el TRABAJADOR ENVIADO AL EXTRANJERO en casos de SISMOS o CATÁSTROFES

*

El experimentado por el TRABAJADOR ENVIADO A CURSOS DE CAPACITACIÓN OCUPACIONAL.EXCEPCIONES:

La Ley no considera como accidentes del trabajo:

* Los accidentes producidos por FUERZA MAYOR EXTRAÑA y

Sin relación alguna con el trabajo.

* Los producidos INTENCIONALMENTE POR LA VICTIMA.

• ENFERMEDAD PROFESIONAL

Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo querealice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO

El Seguro es Administrado por el Estado y Organismos Privados

INP

Instituto nacional de previsión

Organismos Estatales

Servicios de Salud

Mutualidades de Empleadores

Organismos Privados

Administradores Delegados

FINANCIAMIENTO.

La fuente principal de financiamiento de esta ley son las cotizaciones de CARGO DEL EMPLEADOR y que son:

* COTIZACION BASICA:

Corresponde al 0.9% DE LAS REMUNERACIONES IMPONIBLES que se cancelen a los trabajadores.

* COTIZACION ADICIONAL DIFERENCIADA.

Se cancela en función de la actividad o riesgo de la empresa que oscila entre el 0.00 y el 3.40% de las remuneraciones que paga el empleador a sus trabajadores (Decreto Nº110). Esta cotización puede aumentarse o rebajarse dependiendo del incremento o disminución de los riesgos, TASA DE RIESGOS (Decreto Nº173).

5. PRESTACIONES DEL SEGURO.

A. PRESTACIONES MÉDICAS:

La víctima de un accidente del trabajo o enfermedad profesional recibe gratuitamente hasta su curación o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por la enfermedad o accidente:

*

Atención Médica, Quirúrgica y Dental.

* Hospitalización.

*

Medicamentos y Productos farmacéuticos.

*

Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.*

Rehabilitación física

* Reducación profesional.

B. PRESTACIONES ECONÓMICAS.

* SUBSIDIOS:

Cuando el trabajador pierde su capacidad para trabajar en forma temporal.

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