Ley Geepa
damasozarco19 de Septiembre de 2012
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INTRODUCCIÓN
En nuestro país a lo largo del tiempo por actividades del hombre la tierra se ha ido degradando, ello como consecuencia de la utilización de factores contaminantes que utilizamos en la vida cotidiana, estos han causado un gran desequilibrio ecológico, debido a la falta de cultura y educación de nosotros como humanos, es por ello que esta problemática ha comenzado a ser regulada por el derecho.
Es por ello que realice el siguiente análisis a la Ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente, para conocer respecto de las medidas que se establecen en esta ley; aunado a ello este análisis lo dividí respecto de cada título y capitulo de la misma ley, para facilitar su lectura, ya que esta es muy extensa.
Primeramente hablo de las disposiciones generales que establece esta ley para proteger y prevenir el equilibrio ecológico, considerando la conceptualización de palabras que se utilizan frecuentemente en esta ley, así como determinar cada una de las zonas, instrumentos ecológicos, políticas económicas y un análisis sobre la intervención que tiene el asentamiento humano como factor en el desequilibrio ecológico.
En un segundo título se analiza propiamente a la biodiversidad, así como aquellas áreas que son reconocidas propiamente como áreas protegidas, así como sus tipos y características de cada una de ellas, para ello poder vigilarlas, protegerlas y administrarlas, abarcando en ello zonas de restauración, la regulación en cuanto a flora y fauna y aquellas que la comunidad destina voluntariamente.
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Consecuentemente en su tercer título analizo el aprovechamiento que se permite a los interesados respecto de los recursos naturales que existen en nuestro país, buscando para ello su preservación en el momento en que estos sean explotados, tomando para ello ciertas medidas para que a menor grado los ecosistemas sean dañados, por las actividades del hombre respecto de la explotación de los recursos naturales.
En el titulo cuarto propiamente analizo las medidas que toma en cuanta esta ley para lograr una buena protección al ambiente, a través de la prevención y control de las diversas contaminaciones de los elementos de la tierra, regulando para ello las actividades consideradas como altamente riesgosas que provocan de alguna manera el desequilibrio ecológico.
Por ello en su titulo quinto se analiza la participación social e información ambiental en la cual la sociedad puede solicitar se informe respecto de las condiciones que hay en nuestros ecosistemas, para ello también se establece que podrán participar para lograr la prevención y control de las diversos factores que contaminan el ambiente,
En el ultimo titulo de esta ley analizo propiamente los procedimientos que se llevan a cabo en caso de violentar loas disposiciones que regulan el medio ambiente, así como las sanciones y medidas que podrá imponer la autoridad en caso de infringir la ley, así también del recurso de revisión al que tienen derecho los infractores de la misma.
Finalmente concluyo con algunas ideas respecto de la misma ley, y una propuesta para que se pueda llevar mejor esta ley a la práctica y mejorar el equilibrio ecológico de nuestro país.
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ANÁLISIS DE LA LEY GEEPA
1. Del título primero: Disposiciones Generales
1.1 Capítulo I. Normas Preliminares
Como primer punto esta ley se encarga de regular la preservación y restauración del equilibrio ecológico, la protección al ambiente, en terreno nacional, las cuales van a ser de carácter público e interés social; así mismo establece bases para propiciar el desarrollo, dentro de las cuales se garantiza el derecho de vivir en un medio ambiente adecuado para el desarrollo, bienestar y salud.
Así también define políticas ambientales e instrumentos para su aplicación, preservando la restauración, mejoramiento y protección al ambiente, a través de la participación de las personas de forma individual o colectiva; establece las medidas de control y seguridad para garantizar el cumplimiento y aplicación de la ley.
Dentro de ella se maneja la utilidad pública, en la cual sobresalen los ordenamientos ecológicos, que protegen y preservan las áreas naturales protegidas, formulan y ejecutan acciones de protección de la biodiversidad, de mitigación y adaptación al cambio climático del territorio nacional y establecimiento intermedio de salvaguardia.
Este capítulo también contempla los conceptos de ambiente, que es aquel que se conforma por elementos naturales o artificiales que permiten el desarrollo de los seres humanos. Las áreas naturales protegidas son aquellas zonas en donde los ambientes no han sido alterados por la actividad del ser humano.
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El aprovechamiento sustentable, que es la utilización de recursos naturales por periodos indefinidos. Y así como infinidad de conceptos para poder entender la terminología de la materia.
1.2 Capítulo II. Distribución de Competencias y Coordinación
Propiamente en este capítulo se establecen las atribuciones en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente que ejercerá la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios.
Comenzando con las facultades de la Federación, entre las cuales formulara y conducirá la política ambiental nacional, aplicara los instrumentos de la misma, atenderá asuntos que afecten al equilibrio ecológica en el territorio nacional, originados en el mismo o en otros Estados; expedirá normas oficiales mexicanas y vigilara su cumplimiento; así también regulara y controlara las actividades consideradas como riesgosas, la generación, manejo y disposición final de materiales y residuos peligrosos para el ambiente o ecosistemas; formulara programas de ordenamiento ecológico; pero todo ello de acuerdo a la competencia federal y serán ejercidas por el poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaria; entre ellas la secretaría de Defensa Nacional y de Marina.
Ahora bien también se otorgan facultades a los Estados, dentro de las cuales le corresponde la formulación, conducción y evaluación de la política ambiental estatal, la aplicación de instrumentos de la misma; así también regulara, prevendrá, controlara las diversas contaminaciones al medio ambiente, formulara programas de
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ordenamiento ecológico, controlara la contaminación generada por el aprovechamiento de las sustancias no reservadas a la federación, atenderá asuntos que afecten a los municipios, vigilara el cumplimiento de la ley, dará atención coordinada con la federación de asuntos que afecten a dos o más entidades federativas. Ahora bien a los municipios tienen facultades, tales como la formulación de política ambiental municipal, aplicación de los instrumentos de las mismas, la aplicación de de disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de la contaminación del ambiente, de los asuntos suscitados entre dos o más municipios sobre el equilibrio ecológico, evaluar el programa municipal de protección al ambiente.
También esta ley hace referencia a los acuerdos o convenios de coordinación que podrán celebrar la federación, los Estados y Municipios, con el objeto de asumir facultades para la administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas control de residuos peligrosos, y evaluación de hidrocarburos, aprovechamientos forestales, por lo que la federación podrá proceder a los recursos y medios de defensa en contra de actos que emitan los gobiernos del Distrito Federal, Estados o Municipios.
Los convenios o acuerdos se celebrarán a petición de una entidad federativa, estableciendo con precisión el objeto, responsabilidad que corresponda a cada una de las partes, el órgano que llevara a cabo las acciones que resulten de los convenios, definirá los mecanismos de información que se requieran y precisara la vigencia del instrumento, y va a corresponder a l Secretaria evaluar el cumplimiento de los compromisos.
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Por lo tanto los Estados podrán suscribir entre si y el Distrito Federal, con el propósito de atender y resolver problemas ambientales comunes, las mismas que podrán ejercer los municipios; así como las dependencias cuando se presenten consecuencias por desastres naturales, caso fortuito o fuerza mayor; las autoridades ambientales de la federación y6 las entidades integraran un órgano que se reunirá con el objeto de coordinar sus esfuerzos en materia ambiental.
1.3 Capítulo III. Política Ambiental
Este capítulo también se clasifica, por así decirlo en los tres niveles de gobierno o bien los tres poderes, por el que comenzare en el Ejecutivo Federal; el cual contemplara en sus política principios que velaran por los ecosistemas como patrimonio de la sociedad, para un buen aprovechamiento y protección, y consecuencias de quienes atenten contra el medio ambiente recibirá una sanción, la prevención de causas, los aprovechamientos renovables y no renovables.
Así también el principio de coordinación, este entre las dependencias y entidades, así también sobresale el principio de concertación entre individuos, grupos y organizaciones, así como el criterio de preservación y restauración del equilibrio ecológico, o bien la igualdad entre las autoridades y uno muy importante que es la educación para valorar las vida y prevenir el deterioro ecológico; los Estados y municipio se regirán por los mismos principios.
1.4 Capítulo IV. Instrumentos de la Política Ambiental
a) Sección I. Planeación Ambiental
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Esta sección hace referencia a la incorporación de la política ambiental y
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