ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Locuciones


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2012  •  18.246 Palabras (73 Páginas)  •  467 Visitas

Página 1 de 73

Locuciones, aforismos y máximas latinas

Publicado por Manuel Checa a las 15:20 en CULTURA

• SPQR: es el acrónimo de la frase latina Senatus Populusque Romanus, cuya traducción es “el Senado y el Pueblo Romano”. Como dato anecdótico, un significado humorístico del acrónimo lo proporciona la frase italiana “Sono pazzi questi Romani”, cuya traducción sería “Están locos estos romanos”, una frase muy utilizada por el personaje de Obélix en los cómics de Astérix.

• A contrariis: se aplica al argumento fundado en la oposición de dos hechos.

• A contrario sensu: en sentido contrario. Se emplea como argumento cuando se deduce una consecuencia opuesta a lo afirmado o negado en una premisa dada.

• A fortiori: “Con mayor fuerza o razón”; se emplea para referirse a los argumentos.

• A limine: desde el umbral. Se emplea para expresar el rechazo de una demanda, o recurso, cuando ni siquiera se admite discusión, por no ajustarse a Derecho.

• A novo: de nuevo. Se usa esta expresión para referirse sobre todo a la remisión de un asuntoante un nuevo tribunal.

• A posteriori: es lo contrario de a priori. Se aplica a las argumentaciones o juicios basados en lasnecesarias consecuencias de una proposición anterior. En sentido temporal: con posterioridad, después, ulteriormente.

• A priori: Previamente, con antelación.

• A quo: se dice del juez o tribunal de cuya sentencia se interpone recurso de apelación; también el juez inferior cuando su resolución ha sido recurrida ante el superior. Se aplica, asimismo, al día desde el cual empieza a contarse un término judicial.

• Ab æterno: desde la eternidad, que no tiene principio ni fin; se le atribuye el sentido de permanente o que dura mucho tiempo.

• Aberratio delicti: Error en el delito. Esta figura penal se produce cuando, con propósito de atacar o agredir a una persona, por inadvertencia se atenta contra otra.

• Aberratio ictus: Acto o golpe erróneo; es cuando el acto contra un determinado objeto de la acción no produce su eficacia sobre él, sino sobre otro equivalente.

• Abusus: Consumo por el uso, referido a cosas que se gastan o agotan con el primer uso, como, en general, la comida y la bebida.

• Actio ad exhibendam: Acción para obligar a exhibir o mostrar. Se daba para que presentare un objeto quien lo hubiese ocultado, hecho desaparecer o destruido de mala fe.

• Actio ad futurum: Acción para lo futuro o por venir. Corresponde a quien tiene interés en evitar un daño inminente o poner un derecho amenazado al abrigo de una contestación ulterior.

• Actio auctoritatis: Acción de garantía.

• Actio certa: Acción cierta. Significa que el objeto de la pretensión del actor estaba determinado de manera concreta.

• Actio de dolo: Acción de dolo.

• Actio de in rem verso: Acción para devolución de la cosa.

• Actio fiduciae: Acción de fiducia, la establecida para sancionar una enajenación mediante la mancipatio o la in jure cessio, a la que se añadía un pacto de fiducia. En los primeros tiempos romanos, la acción sólo correspondía contra el adquirente que, faltando a su palabra, no restituía la cosa recibida.

• Actio in factum o actio in factum concepto: Acción basada en hechos.

• Actio in jus o actio in jus concepto: Acción fundada en el derecho. La acción, de origen pretorio o civil, cuya fórmula contenía una intentio que planteaba al juez una cuestión exclusivamente de Derecho, al mismo tiempo que exponía el pretendido por el demandante.

• Actio in personam: Acción personal o contra una persona: la del demandado.

• Actio in rem: Acción real o sobre una cosa. Aquélla en la que el actor se limita a sostener que es propietario de una cosa o que tiene sobre ella un derecho real, que puede intentar contra cualquier poseedor o tenedor y por el título que invoque.

• Actio injuriarum Acción de injurias.

• Actio judicati Acción derivada del juicio.

• Actio jurisjurandi Acción de juramento.

• Actio legis Acción de la ley. El procedimiento judicial con la intervención del magistrado y empleando las exactas palabras solemnes del texto de la ley.

• Actio locati Acción del arrendador.

• Actio mandati contraria: Acción contraria de mandato.

• Actio venditi: Acción de venta. La civil, personal y de buena fe con la cual el vendedor podía obtener el cumplimiento de la obligación de pagar el precio y otras cargas, correspondientes al comprador.

• Actiones mere pœnales Acciones meramente penales.

• Ad absurdum Sinónimo de ab absurdo. La argumentación cuya fuerza estriba en lo absurdo de la proposición contraria.

• Ad argumentandum tantum: Con el solo fin de argumentar.

• Ad corpus: Se emplea para designar las ventas de inmuebles hechas por un solo precio y sin fijación de medida de los mismos. El inmueble debe ser, en este caso, determinado, aun cuando no se haga indicación de su área.

• Ad effectum vivendi: A efecto de tenerlo a la vista.

• Ad hoc: Expresión adverbial que significa: “para esto”, “para el caso”. Lo que sirve a un fin determinado.

• Ad honorem: Por el honor, gratuitamente, y sirve para calificar una función ejercida sin retribución alguna.

• Ad judicial: Para el juicio o la demanda.

• Ad limitum: Equivale a elección, a voluntad. Sirve para designar contratos caracterizados por ser voluntarios, o sea, ad libitum.

• Ad litem: Para el proceso. Se dice así procurador ad litem.

• Ad literam: A la letra, o al pie de la letra. Toda transcripción hecha con las mismas palabras empleadas por el autor que se cita o el texto invocado.

• Ab imo péctore: desde el fondo del corazón; expresa franqueza y sinceridad y también significa de corazón: de verdad, con seguridad o con afecto.

• Ab initio: desde el comienzo, desde

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (116.1 Kb)  
Leer 72 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com