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Ley 29783


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  1.103 Palabras (5 Páginas)  •  372 Visitas

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LEGISLACION SOBRE SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE EN EL PERU

INTRODUCCION:El presente ensayo tiene como finalidad resaltar las innovaciones y cambios introducidos por la ley Nº 29873 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo en relación con su norma predecesora el Decreto Supremo Nº 009-2005-TR – Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, pues introdujo modificaciones e innovaciones puntuales que involucran un nuevo escenario en el marco legal en seguridad y salud en el trabajo teniendo como referente la promoción de una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Alineándolo a estándares internacionales.

DESARROLLO:

IDEAS PRINCIPALES DE LA LEY Nº 29783

* Prevención.* responsabilidad* cooperación* Información y capacitación* Gestión Integral* atención integral de la salud* consulta y participación* Primacía de la Realidad* protección. Estos principios pretenden que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro y saludable y que las condiciones de trabajo sean compatibles con el bienestar y la dignidad de los trabajadores y ofrezcan posibilidades reales para el logro de los objetivos personales de los trabajadores.

OBJETO DE LA LEY Nº 29783

La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Para ello, cuenta con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes, a través del diálogo social, velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia.

RESULTADOS DE LA LEY Nº 29783

Mediante esta Ley, se establecen las normas mínimas para la prevención de los riesgos laborales, pudiendo los empleadores y las y trabajadores, establecer libremente niveles de protección que mejoren lo previsto en la presente norma. La Ley propone que, el Estado, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, asuma la obligación de formular, poner en práctica y reexaminar periódicamente, una Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tenga por objeto prevenir los accidentes y los daños para la salud que sean consecuencia del trabajo, guarden relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el trabajo, reduciendo al mínimo, en la medida en que sea razonable y factible, las causas de los riesgos inherentes al medio ambiente de trabajo. Señala que la formulación de esta Política, deberá precisar las funciones y responsabilidades respectivas en materia de seguridad y salud de las y los trabajadores, de las autoridades públicas, los empleadores, las y los trabajadores y otros organismos intervinientes, teniendo en cuenta el carácter complementario de tales responsabilidades. Esta nueva ley ha originado que se realicen ciertas modificaciones y cambios al sistema laboral, estos son algunos cambios:

* El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo podrá verificar el incumplimiento por parte del empleador e imponer la multa administrativa respectiva.

* El deber de Prevención del empleador se extiende incluso al periodo en el cual el trabajador se desplaza hacia el Centro de Trabajo.

* En los casos de Intermediación Laboral y Tercerización de Servicios, la empresa usuaria es responsable por el cumplimiento de los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud de las empresas contratadas y es solidaria con éstas en el pago de cualquier daño o indemnización

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